Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2019 (02/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Sábado 2 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Lima, veintiocho de enero de dos mil diecinueve. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Elder Fernández Núñez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Querocoto, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, debido a que el regidor electo Máximo Sánchez Chilon no juramentó a su cargo para el periodo de gobierno municipal 2019-2022, debido a su fallecimiento. CONSIDERANDOS 1. El artículo 6 de la Ley Nº 26997, que establece la conformación de las comisiones de transferencia de la administración municipal, en concordancia con el artículo 34 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM), dispone que los ciudadanos proclamados como autoridades municipales deberán juramentar de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma. 2. En el presente caso, se advierte que Máximo Sánchez Chilon, regidor electo para el Concejo Distrital de Querocoto, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, no juramentó ni asumió el cargo para el periodo de gobierno municipal 2019-2022, debido a su fallecimiento, lo cual se encuentra acreditado por el acta de defunción que obra a fojas 5. 3. Estando a lo expuesto, debe procederse conforme lo dispone el artículo 35 de la LEM, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final, y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 4. En ese sentido, en aplicación del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que en caso de vacancia del regidor lo reemplaza el suplente respetando la precedencia establecida en la propia lista, siendo así, corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a Máximo Sánchez Chilon como regidor del Concejo Distrital de Querocoto, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, y convocar a Saara Milagros Díaz Guevara, identificada con DNI Nº 71572805, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, a efectos de que asuma el cargo de regidora del citado concejo distrital a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 5. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 30 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chota, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Máximo Sánchez Chilon como regidor de la Municipalidad Distrital de Querocoto, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Saara Milagros Díaz Guevara, identificada con DNI Nº 71572805, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Querocoto, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Ramos Yzaguirre Secretaria General (e) 1737640-3

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Napo, provincia de Maynas, departamento de Loreto
RESOLUCIÓN Nº 0011-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019000048 NAPO - MAYNAS - LORETO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiocho de enero de dos mil diecinueve. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Gil Blas Ruiz Ríos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Napo, provincia de Maynas, departamento de Loreto, debido a que el regidor electo Carlos Enrique Silva Ormaeche no juramentó a su cargo para el periodo de gobierno municipal 2019-2022, debido a su fallecimiento. CONSIDERANDOS 1. El artículo 6 de la Ley Nº 26997, que establece la conformación de las comisiones de transferencia de la administración municipal, en concordancia con el artículo 34 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM), dispone que los ciudadanos proclamados como autoridades municipales deberán juramentar de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma. 2. En el presente caso, se advierte que Carlos Enrique Silva Ormaeche, regidor electo para el Concejo Distrital de Napo, provincia de Maynas, departamento de Loreto, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, no juramentó ni asumió el cargo para el periodo de gobierno municipal 2019-2022, debido a su fallecimiento, lo cual se encuentra acreditado por el certificado de defunción que obra a fojas 6 y corroborado en la consultas en línea RENIEC. 3. Estando a lo expuesto, debe procederse conforme lo dispone el artículo 35 de la LEM, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final, y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 4. En ese sentido, en aplicación del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que en caso de vacancia del regidor lo reemplaza el suplente respetando la precedencia establecida en la propia lista, siendo así, corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a Carlos Enrique Silva Ormaeche como regidor del Concejo Distrital de Napo, provincia de Maynas, departamento de Loreto, y convocar a Nilsa Sarmiento Coquinche, identificada con DNI Nº 47674624, candidata no proclamada de la organización política Unión por el Perú, a efectos de que asuma el cargo de regidora del citado concejo distrital a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 5. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 9 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Maynas, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Carlos Enrique Silva Ormaeche como regidor de la Municipalidad Distrital de Napo, provincia de Maynas, departamento de Loreto, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Nilsa Sarmiento Coquinche, identificada con DNI Nº 47674624, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Napo,

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