Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2019 (22/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Viernes 22 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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del 10 de julio de 2018, en el que se adjuntó la Resolución de Alcaldía N.º 294-2018-MPY/A del 1 de julio de 2018, emitida por la Municipalidad Provincial de Yunguyo, que proclamó a Daniel Jihuaña Condori como alcalde del centro poblado de Calacoto, y iii) cargo de recepción de Daniel Jihuaña Condori de la Carta N.º 11-2018-MDC/A del 17 de julio de 2018, que contiene el Acuerdo de Concejo N.º 012-2018-CM/MDC. Asimismo, en el citado oficio, informó que no se ha interpuesto ningún recurso de impugnación contra el referido acuerdo de concejo. CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10 de la LOM, concordante con el artículo 23 de la referida norma, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En ese sentido, estando acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 2, de la LOM, mediante la Resolución de Alcaldía N.º 294-MPY/A del 1 de julio de 2018, emitida por la Municipalidad Provincial de Yunguyo, y habiendo sido declarada la vacancia tal como consta en el Acta de Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal N.º 02-2018-MPC del 16 de julio de 2018, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Daniel Jihuaña Condori y convocar al suplente, según el artículo 24 de la LOM. 3. Por consiguiente, se debe convocar a Sonia Pacsi Ccamapaza de Alave, identificada con DNI N° 01323353, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Copani, provincia de Yunguyo, departamento de Puno, a fin de completar el número de integrantes del concejo edil para el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 4. Cabe precisar que dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipalidades Distritales Electas, de fecha 30 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Puno, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Daniel Jihuaña Condori como regidor de la Municipalidad Distrital de Copani, provincia de Yunguyo, departamento de Puno, por incurrir en la causal de asunción de otro cargo proveniente de mandato popular, establecida en el artículo 22, numeral 2, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Sonia Pacsi Ccamapaza de Alave, identificada con DNI N° 01323353, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Copani, provincia de Yunguyo, departamento de Puno, a fin de completar el número de integrantes del concejo edil para el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA Concha Moscoso Secretaria General 1752311-8

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN N° 3440-2018-JNE Expediente N° J-2018-00031-A01 PACHACÁMAC - LIMA - LIMA VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho. VISTO el Auto N° 1, de fecha 7 de noviembre de 2018, sobre requerimiento de requisito formal relacionado con el recurso de apelación interpuesto por Martha Dominga Pecho Romero en contra del Acuerdo de Concejo N° 028-2018-MDP/C, de fecha 17 de julio de 2018, que declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la recurrente contra el Acuerdo de Concejo N° 017-2018-MDP/C, de fecha 9 de abril de 2018, el cual declaró su vacancia en el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima, por la causal prevista en el numeral 6 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Trámite de la solicitud de vacancia formulada contra Martha Dominga Pecho Romero (Expediente N° J-2018-00031-T01) Por medio del escrito del 18 de diciembre de 2017 (fojas 11 y 12 del Expediente N° J-2018-00031-T01), Maximiliano Oliva Macías informó que la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur confirmó la sentencia dictada contra Martha Dominga Pecho Romero, regidora del Concejo Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima. Asimismo, solicitó que se recabe dicha documentación, toda vez que corresponde que se declare la vacancia de la citada autoridad, por estar incursa en la causal establecida en el numeral 6 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); además, adjuntó copia simple de la Resolución N° Tres, del 14 de septiembre de 2017 (sentencia de segunda instancia). Por su parte, a través del Oficio N° 236-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, (fojas 37 a 39), del 31 de enero de 2018, la Corte Superior de Justicia de Lima Sur informó sobre el estado del proceso penal seguido contra la regidora Martha Dominga Pecho Romero, precisando en el ítem número 4, que la sentencia que la condenó, se encuentra ejecutoriada. Así también, adjuntó copia certificada de la Resolución Número Treinta, del 4 de mayo de 2017 (sentencia), la Resolución N° Tres, del 14 de setiembre de dicho año y la Resolución Número Treinta y dos, de fecha 29 de noviembre de 2017, dictadas contra la citada autoridad edil. Así, mediante el Auto N° 1, de fecha 2 de febrero de 2018 (fojas 86 a 88 del Expediente N° J-2018-00031-T01), este Supremo Tribunal Electoral trasladó al Concejo Distrital de Pachacámac la referida solicitud de vacancia, a efectos de que esta entidad evalúe los hechos, conforme a lo establecido en el artículo 22, numeral 6, de la LOM. Igualmente, requirió al gerente municipal y a los miembros del concejo edil que cumplan con el procedimiento legalmente establecido y que remitan los documentos necesarios para verificar el trámite de vacancia y, de ser el caso, dejar sin efecto la credencial otorgada a la cuestionada regidora. Primer pronunciamiento del concejo municipal sobre la vacancia y recurso de reconsideración En sesión extraordinaria, de fecha 9 de abril de 2018, formalizada en el Acuerdo de Concejo N° 017-2018-MDP/C, (fojas 96 y 97), de la misma fecha, el Concejo Distrital de Pachacámac declaró, con 8 votos

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