Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2019 (01/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 1 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Ejecutivo/a (CAP ­ P Nº 1610) de la Dirección de Aseguramiento en Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional se encuentra clasificado como cargo de confianza; Que, se encuentra vacante el cargo señalado en el considerando precedente; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente designar al profesional que ejercerá el citado cargo; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificada por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y en el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al médico cirujano Alfredo Víctor Laguna Urdanivia, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP ­ P Nº 1610), Nivel F-4, de la Dirección de Aseguramiento en Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1765193-3

Nº 072-2003-PCM, los programas cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas, tales como el PRONIS, son considerados entidades públicas para efectos de la aplicación de la precitada normativa; Que, los artículos 3 y 4 del Reglamento de la Ley Nº 27806 establecen que es obligación de la máxima autoridad de la entidad designar mediante resolución a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, la misma que será publicada en el Diario Oficial El Peruano, colocándose adicionalmente copia de dicha resolución en un lugar visible en cada una de las sedes administrativas de la entidad; Que, en atención al marco normativo antes indicado, la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional ha emitido el Informe Nº 005-2019-MINSA/PRONIS-UCII, donde se concluye que corresponde a la Coordinación General del PRONIS proceder a la referida designación, en su calidad de mayor autoridad ejecutiva y administrativa del Programa1, lo cual ha sido ratificado por la Oficina de Transparencia y Anticorrupción del Ministerio de Salud a través del Informe Nº 004-2019-OTRANS-SG/MINSA; Que, conforme a los considerandos expuestos, resulta pertinente designar al servidor responsable de entregar la información de acceso público en el Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Programa; De conformidad con los literales k) y x) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1151-2018/MINSA, con las visaciones del Jefe (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica y del Jefe (e) de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designación de servidor responsable de entregar información de acceso público. Designar al Jefe (a) de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional o quien haga sus veces, como servidor responsable de atender las solicitudes de acceso a la información pública en el Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS. Artículo 2º.- Designación de responsable del Portal de Transparencia Estándar del PRONIS. Designar al Jefe (a) de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional o quien haga sus veces, como servidor responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS. Artículo 3º.- Rendición de cuenta. El Jefe (a) de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional o quien haga sus veces, elaborará y remitirá los reportes que al respecto solicite el sector o las autoridades competentes, dando cuenta a este Despacho. Artículo 4º.- Derogación. Deróguese la Resolución de Coordinación General Nº 012-2019-PRONIS-CG. Artículo 5º.- Publicación. Disponer que la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional gestione la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web institucional del PRONIS. Regístrese, publíquese y comuníquese. RAUL ANTONIO MORA GUILLÉN Coordinador General Programa Nacional de Inversiones en Salud

Designan responsable de atender las solicitudes de acceso a la información pública y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Programa Nacional de Inversiones en Salud - PRONIS
PROGRAMA NACIONAL DE INVERSIONES EN SALUD - PRONIS RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN GENERAL Nº 033-2019-PRONIS-CG Lima, 25 de abril de 2019 VISTOS: El Informe Nº 005-2019-MINSA/PRONIS-UCII de la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, el Informe Nº 004-2019-OTRANS-SG/MINSA de la Oficina de Transparencia y Anticorrupción del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2014-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 032-2017-SA, se creó el Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS, bajo el ámbito del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud ­ MINSA, con la finalidad de ampliar y mejorar la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud y coadyuvar a cerrar las brechas en infraestructura y oferta de servicios para obtener las mejoras sanitarias, en cumplimiento de los lineamientos de la política nacional y sectorial; Que, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y en el artículo 2 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo

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De acuerdo a lo previsto en el artículo 7 del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 1151-2018/MINSA.

1765082-1

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