Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2019 (14/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 14 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
YANAHUARA - AREQUIPA - AREQUIPA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintisiete de febrero de dos mil diecinueve

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a fin de que la lista de la organización política por la que buscó postular gane las elecciones. e) Se debe considerar además que no está demostrado que exista una vinculación directa entre la supuesta propaganda efectuada por el ciudadano Guido Iñigo Peralta, como candidato para la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, con la votación obtenida por Perú Patria Segura, para ser catalogada como grave irregularidad; en tanto que, por el sistema de votación y la forma de las candidaturas, los electores sufragan teniendo a la vista el símbolo de las organizaciones políticas y no la fotografía de los candidatos, por lo que no se puede afirmar que se trate de un hecho dirigido que buscaba confundir al electorado. 11. Teniendo en consideración lo expuesto, se concluye que no existe merito suficiente para declarar la nulidad de las elecciones en el distrito de Villa María del Triunfo, toda vez que no se ha acreditado que los hechos denunciados modificaron de manera tangible el resultado de la votación; esto es, que haya relación directa entre la variación del resultado del proceso y el acto denunciado como irregular. 12. Sin perjuicio de la conclusión arribada, se advierte que existe información suficiente sobre presuntas irregularidades advertidas en torno a la propaganda electoral denunciada como engañosa por el recurrente, corresponde remitir copias certificadas al Ministerio Público a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. 13. En consecuencia, corresponde declarar infundado el recurso de apelación interpuesto y confirmar la resolución venida en grado. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Roberto Arturo Valdeiglesias Arias, personero legal titular de la organización política Restauración Nacional, y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N° 00883-2018-JEE-LIS2 /JNE, del 13 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Sur 2, que declaró infundado el escrito de nulidad de las elecciones municipales realizadas el 7 de octubre de 2018 en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- REMITIR copia de los actuados al Ministerio Público, a fin de que proceda conforme con sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1749488-14

VISTOS el escrito, de fecha 26 de febrero de 2019, presentado por Jorge Moisés Rosas Ramos, y el Oficio N° 016-2019-SG-MDY, de la misma fecha, remitido por el jefe de la Oficina de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa. ANTECEDENTES Mediante la Resolución N° 0013-2019-JNE, del 4 de febrero de 2019 (fojas 37 a 40), el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró la nulidad del acto de notificación del Acuerdo de Concejo N° 01-2019-MDY, del 5 de enero de 2019, que formalizó la declaratoria de vacancia de Jorge Moisés Rosas Ramos, regidor del Concejo Distrital de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa, por la causal de cambio de domicilio fuera de la respectiva jurisdicción municipal, prevista en el artículo 22, numeral 5, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Asimismo, se requirió a los miembros del citado concejo municipal y al secretario general de dicha entidad edil, o a quien haga sus veces, que cumplan con notificar al mencionado regidor con el citado acuerdo de concejo, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019JUS (en adelante, LPAG). En ese contexto, a través del escrito, de fecha 26 de febrero de 2019 (fojas 53), que contiene firma certificada por notario público, el regidor Jorge Moisés Rosas Ramos comunicó al Jurado Nacional de Elecciones que fue notificado con el Acuerdo de Concejo N° 01-2019MDY hasta en dos (2) oportunidades: el 5 de enero de 2019, a las 12:00 horas, y el 20 de febrero de 2019, a las 14:00 horas. Asimismo, señaló expresamente que no presentó ni presentará recurso impugnatorio alguno contra el precitado acuerdo de concejo que declaró su vacancia como regidor del Concejo Distrital de Yanahuara. Del mismo modo, mediante el Oficio N° 016-2019-SGMDY, recibido el 26 de febrero de 2019 (fojas 58), el jefe de la Oficina de Secretaría General de la referida entidad edil informó el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N° 0013-2019-JNE. CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23 de la LOM, el correspondiente concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En este caso, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 01-2019-MDY, del 5 de enero de 2019, el Concejo Distrital de Yanahuara declaró la vacancia del regidor Jorge Moisés Rosas Ramos (fojas 62 y vuelta). Esta decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo N° 01-2019-MDY (fojas 30 y 31). 3. Ahora bien, en la Resolución N° 0013-2019JNE, se concluyó que no se cumplió con notificar debidamente al regidor Jorge Moisés Rosas Ramos con el Acuerdo de Concejo N° 01-2019-MDY, dado que el cargo de su notificación no contiene toda la información requerida por el artículo 21, numeral 21.3, de la LPAG, esto es, se trata de una notificación defectuosa. No obstante, es pertinente tomar en cuenta lo expresado por el mencionado regidor en su escrito, de fecha 26 de febrero de 2019 (fojas 53):

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN N° 0021-2019-JNE Expediente N° JNE.2019000070

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