Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2019 (04/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Sábado 4 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTO: El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Extra Ordinaria celebrada el 27 de diciembre del año 2018, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, mediante Ley Nº 30879, se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, que comprende las transferencias de recursos para el Gobierno Regional de Huancavelica, por lo que el objetivo del presente Acuerdo Regional es aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura del Gobierno Regional de Huancavelica, para el Ejercicio Presupuestal 2019; a nivel de Ingresos por Partidas, Egresos por Unidades Ejecutoras y la Estructura Funcional Programática, conforme a los Anexos, en beneplácito al Inciso b) del numeral 53.1 del Artículo 53º de la ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el mismo que posteriormente será ratificado a través de Resolución Ejecutiva Regional; Que, la aprobación se efectúa en el marco de lo dispuesto en el Artículo 192º de la Constitución Política y el Artículo 35º de la Ley 27783-Ley de Bases de la Descentralización que dispone que los Gobiernos Regionales tienen como competencia exclusiva el de aprobar su Presupuesto Institucional conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y a las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura del Gobierno Regional de Huancavelica para el Ejercicio Presupuestal 2019, en el marco de lo dispuesto en el Artículo 192º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 35º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización. Artículo Segundo.- APROBAR la Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura del Gobierno Regional de Huancavelica para el Año Fiscal 2019, según se detalla a continuación: 1.- PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA DE INGRESOS POR PARTIDAS - Detalle de Ingresos 2.- PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA DE EGRESOS POR UNIDADES EJECUTORAS. - A nivel de Pliego, por Genérica de gasto y Fuentes de Financiamiento

- A Nivel de Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad y/o Proyecto, Grupo Genérico de gastos y Fuentes de Financiamiento. 3.- ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRÁMATICA - A nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad y/o Proyecto. Artículo Tercero.- Los Anexos que se adjuntan, forman parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración la publicación en el diario oficial El Peruano la aprobación del PIA ­ 2019 del pliego 447. Artículo Quinto.- Deróguense o Déjense sin efecto, según corresponda, las Disposiciones que se opongan al presente Acuerdo de Consejo Regional. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUZ IRMA MATAMOROS GARCIA Presidenta del Consejo Regional de Huancavelica 1765435-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que promueve el respeto a la igualdad, previene, prohíbe y sanciona toda manifestación de prácticas o actos discriminatorios en Lima Metropolitana
ORDENANZA Nº 2160 Lima, 30 de abril de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, los Dictámenes Nºs. 017-2019-MML-CMAL y 003-2019-MML/CMPVSCM, de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Participación Vecinal, Servicios a la Ciudad y de la Mujer, respectivamente, ambos de fecha 10 de abril de 2019, en uso de las atribuciones establecidas en el numeral 8 del artículo 9 y artículo 157 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, el Concejo Metropolitano de Lima; Aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE PROMUEVE EL RESPETO A LA IGUALDAD, PREVIENE, PROHÍBE Y SANCIONA TODA MANIFESTACIÓN DE PRÁCTICAS O ACTOS DISCRIMINATORIOS EN LIMA METROPOLITANA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DEL OBJETO Y FINALIDAD, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ÓRGANOS COMPETENTES Artículo Primero.- Objeto y finalidad La presente ordenanza tiene por objeto promover el respeto a la igualdad de todas las personas; prevenir, prohibir y sancionar administrativamente toda manifestación de prácticas o actos discriminatorios en

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