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106 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de diciembre de 2020 / El Peruano de agosto de 2018, por el que se autorizó la transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, para fi nanciar acciones de prevención y atención de casos de violencia contra la mujer; y, a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 002924-2018-MP-FN de fecha 23 de agosto de 2018, que aprobó la desagregación de la Transferencia de Partidas autorizada por el Decreto Supremo antes citado, a favor del Pliego 022 Ministerio Público en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios. Por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 040-2019-MP-FN-JFS de fecha 14 de marzo de 2019, se prorrogó a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019, la vigencia de las fi scalías y plazas fi scales, todas con carácter transitorio, creadas por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 115-2018-MP-FN-JFS de fecha 17 de setiembre de 2018; y, a través de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 129-2019-MP-FN-JFS de fecha 27 de diciembre de 2019, se prorrogó nuevamente la vigencia de las citadas fi scalías y plazas fi scales con carácter transitorio, a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020. A través del o fi cio N° 001960-2020-MP-FN-GG- OGPLAP, la Gerente de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio Público informa sobre la continuidad de las citadas fi scalías provinciales transitorias y plazas fi scales transitorias para el año 2021, señalando que el artículo 22° del proyecto de Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año fi scal 2021 remitido por el Ejecutivo al Congreso de la República mediante o fi cio N° 160-2020-PR (29AGO2020), autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a transferir al Ministerio Público la suma de S/ 162 458 332,00 para la continuidad del Sistema Nacional de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y su implementación en nuevos distritos fi scales, según el siguiente detalle: S/ 42 456 208,00 para la continuidad del Decreto Supremo N° 110-2020-EF; S/ 30 049 784,00 para la continuidad de los Decretos Supremos N° 192-2018-EF y 048-2019-EF; S/ 89 952 340,00 para la implementación en los Distritos Fiscales de Cusco, Junín y Lima Norte, incluyendo una partida de S/ 5 215 869,00 para la implementación de Registro Único de Víctimas y Agresores – RUVA en los Distritos Fiscales de Cusco, Junín y Lima Norte. En tal sentido, informa que existe disponibilidad presupuestaria para prorrogar a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia de las fi scalías provinciales transitorias y plazas fi scales con carácter transitorio, creadas por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 115-2018-MP-FN-JFS. Consecuentemente, estando a que subsiste la necesidad que motivó la prórroga de las fi scalías y plazas fi scales, antes indicadas; y, conforme a lo informado por la Ofi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo N° 5813 adoptado por unanimidad con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, en Sesión Ordinaria de fecha 14 de diciembre de 2020 (Estado de Emergencia), acordó prorrogar a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, la vigencia de las fi scalías provinciales transitorias y plazas fi scales con carácter transitorio, que se encuentran en funcionamiento a la fecha, creadas por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 115-2018-MP-FN-JFS. Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público; y, estando a lo dispuesto en el Acuerdo N° 5813, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de las diez (10) Fiscalías Provinciales Transitorias Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, diez (10) plazas de fi scales provinciales y veinte (20) plazas de fi scales adjuntos provinciales, todas con carácter transitorio, para los Distritos Fiscales de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Callao, creadas por Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 115-2018-MP-FN-JFS de fecha 17 de setiembre de 2018, a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Junta Nacional de Justicia, al Presidente del Poder Judicial y Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de los Distritos Judiciales de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Callao, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Callao, Gerencia General, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina General de Potencial Humano y O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 1915987-1 Prorrogan vigencia de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 097-2020-MP-FN-JFS Lima, 17 de diciembre de 2020VISTO Y CONSIDERANDO: Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 082-2019-MP-FN-JFS de fecha 22 de julio de 2019, se crearon en el Distrito Fiscal de Lima Este, la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (sector medio), cinco (05) plazas de fi scales provinciales y diez (10) plazas de fi scales adjuntos provinciales, todas con carácter transitorio, las cuales fueron distribuidas en cuatro (04) plazas de fi scales provinciales y ocho (08) plazas de fi scales adjuntos provinciales para que conformen la fi scalía creada y una (01) plaza de fi scal provincial y dos (02) plazas de fi scales adjuntos provinciales para el fortalecimiento de la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar en el Distrito Fiscal de Lima Este. Por Resolución N° 128-2019-MP-FN-JFS de fecha 27 de diciembre de 2019, se prorrogó a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020, la vigencia de la fi scalía provincial corporativa y plazas fi scales, todas con carácter transitorio antes indicadas, creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 082-2019-MP-FN-JFS de fecha 22 de julio de 2019. A través del o fi cio N° 001949-2020-MP-FN-GG- OGPLAP, la Gerente de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio Público informa sobre la continuidad de la fi scalía provincial corporativa y plazas fi scales antes citadas para el año 2021, señalando que el numeral 22.6 del proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2021, autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a transferir al Pliego Ministerio Público la suma de S/ 162 458 332,00 para la continuidad del Sistema Nacional de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y su implementación en nuevos distritos fi scales, según el siguiente detalle: S/ 42 456 208,00 para la continuidad del Decreto Supremo N° 110-2020-EF; S/ 30 049 784,00 para la continuidad de los Decretos Supremos N° 192-2018-EF y 048-2019-EF; S/ 89 952 340,00 para la implementación en los Distritos Fiscales de Cusco, Junín y Lima Norte, incluyendo una partida de S/ 5 215 869,00 para la implementación de Registro Único de Víctimas y Agresores – RUVA en los Distritos Fiscales de Cusco, Junín y Lima Norte. En tal sentido, informa que existe disponibilidad presupuestaria para prorrogar la continuidad de la fi scalía provincial corporativa y plazas fi scales transitorias creadas con la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 082-2019-MP-FN-JFS, para el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2021. Consecuentemente, estando a que subsiste la necesidad que motivó la creación de la fi scalía y plazas fi scales con carácter transitorio, antes indicadas; y, conforme