Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2019 (14/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 14 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Convocan a vecinos a elecciones para conformar los Concejos Directivos de las Juntas Vecinales Comunales y aprueban cronograma de elecciones
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2019-MDB Barranco, 12 de marzo de 2019 VISTO: El Informe Nº 005-2019-SGPVBS-GDHS/MDB de la Sub-Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social; El Informe Nº 011-2019-GDHYS/MDB de la Gerencia de Desarrollo Humano y Social; el Informe Nº 066-2019-GAJ-MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el memorándum Nº 106-2019-GM/MDB de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con en el artículo III del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el artículo 31º de la citada Carta Magna señala, asimismo, que "...los ciudadanos tienen derecho de participar en los asuntos públicos...", siendo, además, "... derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La Ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación"; Que, en concordancia con el párrafo anterior, el artículo 111º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con relación a la Participación y control vecinal menciona que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia. Además en su artículo 112º señala que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión. Para tal fin deberá garantizarse el acceso de todos los vecinos a la información; Que, la Ley Nº 27972 menciona en su artículo 113º que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito y su provincia, mediante uno o más de los mecanismos siguientes: derecho de elección a cargos municipales, iniciativa en la formación de disposiciones municipales, derecho de referéndum, derecho de denunciar infracciones y de ser informado, Cabildo abierto, conforme a la ordenanza que lo regula, participación a través de juntas vecinales, comités de vecinos, asociaciones vecinales, organizaciones comunales, sociales u otras similares de naturaleza vecinal y comités de gestión; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Quinto de la Ordenanza Nº 517-MDB, Ordenanza que reglamenta la Organización, Funciones y el Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Barranco, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 24 de febrero del presente año, señala que las primeras elecciones del Concejo Directivo de las Juntas Vecinales Comunales, deberán ser convocadas por el Alcalde del Distrito; Que, mediante documentos de vistos, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, así como la Subgerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social, proponen

convocar a la elección de los representantes de las Juntas Vecinales para el periodo 2019-2020; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Asesoría Jurídica ha emitido opinión favorable sobre la propuesta presentada, contándose además con la conformidad de la Gerencia Municipal; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6º del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR A LOS VECINOS DEL DISTRITO DE BARRANCO A ELECCIONES para conformar los Concejos Directivos de las Juntas Vecinales Comunales, acto de votación que se realizará el día 28 de abril de 2019 desde las 09 horas hasta las 15 horas. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso de Elecciones, el mismo que estará integrado por: - Blanca Yolanda Grovas Cutipa, con DNI Nº 29561230, Gerente de Administración Tributaria. - Carlo Mario Gayoso Villanueva, con DNI Nº 09342278, Subgerente de Gestión del Riesgo de Desastre. - Carmen Analía Zurita Galarreta, con DNI Nº 41363102, Sub-Gerente de Participación Vecinal y Bienestar Social. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma de Elecciones convocadas en el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía:
ACTIVIDAD 1. Convocatoria 2. Publicación del Padrón Electoral 3. Inscripción de listas de candidatos 4. Periodo de observación e impugnación de listas 5. Publicación de listas hábiles 6. Campaña electoral 7. Designación de miembros de mesa 8. Capacitación de miembros de mesa 9. Jornada Electoral 10. Publicación y proclamación de resultados 11. Juramentación de los Concejos Directivos elegidos FECHA El día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" El 15 de Marzo Del 18 de Marzo al 05 de Abril Del 08 al 11 de Abril El 12 de Abril Del 12 al 27 de Abril El 08 de Abril El 25 de Abril El 28 de Abril de 09:00 a 15:00 horas El 30 de Abril 08 de Mayo

Artículo Cuarto.- CONVOCAR a los señores representantes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE para que brinden el apoyo y asistencia técnica electoral y fiscalizadora en el proceso eleccionario que se convoca. Artículo Quinto.- ENCARGAR al Comité Electoral y a la Subgerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Sexto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano y al Área de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en la página web de la Municipalidad www.munibarranco.gob.pe y su difusión en el distrito. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ JUAN RODRÍGUEZ CÁRDENAS Alcalde 1749658-1

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