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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2019 (01/10/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 1 de octubre de 2019 / El Peruano Que, mediante Resolución Suprema N° 080-2019- IN, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 04 de agosto de 2019, se autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, para el mantenimiento del orden interno en el Terminal Portuario Matarani, ubicado en la provincia de Islay del departamento de Arequipa, por el término de treinta (30) días calendario, a fi n de asegurar el control y mantenimiento del orden interno; Que, posteriormente, con Resolución Suprema N° 089-2019-IN, se prorroga la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, para el mantenimiento del orden interno en el Terminal antes mencionado, del 04 de setiembre al 03 de octubre de 2019; Que, mediante O fi cio N° 1266-2019-CG PNP/SEC, el Comandante General de la Policía Nacional del Perú solicita que se tramite el pedido de prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú para el mantenimiento del orden interno en el Terminal Portuario Matarani, sustentando dicho pedido en el Informe N° 72-2019-IX-MACREPOL-AQP/SEC (Reservado), a través del cual la IX Macro Región Policial Arequipa informa sobre la continuidad de las medidas de fuerza advertidas en la provincia de Islay que afectarían el normal desenvolvimiento de las actividades desarrolladas en el referido Terminal, y que a su vez sobrepasarían la capacidad de control del orden interno de la Policía Nacional del Perú; Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, para el mantenimiento del orden interno en el Terminal Portuario Matarani; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, y el Decreto Supremo N° 106-2017-PCM, que aprueba el Reglamento para la Identi fi cación, Evaluación y Gestión de Riesgos de los Activos Críticos Nacionales - ACN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas Prorrogar la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, para el mantenimiento del orden interno en el Terminal Portuario Matarani, ubicado en la provincia de Islay del departamento de Arequipa, del 04 de octubre al 02 de noviembre de 2019, a fi n de asegurar el control y mantenimiento del orden interno. Artículo 2.- De la actuación de las Fuerzas Armadas2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituye una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú. 2.2. La actuación de las Fuerzas Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policía Nacional del Perú concentren su accionar en el control del orden público y la interacción con la población. Artículo 3.- De la intervención de las Fuerzas Armadas La intervención de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.Artículo 4.- Estado de DerechoLa intervención de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolución Suprema, no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte. Artículo 5.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1812452-10 Designan Directora General de la Dirección General de Gobierno Interior del Viceministerio de Orden Interno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1489-2019-IN Lima, 30 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 1331-2019- IN de fecha 02 de setiembre de 2019, se designó al señor Ciro Alejandro Zavaleta López en el cargo público de confi anza de Director General de la Dirección General de Gobierno Interior del Viceministerio de Orden Interno del Ministerio del Interior; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación a que hace referencia el considerando precedente, correspondiendo designar temporalmente a la persona que lo reemplazará en tanto se designe a su titular; Que, el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, establece que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios (CAS) pueden, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujetos, entre otros, a la designación temporal como directivo superior o empleado de con fi anza, observando las limitaciones establecidas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico N° 219-2016-SERVIR/GPGSC de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, es posible encargar o asignar funciones adicionales a los servidores CAS con la fi nalidad de satisfacer necesidades institucionales inmediatas, especí fi cas y coyunturales de la entidad, y para que dichos servidores puedan desempeñar las funciones de un puesto directivo de con fi anza en adición a sus funciones, se puede aplicar la acción administrativa de desplazamiento de la designación temporal contemplada en el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS); Con la visación de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Supremo N° 014-2019-IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;