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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2019 (23/11/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Sábado 23 de noviembre de 2019 / El Peruano VISTOS El O fi cio N° 3096-2019-MP-FN-PJFSVENTANILLA, emitido por el señor Jorge Veiga Reyes, fi scal superior Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, y el O fi cio N° 009509-2019-MP- FN-FSNC-EDCF, emitido por el señor Octaviano Omar Tello Rosales, fi scal superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios; CONSIDERANDOMediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2115-2016-MP-FN, del 6 de mayo de 2016, se resolvió, entre otros, designar en el distrito fi scal de Ventanilla a la Segunda Fiscalía Superior Penal de Ventanilla como la encargada de conocer en grado los casos provenientes de las Fiscalías Provinciales Especializadas en delitos de Corrupción de Funcionarios. A través del O fi cio N° 3096-2019-MP-FN- PJFSVENTANILLA, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal de Ventanilla propuso la reasignación de la carga procesal de los delitos de Corrupción de Funcionarios a la Primera Fiscalía Superior Penal de Ventanilla a cargo del abogado Plinio Hugo Hermoza Orosco, fi scal superior provisional nombrado en la referida Fiscalía Superior mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1314-2019-MP-FN, del 6 de junio de 2019. La propuesta se sustenta en que el citado fi scal pertenece al Sub Sistema Especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios, por lo que cuenta con amplia experiencia en este tipo de delitos por ser su especialidad de carrera fi scal. Con el O fi cio N° 009509-2019-MP-FN-FSNC-EDCF, el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en delitos de Corrupción de Funcionarios informa sobre la viabilidad de la propuesta de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Ventanilla. En atención a la propuesta formulada y en vista que el abogado Plinio Hugo Hermoza Orosco, fi scal superior de la Primera Fiscalía Superior Penal de Ventanilla, cuenta con la especialización en materia de delitos de corrupción de funcionarios al ser fi scal de carrera perteneciente al Subsistema de las Fiscalías Especializadas en delitos de Corrupción de Funcionarios y, además, al haber ejercido función especializada en esta materia, resulta imperioso una adecuada gestión de los recursos humanos de la institución, con la fi nalidad de cumplir las funciones constitucionalmente asignadas; y, además, fortalecer la actuación fi scal en la tramitación de las investigaciones y procesos de corrupción de funcionarios en el distrito fi scal de Ventanilla. El Ministerio Público es el titular del ejercicio de la acción penal pública y el encargado de la conducción de la investigación; por lo que, le corresponde desplegar sus esfuerzos optimizando sus recursos humanos con la fi nalidad de investigar e fi cazmente el delito, combatir la delincuencia y fortalecer su compromiso en la lucha contra la corrupción. La Fiscal de la Nación como titular del Ministerio Público es responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones que considere pertinentes a fi n de ofrecer a la sociedad un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. En consecuencia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 159° de la Constitución Política del Estado, artículo 63 del Código Procesal Penal de 2004 y el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052–Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2115-2016-MP-FN, de fecha 6 de mayo de 2016, en el extremo que designó a la Segunda Fiscalía Superior Penal de Ventanilla para que, en adición a sus funciones, conozca en grado, los casos provenientes de las Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en delitos de Corrupción de Funcionarios de dicha sede.Artículo Segundo.- DESIGNAR a la Primera Fiscalía Superior Penal de Ventanilla para que, en adición a sus funciones y a partir de la vigencia de la presente resolución, asuma en grado los casos provenientes de las Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en delitos de Corrupción de Funcionarios de dicha sede. Artículo Tercero.- DISPONER que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal de Ventanilla adopte las medidas destinadas a regular la carga procesal de la Fiscalía Superior designada, de acuerdo a los criterios de razonabilidad y proporcionalidad, a fi n de permitir un impulso adecuado de las investigaciones y procesos asignados, de conformidad con los artículos g y t del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público-Fiscalía de la Nación aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3893-2018-MP-FN. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal de Ventanilla, Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Secretaria Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, O fi cina de Racionalización y Estadística, Secretaria General de la Fiscalía de la Nación, O fi cina de Control de Productividad Fiscal y O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1830137-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho y su designación en la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ayna RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3293-2019-MP-FN Lima, 22 de noviembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 2856-2019-MP-FN-PJFSAYACUCHO, remitido por el abogado Rigoberto Basilio Parra Rodríguez, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, mediante el cual eleva la carta de renuncia de la abogada Kryz Marilyn Huayhua Berrocal, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ayna, por motivos de índole personal y de superación académica, informando que su último día de labores será el 04 de noviembre de 2019. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Kryz Marilyn Huayhua Berrocal, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ayna, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3153-2015-MP-FN, de fecha 25 de junio de 2015, con efectividad al 05 de noviembre de 2019. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina