Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2019 (01/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de mayo de 2019 /

El Peruano

Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019-CEPLAN/PCD, establece las circunstancias que ocasionan la modificación del POI anual en ejecución, precisando que, "Si el POI Anual es afectado, la entidad realiza su modificación con intervención de la Comisión de Planeamiento y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución"; Que, en ese contexto, mediante Informe Técnico Nº 081-2019-MTPE/4/9.1, la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), que ha sido motivado principalmente por las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional y en el Nivel Funcional Programático, efectuadas en el primer trimestre de su ejecución; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministerio de Trabajo, de la Secretaría General, de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, y de Planeamiento y Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y modificatorias; el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la modificación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), conforme a los Reportes del POI obtenidos del Aplicativo CEPLAN V.01, que como anexos forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Del cumplimiento Los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comprendidos en la modificación que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, dan estricto cumplimiento, bajo responsabilidad al contenido del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Artículo 3.- Del seguimiento y evaluación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, efectúa el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 Modificado Versión 1 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Artículo 4.- De la publicación Publicar la presente resolución ministerial y los anexos a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1765353-2

Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020 - 2022 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2019-TR Lima, 30 de abril de 2019 VISTOS: El Acta Nº 05-2019-CPEMTPE de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Oficio Nº 195-2019-MTPE/ 4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico Nº 080-2019-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones; el Informe Nº 1040-2019MTPE/4/8 de la Oficina de General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, establece, entre otros aspectos, que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, orientado al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado Constitucional de Derecho, formando parte integrante de dicho Sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, de otro lado, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece como uno de los principios del referido sistema, a la Programación Multianual; que consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD modificada por la Resolución de Presidencia Nº 0053-2018-CEPLAN/ PCD y Nº 016-2019/CPELAN-PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (en adelante, el CEPLAN) aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional" (en adelante, la Guía), la cual establece que todas las entidades del Estado elaboran y aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual, con la finalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (03) años; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1112019-MTPE del 8 de abril de 2019, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2022 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2022 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante el Oficio Múltiple Nº D000012-2019CEPLAN-DNCP la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento del CEPLAN señala que todas las entidades deben cumplir con culminar al 31 de marzo del 2019, el registro del POI Multianual 2020-2022 (como periodo mínimo) en el aplicativo CEPLAN V.01; Que, la propuesta de Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2020-2022, se elabora en coordinación con

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