TEXTO PAGINA: 58
58 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2020 / El Peruano 2.8 Otra información relevante que considere necesario declarar (Editable) Declaro expresamente que la información contenida en la presente declaración es veraz y exacta. Anexo N° 3 ESCALA DE HONORARIOS Terceros/as Evaluadores/as Evaluador/a I (S/)Evaluador/a II (S/)Evaluador/a III (S/)Evaluador/a IV (S/)Evaluador/a V (S/) S/ 12 000,00 S/ 10 000,00 S/ 8 000,00 S/ 6 000,00 S/ 4 000,00 Terceros/as Supervisores/as Supervisor/a I (S/)Supervisor/a II (S/)Supervisor/a III (S/)Supervisor/a IV (S/)Supervisor/a V (S/) S/ 12 000,00 S/ 10 000,00 S/ 8 000,00 S/ 6 000,00 S/ 4 000,00 Terceros/as Fiscalizadores/as Fiscalizador/a I (S/)Fiscalizador/a II (S/)Fiscalizador/a III (S/)Fiscalizador/a IV (S/)Fiscalizador/a V (S/) S/ 12 000,00 S/ 10 000,00 S/ 8 000,00 S/ 6 000,00 S/ 4 000,00 El presente Anexo establece los montos por Categoría y Nivel para los Terceros/as Evaluadores/as, Supervisores/as o Fiscalizadores/as, no siendo posible establecer topes máximos y/o mínimos sobre estos para la contratación. ANEXO N° 4 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TERCERO/A «EVALUADOR/A, SUPERVISOR/A Y FISCALIZADOR/A» N° «N_DE_CONTRATO»- OEFA/OAD Conste por el presente documento el Contrato de Prestación de Servicios que celebran, de una parte, el ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (OEFA) , con RUC N° 20521286769, domiciliado en avenida Faustino Sánchez Carrión números 603, 607 y 615, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por el/la Jefe/a de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración, señor/a…………………………………. , identi fi cado/a con Documento Nacional de Identidad N° …………….., designado/a mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° …….-2020-OEFA/PCD, quien procede en uso de las atribuciones establecidas en el Reglamento N° 001-2020-OEFA/CD, Reglamento para la Contratación de Terceros/as Evaluadores/as, Supervisores/as y Fiscalizadores/as del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 00011-2020-OEFA/CD, a quien en adelante se le denominará “EL OEFA” ; y, de la otra parte, «el/la señor/a ………………………………………, identi fi cado/a con Documento Nacional de Identidad N° ………………… y RUC N° ………………….. O el/la señor/a ………………………………………, identi fi cado/a con Documento Nacional de Identidad N° …………………..…, en representación de ……………………………….…, con RUC N° ………………….. »,con domicilio en …………………………., a quien en adelante se le denominará “EL/LA CONTRATADO/A” ; en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: MARCO LEGALEl presente contrato se rige por las siguientes disposiciones: 1.1 Código Civil.1.2 Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental. 1.3 Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. 1.4 Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. 1.5 Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. 1.6 Resolución del Consejo Directivo N° 00011- 2020-OEFA/CD, que aprueba el Reglamento N° 001-2020-OEFA/CD, Reglamento para la Contratación de Terceros/as Evaluadores/as, Supervisores/as y Fiscalizadores/as del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, el Reglamento ). CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES 2.1 El OEFA es un organismo público, técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, creado mediante el Decreto Legislativo N° 1013, con personería jurídica de derecho público interno, que constituye un pliego presupuestal autónomo. Es el ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Sinefa y ejerce las funciones de evaluación, supervisión y fi scalización en materia ambiental. 2.2 En el Literal b) de los Numerales 11.1 y 11.2 del Artículo 11° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, la Ley Sinefa ) se establece que la función supervisora directa comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y veri fi cación con el propósito de asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la regulación ambiental por parte de los administrados y que la función supervisora de Entidades de Fiscalización Ambiental comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y veri fi cación del desempeño de las funciones de fi scalización a cargo de las entidades de fi scalización ambiental nacional, regional o local. 2.3 Según el Numeral 12.1 del Artículo 12° de la Ley Sinefa las funciones de evaluación, supervisión y