Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2019 (22/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Domingo 22 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES
DISPOSICIONES FINALES

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Administración Tributaria de Lima - SAT, solicitó el inicio del proceso de aprobación de los proyectos de ordenanzas que establecen los montos de los arbitrios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines públicos y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2020 en el Cercado de Lima, así como las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales del ejercicio 2020, los mismos que fueron tratados por el Consejo Directivo del SAT en la Sesión Ordinaria N° 324-2019-CD-SAT, de fecha 11 de noviembre de 2019; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe N° 949-2019-MML-GAJ, de fecha 22 de noviembre de 2019, opina que resulta viable someter, a consideración del Concejo Metropolitano la aprobación del proyecto de ordenanza que establece las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales del ejercicio 2020 en la Municipalidad Metropolitana de Lima, propuesto por el Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen N° 151-2019-MML/ CMAEO; el Concejo Metropolitano de Lima y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2020 EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- Vencimiento para el pago del Impuesto Predial De conformidad con lo previsto en el artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, la obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2020 vence: - Pago anual al contado : 28 de febrero - Pago fraccionado : Primera cuota: 28 de febrero Segunda cuota: 29 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre

Primera.- Facultar al Servicio de Administración Tributaria ­ SAT, de la Municipalidad Metropolitana de Lima a establecer fechas distintas a las señaladas en los artículos precedentes a través del Acuerdo de su Consejo Directivo, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano. Las nuevas fechas así establecidas, deberán garantizar el cumplimiento de las obligaciones correspondientes. Segunda.- El Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web (www.sat.gob.pe), hará de conocimiento público la presente ordenanza. Tercera.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1839353-1

Ordenanza que establece los montos por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores y determinación de tributos municipales correspondientes al ejercicio 2020 en la Municipalidad Metropolitana de Lima
ORDENANZA Nº 2203 Lima, 13 de diciembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº 152-2019-MML/ CMAEO; con dispensa del trámite de aprobación del acta. Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS POR EL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES Y DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2020 EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo Primero.- Emisión del Impuesto Predial Fíjese en S/ 2.10 (Dos y 10/100 soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial del ejercicio 2020 y de recibos de pago por el primer predio afecto, incluyendo su distribución a domicilio. Por cada predio adicional se abonará S/ 0.90 (90/100 soles). El monto se cancelará conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2020. Artículo Segundo.- Emisión del Impuesto al Patrimonio Vehicular Fíjese en S/ 3.60 (Tres y 60/100 soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por el servicio

Artículo Segundo.- Vencimiento para el pago de los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo: De conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ordenanza Nº 562, la obligación de pago de los Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio 2020 vence: - Pago anual al contado : 28 de febrero - Pago cuota trimestral : Primera cuota: 28 de febrero Segunda cuota: 29 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre

Artículo Tercero.- Vencimiento para el pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular De conformidad con lo previsto en el artículo 35 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF la obligación de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio 2020 vence: - Pago anual al contado : 28 de febrero - Pago fraccionado : Primera cuota: 28 de febrero Segunda cuota: 29 de mayo Tercera cuota: 31 de agosto Cuarta cuota: 30 de noviembre

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