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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (30/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 120

120 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de diciembre de 2020 / El Peruano Artículo 2º.- Ámbito de aplicación. El ámbito de aplicación alcanza a todas aquellas personas naturales o jurídicas que mantengan vigentes deudas tributarias exigibles a favor de la Municipalidad Distrital de Comas, las cuales podrán ser canceladas total o parcialmente a través de bienes y/o servicios dentro de la jurisdicción del Distrito de Comas. Artículo 3º.- Obligaciones susceptibles de ser canceladas a través de la Dación en Pago Son susceptibles de ser canceladas a través de la dación en pago, total o parcial, las deudas generadas por concepto de tributos administrados por la Municipalidad Distrital de Comas, cualquiera sea el estado en que se encuentren, siempre que las obligaciones se encuentren vencidas. En ningún caso se aplicará lo regulado en la presente ordenanza a deuda correspondiente a un ejercicio vigente, salvo opinión técnica favorable por parte de la Gerencia de Administración Tributaria. Artículo 4º.- De los bienes materia de pago en especie El pago en especie podrá realizarse a través de: 4.1 La entrega de bienes con libre disposición y/o prestación de servicios. Excepcionalmente, podrán considerarse en calidad de pago, los servicios que hubieran sido prestados durante el ejercicio en vigencia o anterior, siempre que cuenten con los requerimientos y la conformidad del área usuaria de los mismos. 4.2. La entrega en propiedad de inmuebles desocupados inscritos en Registros Públicos, siempre que se encuentren libres de cargas y gravámenes, tratándose de impuestos municipales. Artículo 5º.- Valorización de los bienes y/o servicios ofrecidos en calidad de pago Los bienes y servicios que sean ofrecidos en calidad de pago serán valuados de acuerdo al valor de mercado en la fecha en que se efectúen. Tratándose de inmuebles, su valor corresponderá a su valor de autovalúo o el valor de tasación efectuado por un perito tasador debidamente acreditado (conforme a las normas y procedimientos correspondientes), el que resulte mayor. Para tal efecto, se considerará como bien inmueble, los bienes susceptibles de inscripción en el Registro de Predios a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Asimismo, la Gerencia de Administración Tributaria previamente, actualizara su última declaración jurada tributaria, con el procedimiento de fi scalización de corresponder a efectos de consignar la correcta determinación de la deuda tributaria en cuestión, así como la valorización del mismo. La valoración de los bienes y/o prestación de servicios se efectuará luego de ingresada la solicitud, y este procedimiento se encuentra a cargo de la Subgerencia de Abastecimiento Artículo 6º.- De la solicitud Para el inicio del trámite de la dación en pago, el titular de las obligaciones o en su caso su representante legal, deberá presentar la solicitud de pago en especie, donde se deberá indicar como mínimo: 6.1. Nombres y apellidos completos, domicilio y número de documento nacional de identidad del solicitante y de ser el caso, el nombre de su representante y su documento de identidad. 6.2. La indicación expresa de las obligaciones y períodos por las cuales se solicita la aprobación del pago en especie. 6.3. Los bienes y/o servicios que son ofrecidos en calidad de pago. En el caso de los bienes, deberá consignarse su descripción (marca, modelo, serie, estado, etcétera), antigüedad y valorización (de acuerdo a los estándares y precios del mercado). Tratándose de los servicios deberá consignarse su descripción (actividades que comprende), el período o plazo de prestación y su valorización (de acuerdo a los estándares y precios del mercado). 6.4. Lugar, fecha, fi rma o huella digital en caso de no saber fi rmar o estar impedido, de encontrarse debidamente acreditada, su imposibilidad para fi rmar. 6.5. El domicilio donde se desea recibir las notifi caciones del procedimiento. La suscripción de la solicitud implica el reconocimiento expreso e inequívoco de las obligaciones por las cuales se solicita la aprobación del pago en especie. Artículo 7º.- Requisitos y documentos a presentar En los casos en que la cobranza de las obligaciones materia del pago en especie se encuentren en la vía de cobranza coactiva, se deberán cancelar previamente a la presentación de la solicitud, el total de las costas del procedimiento. Cuando existan recursos administrativos en trámite ante la municipalidad o el Tribunal Fiscal u otros procesos seguidos ante el Poder Judicial, el solicitante deberá desistirse de su pretensión. A la solicitud se deberán acompañar los siguientes documentos: 7.1. Copia del documento de identidad del solicitante (titular de la obligación) o representante legal, de corresponder. 7.2. Poder con documento público o privado con fi rma legalizada o fedateada por fedatario municipal, en caso de actuar por representación, ello en concordancia a las atribuciones conferidas por ley en este tipo de procedimientos. En el caso de ofrecimiento de bienes, el documento deberá facultar al representante a realizar su transferencia en propiedad a favor de la municipalidad. 7.3. Ficha y/o partida registral completa y actualizada otorgada por los Registros Públicos que el bien materia de la dación se encuentra libre de gravámenes y que es propiedad del solicitante. 7.4. Currículum vitae documentado actualizado, inscripción al Registro Nacional de Proveedores (RNP) y fi cha R.U.C. expedida por la SUNAT, tratándose del ofrecimiento de servicios. 7.5. Certi fi cado de constatación policial que acredite que el inmueble se encuentra desocupado. 7.6. De ser el caso, peritaje no mayor a treinta (30) días calendario que establezca el valor de tasación comercial del bien inmueble ofrecido, efectuado por perito tasador debidamente acreditado. 7.7. Valorización de los servicios a prestar de acuerdo al mercado. 7.8. Copia legalizada del escrito de desistimiento de la pretensión presentado ante el órgano correspondiente. En los casos en que el recurso se encuentre en trámite ante la municipalidad sólo deberá indicarse el número del documento asignado a su escrito de desistimiento. Para efectos de la presentación de la solicitud de desistimiento serán aplicables las normas contenidas en el Texto Único Ordenado del Código Tributario y en el Código Procesal Civil según corresponda. 7.9. Copia del último recibo de servicios de telefonía fi ja, agua o energía eléctrica que acredite el domicilio fi jado en la solicitud. 7.10. Fotografías actualizadas de los bienes ofrecidos. Artículo 8º.- Del procedimiento El procedimiento de tramitación de la solicitud para acogerse al presente bene fi cio es el siguiente: 8.1. El interesado deberá presentar la solicitud ante la Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Comas observando los requisitos y presentando los documentos que correspondan de acuerdo a lo establecido en el artículo precedente. 8.2. Ingresada la solicitud, esta será derivada a la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario para que determine en forma diferenciada el estado de las obligaciones del solicitante, precisando los montos por impuestos y tasas, así como la acotación de intereses, gastos administrativos, las costas judiciales, gastos procesales y demás cargas de acuerdo a ley. En el caso