Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2019 (19/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
Sede Villa El Salvador

Sábado 19 de enero de 2019 /

El Peruano

de los jueces se fija en dos etapas sucesivas, cada una de treinta días, en los meses de febrero y marzo, excepcionalmente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial puede señalar tiempo distinto. En ese sentido, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 304-2018-CE-PJ, emitió disposiciones sobre el goce vacacional de jueces y personal administrativo para el presente año; en dicha norma se establece que las vacaciones para jueces y personal auxiliar, se harán efectivas del 01 de febrero al 02 de marzo de 2019. El artículo tercero de la resolución administrativa mencionada, dispone el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia, los cuales seguirán conociendo y tramitando los procesos a su cargo y; además atenderán exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones: a) Penal: Habeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámite de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones. b) Civil: Acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso. c) Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como, medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; y casos de aplicación del convenio de la haya de 1980 "Sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores" y la "Convención Interamericana sobre restitución internacional de menores". d) Laboral: Consignaciones laborales; y, e) Así como todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional, u otras peticiones que estimen pertinentes. El presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de Justicia en beneficio del ciudadano usuario del sistema judicial. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el funcionamiento de los órganos jurisdicciones de emergencia en el Distrito Judicial de Lima Sur, para el periodo vacacional programado del 01 de febrero al 02 de marzo de 2019, conforme se detalla a continuación.
ORGANO DE EMERGENCIA ORGANOS QUE ASUMEN EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES Sala Civil Permanente Sala Penal Permanente Segunda Sala Penal de Apelaciones Primera Sala Penal de Apelaciones Sala Civil Transitoria Descentralizada - Sub Sede

1° Juzgado de Paz Letrado de Familia 2° Juzgado de Paz Letrado de Familia Juzgado de Paz Letrado Penal Sede Chorrillos 2° Juzgado de Paz Letrado de Familia 3° Juzgado de Paz Letrado de Familia Sede Lurín 1° Juzgado de Paz Letrado Mixto Sede Villa María del Triunfo Juzgado Penal Transitorio Para Procesos con Reos en Cárcel 1° Juzgado Especializado Penal 2° Juzgado Especializado Penal 1° Juzgado Especializado de Trabajo 2° Juzgado Especializado de Trabajo Juzgado de Familia Transitorio Juzgado de Trabajo Transitorio Juzgado Especializado de Familia Juzgado Especializado Civil Sede San Juan de Miraflores Juzgado Especializado de Familia 1° Juzgado Especializado Penal Sede Villa El Salvador 2° Juzgado de Familia Permanente 1° Juzgado de Familia Permanente Juzgado Especializado Civil Juzgado Especializado Penal Juzgado Penal Transitorio Sede Chorrillos Juzgado Especializado de Familia 3° Juzgado Penal Unipersonal 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Sede Lurín Juzgado de Familia Transitorio Juzgado Especializado Penal Juzgado Especializado Civil Juzgado Penal Transitorio MÓDULO DE FLAGRANCIA 2° Juzgado Penal Unipersonal 1° Juzgado de Investigación Preparatoria 4° Juzgado Penal Unipersonal 4° Juzgado de Investigación Preparatoria 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Juzgado Civil Transitorio 1° Juzgado Penal Unipersonal Juzgado Especializado Penal Permanente 3° Juzgado de Investigación Preparatoria Juzgado Especializado de Tránsito y Seguridad Vial Juzgado de Familia Transitorio Juzgado Especializado Civil 2° Juzgado Especializado Penal 2° Juzgado de Paz Letrado Mixto JUZGADOS ESPECIALIZADOS 1° Juzgado de Paz Letrado de Familia Juzgado de Paz Letrado Civil Juzgado de Paz Letrado de Tránsito y Seguridad Vial Juzgado de Paz Letrado Civil

MÓDULO JUDICIAL INTEGRADO EN VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR 3° Juzgado de Familia Permanente 6°Juzgado de Familia Permanente 4° Juzgado de Familia Permanente 5° Juzgado de Familia Permanente 7° Juzgado de Familia Permanente 10° Juzgado de Familia Permanente 8° Juzgado de Familia Permanente 9° Juzgado de Familia Permanente 11° Juzgado de Familia Permanente

SALAS SUPERIORES Sala Penal Transitoria

JUZGADOS DE PAZ LETRADOS Sede Villa María del Triunfo Juzgado de Paz Letrado Penal de Comisaría 3° Juzgado de Paz Letrado Laboral Sede San Juan de Miraflores 1° Juzgado de Paz Letrado de Familia 2° Juzgado de Paz Letrado de Familia Juzgado de Paz Letrado Penal de Comisaria Juzgado de Paz Letrado Civil 1° Juzgado de Paz Letrado de Familia 2° Juzgado de Paz Letrado de Familia 1° Juzgado de Paz Letrado Laboral 2° Juzgado de Paz Letrado Laboral Juzgado de Paz Letrado Civil

Artículo Segundo.- PRECISAR que el Juzgado de Paz Letrado Penal de Comisaría de Villa María del Triunfo, órgano jurisdiccional de emergencia, se hará cargo del Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia del mismo distrito, a partir del 16 de febrero al 02 de marzo del presente año. Artículo Tercero.- DISPONER que los Jueces a cargo de los órganos jurisdicciones de emergencia tendrán como parámetros de referencia para calificar un caso como de urgente atención lo siguiente: la proximidad de la prescripción de la acción, el lapso de espera de la resolución pendiente de emitirse, la inactividad procesal o dilación imputable al propio órgano jurisdiccional, sin que éstas variables agoten el universo de posibilidades que tiene el Juez para calificar un caso como urgente. Artículo Cuarto.- DISPONER que mediante Resolución de Presidencia, se designará oportunamente a los señores Magistrados y personal auxiliar jurisdiccional

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