Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2019 (22/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de marzo de 2019 /

El Peruano

personero legal alterno de la de la organización política Sentimiento Amazonense Regional; y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N° 01325-2018-JEE-BAGU/ JNE, de fecha 29 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- RECHAZAR y CONDENAR los actos vandálicos ocurridos en el distrito de Aramango, provincia de Bagua, departamento de Amazonas, durante la jornada electoral desarrollada el 7 de octubre de 2018. Artículo Tercero.- EXHORTAR a las organizaciones políticas y al público en general a evitar todo tipo de actos de violencia perpetrados durante el presente proceso electoral, los cuales son incompatibles con los principios básicos de la democracia y que tratan de impedir el ejercicio pleno al derecho de sufragio. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1752311-2

Amazonas; asimismo, se remitió el acta de recepción de actas electorales ERM 2018, copias de los oficios dirigidos a los personeros legales de las organizaciones políticas con el fin de requerir las actas electorales extraviadas o siniestradas y la denuncia de actas siniestradas ante la comisaría PNP Bagua. Respecto del pronunciamiento Electoral Especial de Bagua del Jurado

El 29 de octubre de 2018, el JEE emitió la Resolución N° 01307-2018-JEE-BAGU/JNE, mediante la cual resolvió: a) Invalidar las actas electorales recuperadas N°s 000179-13-P y 000179-46-O, correspondientes a la Mesa de Sufragio N° 000179 del distrito de Aramango, provincia de Bagua, región Amazonas; correspondiente a la votación regional y municipal, respectivamente. b) Declarar nulas las Actas Electorales recuperadas N°s 000179-13-P y 000179-46-O, correspondientes a la Mesa de Sufragio N° 000179 del distrito de Aramango, provincia de Bagua, región Amazonas, correspondiente a la votación regional y municipal, respectivamente. c) Considerar la cifra 300 como votos nulos en la votación municipal (provincial y distrital) y regional (gobernador, vicegobernador y consejero regional) de la Mesa de Sufragio N° 000179 del distrito de Aramango, provincia de Bagua, región Amazonas. El argumento por el cual el JEE adoptó dicha decisión se centró en que no pudo validar las actas siniestradas porque los dos ejemplares presentados por la organización política Sentimiento Amazonense Regional no eran idénticos, debido a que tenían distinto tipo de elección, una regional y la otra municipal, resultando imposible su cotejo. Respecto del recurso de apelación interpuesto Ante esta situación, el 1 de noviembre de 2018, el personero legal alterno de la organización política Sentimiento Amazonense Regional interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 01307-2018-JEEBAGU/JNE, de fecha 29 de octubre de 2018, en el extremo que resolvió tener por no válida el Acta Electoral N° 000179-46-O para las elecciones municipales, y solicitó que se revoque y reforme, disponiendo su validez, bajo los siguientes argumentos: a) El JEE no ha observado todos los supuestos que derivan del artículo 291 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE), por lo que no se estaría incentivando ni optimizando el principio de presunción de validez del voto, más aún cuando las organizaciones políticas que perdieron la contienda electoral difícilmente cooperar con el procedimiento de recuperación de actas. b) En el caso de existir una sola acta recibida, debió tramitarse conforme a lo dispuesto por el artículo 310 de la LOE, el principio de presunción de validez del voto y el principio de veracidad contemplado en el artículo VI del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. CONSIDERANDOS 1. El artículo 176 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2 de la LOE, establece que el sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones y los escrutinios traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos y sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa y secreta. Asimismo, el artículo 4 de la LOE precisa que la interpretación de la ley citada se realizará bajo la presunción de la validez del voto. 2. En ese sentido, para salvaguardar la expresión auténtica, libre y espontánea de las votaciones y escrutinios, antes de ingresar al análisis del caso concreto, se debe realizar una verificación de la legalidad del procedimiento de recuperación de actas electorales,

Confirman la Res. N° 01307-2018-JEE-BAGU/ JNE
RESOLUCIÓN N°3424-2018-JNE Expediente N° ERM.2018055002 ARAMANGO - BAGUA - AMAZONAS JEE BAGUA (ERM.2018052443) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, doce de noviembre de dos mil dieciocho. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por James Rony Ynope Cardozo, personero legal alterno de la organización política Sentimiento Amazonense Regional, en contra de la Resolución N° 01307-2018-JEE-BAGU/JNE del 29 de octubre de 2018; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Respecto del procedimiento de recuperación de actas a cargo de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Bagua Con fecha 11 de octubre de 2018, el jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Bagua (en adelante, ODPE) remitió los Oficios N°s 000078, 000079, 000080, 000081, 000082, 000083 y 000084-2018-ODPEBAGUAERM2018/ONPE, a los diferentes personeros legales de las organizaciones políticas participantes del proceso electoral; con el fin de requerir las actas electorales extraviadas o siniestradas. En tal sentido, con fecha 16 de octubre de 2018, James Rony Ynope Cardozo, personero legal alterno de la organización política Sentimiento Amazonense Regional y el jefe de la ODPE se reunieron con la finalidad de que el referido personero entregue veintisiete (27) actas electorales entre las cuales se encontraba el Acta Electoral N° 000179-46-O. Posteriormente, mediante el Oficio N° 000110-2018ODPE BAGUA ERM 2018/ONPE, de fecha 19 de octubre de 2018, el jefe de la ODPE remitió al Jurado Electoral Especial de Bagua (en adelante, JEE) actas electorales recuperadas de la elección regional y municipal, correspondientes a los distritos de Aramango e Imaza, ambos de la provincia de Bagua, departamento de

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