Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2019 (30/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de noviembre de 2019 /

El Peruano

setiembre de 2019 registró 732 expedientes resueltos de una carga procesal de 1,366 expedientes, con lo cual alcanzó un avance del 71%; mientras que el Juzgado Civil Permanente de Chulucanas, que tramita procesos de violencia familiar resolvió 1,041 expedientes de una carga procesal de 2,253 expedientes, con lo cual tuvo un avance del 174%, quedando una carga pendiente de 998 expedientes. Asimismo, informa que comparando los expedientes anuales ingresados y resueltos con respecto a otros juzgados de familia similares, existen muchos de ellos en los cuales estos resultan superiores, tal como se muestra a continuación:
Juzgados de familia de Piura (4) de Chulucanas (1) Promedio todas las CSJ Promedio de Ingresos 1,544 597 1,064 Promedio de Resueltos 1,552 532 1,136

un periodo de un mes, y su conversión en juzgado civil transitorio con competencia en las especialidades civil, familia y laboral, y recomienda que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo no mayor de quince días calendario, las razones por las cuales sólo figura en la data estadística oficial una redistribución de 166 expedientes ingresados para el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Paita y no los 527 expedientes que realmente corresponden a la redistribución realizada en el mes de setiembre del presente año. Tercero. Que, el artículo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicación de Juzgados a nivel nacional; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1420-2019 de la cuadragésimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo y Castillo Venegas, sin la intervención de la señora Consejera Pareja Centeno por tener que viajar en comisión de servicio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, a partir del 1 de diciembre de 2019: HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO - Juzgado Civil Transitorio - Maynas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA - Juzgado de Familia Transitorio - Ilo. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA - Juzgado Civil Transitorio - Catacaos. - Juzgado de Familia Transitorio - Chulucanas. - 1° Juzgado de Trabajo Transitorio - Paita. HASTA EL 1 DE ENERO DE 2020 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR - Juzgado de Trabajo Transitorio - Villa María del Triunfo. Artículo Segundo.- Convertir, a partir del 1 de enero hasta el 1 de abril de 2020, el Juzgado de Familia Transitorio de Ilo, Distrito Judicial de Moquegua, como Juzgado Civil Transitorio de Ilo; a fin que apoye con turno cerrado en la descarga procesal del Juzgado Civil Permanente de Ilo, manteniendo su competencia funcional en los procesos de familia que no correspondan a violencia familiar, en apoyo del Juzgado de Familia Permanente de Ilo. Artículo Tercero.- Convertir, a partir del 1 de enero hasta el 1 de abril de 2020, el Juzgado de Familia Transitorio de Chulucanas, Distrito Judicial de Piura, como Juzgado Civil Transitorio de Chulucanas; a fin que apoye con turno cerrado en la descarga procesal del Juzgado Civil Permanente de Chulucanas y continúe manteniendo su competencia funcional en los procesos de familia que no correspondan a violencia familiar. Artículo Cuarto.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de enero hasta el 30 de junio de 2020, el Juzgado Civil Transitorio de Maynas, Corte Superior de Justicia de Loreto, hacia la Corte Superior de Justicia del Callao como Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia del Callao; el cual funcionará con turno cerrado y con la misma competencia funcional y territorial que el 4° Juzgado de Trabajo Permanente del Callao a efectos que apoye en la descarga procesal de este último.

Asimismo, se observa que, de los 998 expedientes que registra como carga pendiente el Juzgado Civil Permanente de Chulucanas, un total de 415 expedientes corresponden a la especialidad civil, y 496 a la especialidad laboral, los cuales suman un total de 911 expedientes, cifra que equivale a aproximadamente el 91% de la carga pendiente del referido órgano jurisdiccional permanente, por lo que requiere del apoyo de un órgano jurisdiccional transitorio que también apoye en la descarga procesal de la referida carga pendiente. Mediante Oficio N° 5637-2019-P-CSJPI/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura solicita la conversión del Juzgado de Familia Transitorio del Distrito de Chulucanas, Provincia de Morropón, como Juzgado Civil Transitorio del mismo distrito, para que apoye en la descarga de los procesos de las materias civil, familia y laboral, solicitud con la que se concurre. Asimismo, recomienda que a fin que el Programa Presupuestal "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia" PpR0067 optimice sus recursos presupuestales, se disponga que a partir del año 2020, solo se asignen dichos recursos presupuestales a los órganos jurisdiccionales de familia permanentes, de manera que los transitorios de descarga procesal que de manera temporal vienen apoyando a los juzgados de familia permanentes no se vean restringidos en su función de descarga procesal, en apoyo a otras especialidades y cortes superiores de justicia que lo requieran. f) El 1º Juzgado de Trabajo Transitorio de Paita, que con turno abierto tramita la liquidación de los procesos laborales al amparo de la Ley Nº 26636 (LPT) y los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), y que a partir del 1 de setiembre de 2019 se le amplía la competencia funcional para que con turno abierto tramite expedientes de la especialidad civil y familia, en apoyo del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Paita, al mes de setiembre del presente año registró 328 expedientes resueltos de una carga procesal de 870 expedientes, con lo cual alcanzó un avance del 60% cifra inferior al avance ideal del 73% que debió registrar a dicho mes. Asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 316-2019-CE-PJ, se dispuso que el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Paita remita al 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia, como máximo 700 expedientes, de los cuales 500 sean de la especialidad familia, sin considerar los procesos bajo la Ley N° 30364, y 200 de la especialidad civil; sin embargo, el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Paita al mes de setiembre de 2019 ha registrado en el sistema un ingreso por remisión de expedientes de otras dependencias de 166, mientras que el Juzgado Civil Permanente de Paita ha registrado el egreso de 527 expedientes hacia otras dependencias, lo cual constituye registros inconsistentes. El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura mediante Oficio Nº 5472-2019-P-CSJPI/PJ, ha solicitado la prórroga de funcionamiento del 1º Juzgado de Trabajo Transitorio de Paita por un periodo de seis meses; sin embargo, luego de la evaluación efectuada y en función a su avance de meta, se recomienda su prórroga por

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