Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2019 (01/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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RESUELVE

NORMAS LEGALES

Viernes 1 de febrero de 2019 /

El Peruano

Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Nieder Alberto Calle Quispe, personero legal titular de la organización política Movimiento Independiente de Campesinos y Profesionales; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 00702-2018-JEE-TCAJ/JNE, de 16 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Tayacaja, que declaró fundada la tacha interpuesta por el ciudadano Ravel Fernando Gonzales Melitón contra la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Daniel Hernández, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, presentada por la citada organización política, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1737017-3

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores del Concejo Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN Nº 2509-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00717 SAN IGNACIO - CAJAMARCA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veintiocho de agosto de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 010-2018-MPSI/SG, presentado el 22 de agosto de 2018, por Franklin Lismer Llacsahuanga Jiménez, secretario general de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca, mediante el cual comunicó la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida al alcalde Manuel Decilio Torres Castillo, y los regidores Atilano Neira Huamán, Elvira Puerta Peña, Mirla Raquel Núñez Martos y Denis Estalin Mio Llacsahuanga. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y Provinciales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de

setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 18 de junio de 2018 (fojas 5), Manuel Decilio Torres Castillo, alcalde de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 068-2018-MPSI/A, de fecha 17 de agosto de 2018 (fojas 3 y 4), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. Del mismo modo, Atilano Neira Huamán, Elvira Puerta Peña, Mirla Raquel Núñez Martos y Denis Estalin Mio Llacsahuanga, regidores del Concejo Provincial de San Ignacio, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentaron su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo estas concedidas mediante el Acuerdo de Concejo Nº 068-2018-MPSI/A, de fecha 17 de agosto de 2018 (fojas 3 y 4), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 7. En el presente caso, se aprecia que tanto el alcalde y los regidores presentaron su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 00812018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al regidor Ricardo Salomón Rodríguez Espinoza, identificado con DNI Nº 27822367, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 8. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a los siguientes candidatos no proclamados de las organizaciones políticas que se indican, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Jaén, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014:
CIUDADANO/A 1 Marcelino Tuwits Jempekit DNI ORGANIZACIÓN POLÍTICA Fuerza Fuerza

48139426 Movimiento Regional Social Cajamarca

2 Claudia Katherine Barboza 47732045 Movimiento Regional Camizan Social Cajamarca 3 Sheyla Isabel Paico Falero 4 Jaime Lumba Ramiro 43528344 Movimiento Dialogo social

Independiente Independiente Independiente

Salazar 27663377 Movimiento Dialogo social 25703614 Movimiento Dialogo social

5 Saraluz Pesantes Peña

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Raúl Roosevelt Chanamé Orbe, por ausencia del presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Manuel Decilio Torres Castillo, alcalde de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018.

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