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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2020 (17/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2020 El Peruano / Ofi cio Nº 261-2017-SUNEDU-TD del 12 de mayo de 2017, por diez (10) días hábiles adicionales. El 29 de mayo de 2017, mediante O fi cio Nº 0050-2017/R-UPeCEN22 la Universidad presentó información adicional referida al Formato de Licenciamiento C9. El 15 de junio de 2017, mediante O fi cio Nº 380-2017/ SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite Nº 4 del 8 de junio de 2017 que suspendió el cómputo del plazo del procedimiento de licenciamiento institucional por un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles. El 31 de julio de 2017, mediante O fi cio Nº 491- 2017/SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad el Informe de Revisión Documentaria (en adelante, IRD) Nº 092-2017-SUNEDU/DILIC-EV con resultado favorable, comunicándose la fi nalización de la etapa de revisión documentaria, el inicio de la etapa de Veri fi cación Presencial, la designación de los integrantes de la Comisión de Veri fi cación y la fecha de realización de la visita presencial, prevista para el 2 y 3 de agosto de 2017, en el local declarado por la Universidad. Siendo que, conforme a lo programado, se realizó la visita de verifi cación presencial, suscribiéndose las actas de inicio y fi n de esta acción, así como el Compromiso de Confi dencialidad y el Código de Ética de los Evaluadores. La Universidad presentó información complementaria a través de los siguientes o fi cios: Nº 0064-2017/R-UPeCEN 23 del 11 de agosto de 2017, en ciento setenta y un (171) folios; Nº 0070-2017/R-UPeCEN24 del 25 de agosto de 2017, en doscientos noventa y cuatro (294) folios; Nº 0073-2017/R-UPeCEN25 del 4 de octubre de 2017, en un mil ciento treinta y cuatro (1 134) folios; y, Nº 0082-2017/R-UPeCEN 26 del 11 de octubre de 2017, en veintinueve (29) folios. El 26 de diciembre de 2017, mediante O fi cio Nº 856- 2017/SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad el Informe de Veri fi cación Presencial Nº 181-2017-SUNEDU/ DILIC-EV (en adelante, IVP) con resultado desfavorable; requiriéndosele la presentación de un Plan de Adecuación (en adelante, PDA) en concordancia a lo dispuesto en el Reglamento de Licenciamiento. El 22 de enero de 2018, mediante O fi cio Nº 002-2018/R-UPeCEN 27, la Universidad señaló que se acogería al levantamiento de observaciones y no al PDA. Por lo antes señalado, mediante O fi cios Nº 0005-2018/R-UPeCEN del 7 de febrero de 201828, en cuatrocientos treinta (430) folios; y Nº 0020-2018/R-UPeCEN del 2 de abril de 201829, en treinta y dos (32) folios, la Universidad presentó información con la fi nalidad de levantar las observaciones contenidas en el IVP. El 20 de julio de 2018, mediante O fi cio Nº 574-2018/ SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite Nº 13 del 18 de julio de 2018, por la cual se determinó la realización de una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP 2018) y suspender el cómputo del plazo del procedimiento de licenciamiento institucional por quince (15) días hábiles. La DAP 2018 se realizó en las fechas programadas, es decir, el 7 y 8 de agosto de 2018, en el local de la Universidad 30. El 23 de agosto de 2018, mediante O fi cio Nº 0061-2018/R-UPeCEN31, en ciento sesenta (160) folios, la Universidad presentó información adicional a la recabada durante la DAP 2018, relacionada a las CBC III y IV. El 3 de octubre de 2018, mediante O fi cio Nº 699- 2018/SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad el Informe Complementario de Veri fi cación Presencial Nº 179-2018-SUNEDU/DILIC-EV, con resultado favorable y que, por tal razón, se procederá a elaborar el Informe Técnico de Licenciamiento (en adelante, ITL). La Universidad presentó información complementaria a través de los siguientes o fi cios: Nº 0001-2019/R-UPeCEN 32 del 22 de enero de 2019, en veintiocho (28) folios; Nº 0001-2019/R-UPeCEN-1233 del 18 de febrero de 2019, en un mil ciento un (1 101) folios; Nº 0002-2019/R-UPeCEN-1234 del 19 de febrero de 2019, en dieciocho (18) folios; Nº 0003-2019/R-UPeCEN-1235 del 21 de marzo de 2019, con tres (3) folios; Nº 0004-2019/R-UPeCEN-1236 del 28 de marzo de 2019, en ciento cuarenta y ocho (148) folios, Nº 0002-2019/R-UPeCEN-1237 del 28 de marzo de 2019, en cuatrocientos veintiséis (426) folios; Nº 0005-2019/R-UPeCEN-12 38 del 4 de abril de 2019, en cuatrocientos treinta y tres (433) folios; Nº 0006-2019/R-UPeCEN-12 39 del 5 de abril de 2019, en ciento siete (107) folios. El 26 de abril de 2019, mediante O fi cio Nº 142-2019/ SUNEDU-02-12, se requirió a la Universidad información respecto de la uniformización de sus normas estatutarias, información fi nanciera y cantidad de estudiantes, requerimiento que fue atendido mediante O fi cio Nº 0045-2019/R-UPCEN-12 40 del 21 de mayo de 2019 en doscientos cuarenta (240) folios. El 12 de julio de 2019, mediante O fi cio Nº 0050-2019/R-UPeCEN41, en setenta y siete (77) folios, la Universidad remitió información relacionada con la inscripción de su estatuto en Sunarp. El 5 de septiembre de 2019, mediante O fi cio Nº 343-2019-SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad la Resolución de Tramite Nº 17 del 27 de agosto de 2019 42, por la cual se determinó la realización de una DAP (en adelante, DAP 2019) y suspender el cómputo del plazo del procedimiento de licenciamiento institucional por quince (15) días hábiles. Dicha diligencia se realizó en el local de la Universidad en las fechas programadas, es decir, del 16 al 19 de septiembre de 2019 43. Con posterioridad a la DAP 2019, la Universidad presentó información adicional mediante O fi cios Nº 057-2019/R-UPeCEN-1244 del 3 de octubre de 2019, en tres mil sesenta y seis (3 066) folios; y, Nº 060-2019/R-UPeCEN 45 del 21 de octubre de 2019, en dos (2) folios. El 11 de noviembre de 2019, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento de Licenciamiento, mediante Ofi cio Nº 530-2019-SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Universidad el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 045-2019-SUNEDU-02-12 del 6 de noviembre de 2019 (en adelante, ITL), con resultado desfavorable, por lo que se le requirió la presentación de un PDA. 22 RTD Nº 018201-2017-SUNEDU-TD. 23 RTD Nº 028167-2017-SUNEDU-TD. 24 RTD Nº 030026-2017-SUNEDU-TD. 25 RTD Nº 035040-2017-SUNEDU-TD. 26 RTD Nº 036189-2017-SUNEDU-TD. 27 RTD Nº 003080-2018-SUNEDU-TD. 28 RTD Nº 005814-2018-SUNEDU-TD. 29 RTD Nº 015284-2018-SUNEDU-TD. 30 El detalle de la diligencia y de la información requerida por la Sunedu en el marco de la DAP 2018 se incorporó al expediente como Formatos del Acta de Fin de la DAP. 31 RTD Nº 036937-2018-SUNEDU-TD. 32 RTD Nº 002825-2019-SUNEDU-TD. 33 RTD Nº 007566-2019-SUNEDU-TD. 34 RTD Nº 008056-2019-SUNEDU-TD. 35 RTD Nº 013025-2019-SUNEDU-TD. 36 RTD Nº 014423-2019-SUNEDU-TD. 37 RTD Nº 014421-2019-SUNEDU-TD. 38 RTD Nº 015539-2019-SUNEDU-TD. 39 RTD Nº 015801-2019-SUNEDU-TD. 40 RTD Nº 022000-2019-SUNEDU-TD. 41 RTD Nº 029732-2019-SUNEDU-TD. 42 Respecto de la cual, mediante O fi cio Nº 054-2019/R-UPeCEN-12 presentado el 9 de setiembre de 2019 (RTD Nº 38351-2019-SUNEDU-TD) la Universidad interpuso recurso de apelación, el cual fue declarado improcedente mediante Resolución Directoral Nº 023-2019-SUNEDU-02-12, notifi cada a la Universidad mediante O fi cio Nº 364-2019-SUNEDU-02-12, el 11 de setiembre de 2019. 43 El detalle de la diligencia y de la información requerida por la Sunedu en el marco de la DAP 2019 se incorporó al expediente como Formatos del Acta de Fin de la DAP. 44 RTD Nº 041839-2019-SUNEDU-TD. 45 RTD Nº 044546-2019-SUNEDU-TD.