Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2019 (20/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de marzo de 2019 /

El Peruano

la imposibilidad del mencionado candidato de reasumir el cargo político de consejero regional hasta esa fecha. 8. Por lo tanto, a efectos de garantizar el normal desenvolvimiento de las funciones del Consejo Regional de Amazonas, y conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Bagua, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 00812018-JNE, y a fin de completar el número de consejeros, resulta procedente convocar Pastor Izquierdo Suárez, identificado con DNI Nº 33826579, candidato no proclamado de la organización política Sentimiento Amazonense Regional, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejero regional, hasta el 9 de diciembre de 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Diógenes Celis Jiménez, consejero del Gobierno Regional de Amazonas, en representación de la provincia de Utcubamba, por el periodo comprendido entre el 8 de octubre y el 9 de diciembre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Pastor Izquierdo Suárez, identificado con DNI Nº 33826579, para que asuma, provisionalmente, el cargo de consejero del Gobierno Regional de Amazonas, en representación de la provincia de Utcubamba, por el periodo comprendido entre el 8 de octubre y el 9 de diciembre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1751389-7

Mediante el Auto Nº 1, del 7 de mayo de 2018 (fojas 81 a 83), se trasladó al Concejo Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín, la solicitud de vacancia formulada por Serapio Olivera Guerrero contra Josué Jara Acuña, alcalde suspendido de la citada comuna, a efectos de que evalúe los hechos conforme a lo establecido, esencialmente, en el artículo 22, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Asimismo, se requirió a los miembros del Concejo Distrital de Soritor para que, en el plazo legal máximo de treinta (30) días hábiles, desarrollen el proceso de vacancia y emitan el pronunciamiento correspondiente, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados pertinentes al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín a fin de que evalúe la conducta de las autoridades en mención, de acuerdo con sus atribuciones. Dicho auto fue notificado al citado concejo el 24 de mayo de 2018 (fojas 99). Documentación remitida por el Poder Judicial Por medio del Oficio Nº 0375-2018-P-CSJSM/PJ, recibido el 26 de marzo de 2018 (fojas 33 del Expediente Nº J-2018-00056-C01), con relación al cuestionado alcalde Josué Jara Acuña, el presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín remitió copia certificada de las siguientes resoluciones emitidas en el Expediente Nº 0460-2014-33-2201-JR-PE-01: a) Sentencia (Resolución Número Cuarenta y Tres), del 9 de setiembre de 2016 (fojas 51 a 83 del Expediente Nº J-2018-00056-C01), mediante la cual el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Moyobamba condenó a Josué Jara Acuña como autor del delito de abuso de autoridad, en agravio del Estado - Jurado Nacional de Elecciones y de Segundo Julio Arista Meléndez, por lo que le impuso un año de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el mismo periodo. b) Sentencia de Vista (Resolución Número Cuarenta y Nueve), del 2 de febrero de 2017 (fojas 35 a 50 del Expediente Nº J-2018-00056-C01), por medio de la cual la Sala Penal de Apelaciones de Moyobamba confirmó la Resolución Número Cuarenta y Tres, que condenó al alcalde Josué Jara Acuña. Asimismo, mediante el Oficio Nº 1305-2018-S-SPTCS/PJ, recibido el 6 de noviembre de 2018, la secretaria de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República remitió copia certificada del Recurso de Casación NCPP Nº 299-2017/SAN MARTÍN, del 16 de marzo de 2018, que, entre otras disposiciones, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por Josué Jara Acuña contra la sentencia, del 9 de setiembre de 2016, que lo condenó. De igual modo, mediante el Oficio Nº 06647-2018-SG/ JNE, del 23 de julio de 2018, se requirió a la alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Soritor, Magally Marín Ríos, para que cumpla con remitir la documentación requerida oportunamente a través del Auto Nº 1, del 7 de mayo de 2018, bajo apercibimiento de hacer efectivo lo decretado por este órgano electoral en el artículo cuarto del referido pronunciamiento. Ante ello, mediante los Oficios Nº 033-2018-SG/MDS y Nº 034-2018-SG/MDS, recibidos el 6 y 10 de agosto de 2018 (fojas 108 y 231, respectivamente), la secretaria general de la entidad municipal remitió, entre otros documentos, el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 0572018-MDS, del 12 de junio de 2018, que conformó una comisión especial para determinar la procedencia de la vacancia formulada contra Josué Jara Acuña. Lo mismo hizo con el Acta de Sesión Ordinaria Nº 015, del 25 de julio de 2018, por la cual se resolvió dejar sin efecto el acuerdo de concejo que dispuso la conformación de la citada comisión especial. Sin embargo, a pesar de haberse vencido los plazos legalmente establecidos para el trámite de la vacancia en la instancia administrativa, de la revisión de los actuados, se advierte que los miembros del Concejo Distrital de Soritor no han cumplido con emitir pronunciamiento ni con remitir los documentos requeridos por este órgano

Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN Nº 3398-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00188-T01 SORITOR - MOYOBAMBA - SAN MARTÍN CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, nueve de noviembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 1305-2018-S-SPT-CS/PJ, mediante el cual la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República remitió el Recurso de Casación NCPP Nº 299-2017/SAN MARTÍN, emitido el 16 de marzo de 2018, relacionado con la condena por delito doloso con pena privativa de la libertad impuesta a Josué Jara Acuña, alcalde suspendido de la Municipalidad Distrital de Soritor, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín. ANTECEDENTES Traslado de la solicitud de vacancia al concejo municipal

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