Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2020 (16/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Jueves 16 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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el Oficio N° 101-2019-GRLL-GGR/GRSE-UGEL-SC-AGI/ DIR de fecha 05 de diciembre del 2019, presentado a la Gerencia Regional de Presupuesto del Gobierno Regional de La Libertad; Que, el numeral 70.1 del artículo 70° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las vinculadas operaciones de endeudamiento público, se aceptan mediante Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y su finalidad. Dicha Resolución o Acuerdo se publica en su portal institucional. Los Gobiernos Locales que carezcan de página web realizarán la citada publicación en carteles impresos ubicados en su local institucional; Que, así mismo el numeral 70.2 del artículo 70° del Decreto Legislativo referido en el párrafo precedente, precisa que la Entidad beneficiaria de la donación es responsable de garantizar el financiamiento de las contrapartidas derivadas de la donación con cargo a su presupuesto institucional, de ser el caso; Que, conforme a lo establecido por la acotada disposición, las donaciones dinerarias se aceptan mediante Acuerdo del Consejo Regional, para lo cual, en concordancia con lo establecido, en las disposiciones citada en los considerandos precedente, con Informe N° 301-2019-GRLL-GGR/GRP, la Gerencia Regional de Presupuesto expresa la opinión favorable para su aceptación; Que, con Informe Legal N° 580-GRLL-GGR/GRAJ, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Acuerdo de Consejo Regional, relativo a la aceptación de la donación dineraria efectuada por la empresa Pan American Silver ­ La Arena S.A, destinada a financiar las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua Blanca bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR; demás normas complementarias; con dispensa de dictamen de Comisión, con dispensa de lectura y aprobación de acta; el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Articulo Primero: ACEPTAR, la donación dineraria de la EMPRESA PAN AMERICAN SILVER ­ LA ARENA S.A. ascendente a la suma de NOVENTA Y DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 92,000.00), destinada a financiar las intervenciones de apoyo en el Sector Educación en el marco de un Convenio de Cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua Blanca bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión. Articulo Segundo: DISPONER, que la Gerencia Regional de Presupuesto, proceda a la incorporación del monto de la donación ascendente a la suma de NOVENTA Y DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 92,000.00) al Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 307 Educación Sánchez Carrión, para la ejecución de las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua Blanca. Articulo Tercero: ESTABLECER, que la Unidad de Gestión Educativa Local de Sánchez Carrión, es responsable de garantizar que los recursos donados se destinen en forma exclusiva al pago de haberes durante

el año escolar 2019 para tres docentes y un acompañante pedagógico, así como en los gastos administrativos para tal fin, conforme a las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos de La Arena, La Ramada y Agua que están bajo su administración. Articulo Cuarto: DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. DAVID OSVALDO CALDERÓN DE LOS RÍOS Presidente Consejo Regional La Libertad 1845686-1

Nombran personal del Gobierno Regional La Libertad
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 3813-2019-GRLL/GOB Trujillo, 30 de diciembre de 2019 VISTO: El Cuadro de Levantamiento de Observaciones elaborado por el Grupo de Trabajo para Verificación de Requisitos y Evaluación de Solicitudes de Nombramiento del Personal Contratado por Servicios Personales, respecto del Informe de Control Concurrente N° 038-2019-OCI/5342-SCC emitido por el Órgano de Control Institucional (OCI), sobre los servidores civiles; Oscar Teodoro Gamarra Sotomayor, Gabino Marcelino Loyola Rodríguez, Lorgio Hernán Quispe Zurita y Miguel Ángel Valenzuela Tasayco, para el Proceso de Nombramiento 2019 ­ Unidad Ejecutora 001: Sede del Gobierno Regional La Libertad, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 15 de noviembre del 2019, se publicó en la página Web del Gobierno Regional La Libertad, el Cuadro de Resultados del Nombramiento del Personal contratado por servicios personales en la Unidad Ejecutora 001 Sede Central Bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases se la Cerrara Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, donde después del proceso Verificación de Requisitos y Evaluación de Solicitudes de Nombramiento, resultaron APTOS los servidores civiles; Oscar Teodoro Gamarra Sotomayor, Gabino Marcelino Loyola Rodríguez, Lorgio Hernán Quispe Zurita y Miguel Ángel Valenzuela Tasayco, para el Proceso de Nombramiento 2019 ­ Unidad Ejecutora 001: Sede del Gobierno Regional La Libertad; Que, contra lo resuelto en el Cuadro de Resultados mencionado en el considerando anterior, mediante Oficio N° 1021-2019-GRLL/OCI de fecha 26.11.2019 el Órgano de Control Institucional (OCI) del Gobierno Regional La Libertad remite el Informe de Control Concurrente N° 038-2019-OCI/5342-SCC respecto del "Proceso de Nombramiento 2019 del Personal Contratado bajo el Régimen del D. Leg. N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público de la Unidad Ejecutora 001-Sede Central del Gobierno Regional La Libertad", señalando en el Cuadro N° 5 Verificación de Cumplimiento de Requisitos de Perfil (pág. 11) que los servidores civiles Oscar Teodoro Gamarra Sotomayor, Gabino Marcelino Loyola Rodríguez, Lorgio Hernán Quispe Zurita No cuentan con la capacitación requerida, del Cuadro N° 7 Cuadro Verificación de Cumplimiento de Requisitos de Perfil (pág. 13) señala que el servidor civil Miguel Ángel Valenzuela Tasayco No cuenta con Título Profesional o Estudios Universitarios;

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