Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2019 (30/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Sábado 30 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 516-2019-MDB, de fecha 28 de febrero del 2019, se dispuso otorgar beneficios tributarios en la jurisdicción del distrito; por conceptos de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias (deudas tributarias); disponiéndose su vigencia hasta el 30 de marzo del presente año fiscal; Que, en la Segunda Disposición Final, de la citada normativa se faculta al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias respectivas, así como la prórroga en la vigencia de la misma; Que, estando por vencer la fecha de vigencia de la normativa, se propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 516-2019-MDB, "Ordenanza que otorga beneficios tributarios", con la finalidad que nuestros contribuyentes puedan regularizar el pago de sus obligaciones hasta el 30 de abril del 2019; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que: "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; Que, estando a lo antes expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº 137-2019-GAJ/MDB, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 516-2019-MDB "Ordenanza que otorga beneficios tributarios", hasta el 30 de abril del 2019. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus unidades orgánicas, el estricto cumplimiento de la presente norma municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de este decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Estadísticas e Informática en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 1755033-1

VISTO: En sesión extraordinaria del concejo municipal de fecha 29 de marzo del 2019, el Memorándum Nº 3492019-GEMU/MDEA del Gerente Municipal, Informe Nº 41-2019-GAF-MDEA del Gerente de Administración y Finanzas e Informe Nº 074-2019-SGC-GAF-MDEA del Sub Gerente de Contabilidad, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades"; Que, el artículo 54º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que fenecido el ejercicio presupuestal, bajo responsabilidad del Gerente Municipal o quien haga sus veces, se formula el balance general de ingresos y egresos y se presenta la memoria anual, documentos que deben ser aprobados por el concejo municipal dentro de los plazos establecidos por el Sistema Nacional de Contabilidad; Que, el numeral 11) del Artículo 20º de la norma acotada señala que (...) son atribuciones del Alcalde, someter a aprobación del concejo municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido. Asimismo, el numeral 17) del Articulo 09º de la norma acotada, prescribe que (...) Atribuciones del concejo municipal; Corresponde al concejo municipal, aprobar el balance y la memoria anual; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 17) del Artículo 9º y el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de comisiones y de lectura y aprobación del acta, y contando con el voto UNÁNIME de los señores Regidores, se: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Balance General y la Memoria Anual del Ejercicio Económico 2018 de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Artículo Segundo.- PRECISAR que dicha aprobación en lo referido al Balance General, no implica la validación de las operaciones de los ingresos y gastos que contienen, los cuales estarán sujetos a las acciones de control y fiscalización pertinentes y al resultado del trabajo de la sociedad de auditoria que se designe para tal fin, resultados que deberán ser puestos a conocimiento del Pleno del Concejo Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal dar trámite al proceso de la auditoría del balance del ejercicio fiscal concluido 2018. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 1755521-1

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Aprueban el Balance General y la Memoria Anual del Ejercicio Económico 2018 de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2019-MDEA El Agustino, 29 de marzo del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Ratifican Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2019 del distrito de Independencia
ORDENANZA Nº 000393-2019-MDI Independencia, 26 de marzo del 2019

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