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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2020 (30/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Jueves 30 de julio de 2020 / El Peruano Poder Ejecutivo, entre otras, quedan exoneradas de las restricciones previstas en los numerales 9.1 y 9.4 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, así como de la restricción establecida en el inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en los casos que correspondan; señalando que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático que se realicen en el marco de dicha disposición habilitan únicamente la Partida de Gasto 2.4.1.3.1.1 “A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”, en la Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus; Que, mediante el Memorándum N° 549-2020/ VIVIENDA-OGGRH, la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos comunica los montos efectivos reducidos en las planillas de pagos del mes de junio del 2020, de los ingresos mensuales provenientes de los cargos de los funcionarios y servidores públicos del personal de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a fi n de procesar las modi fi caciones presupuestarias para la Transferencia Financiera, conforme lo establece el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia; Que, con el Memorándum N° 871-2020-VIVIENDA/ OGPP, el Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 226-2020-VIVIENDA/OGPP-OP, de la O fi cina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 65 630,00 (SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con la fi nalidad de ser destinados a favor de los deudos del personal de la salud fallecido como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 063-2020; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que autoriza la Transferencia Financiera antes señalada, la misma que debe publicarse en el diario o fi cial El Peruano, de acuerdo a lo señalado por el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto de Urgencia N° 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19; y, el Decreto de Urgencia N° 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, hasta por la suma de S/ 65 630,00 (SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con la fi nalidad de ser destinados a favor de los deudos del personal de la salud fallecido como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 063-2020.Artículo 2.- FinanciamientoLa Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente se atiende con cargo al presupuesto institucional aprobado para el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 65 630,00 (SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos; Producto 3999999: Sin Producto; Actividad 5006269: Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de Ia Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, bajo responsabilidad, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Acciones administrativas para efectivizar la Transferencia Financiera La O fi cina General de Administración de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de sus competencias, efectúa las acciones administrativas que correspondan para efectivizar la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 1874026-1 ORGANISMOS EJECUTORES DESPACHO PRESIDENCIAL Autorizan Transferencia Financiera del Despacho Presidencial a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a los deudos del personal de la salud fallecidos durante la contención a la propagación y atención del COVID-19, de conformidad con el D.U. N° 063-2020 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 024-2020-DP/SG Lima, 29 de julio de 2020VISTO; los Informes N°s 000366-2020-DP/SSG-ORH y 000378-2020-DP/SSG-ORH, emitidos por la O fi cina de Recursos Humanos; el Memorando N° 000460-2020-DP/OGPM e Informe Técnico N° 000025-2020-DP/OGPM-FZM, emitidos por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y; el Memorando N° 000251-2020-DP/SSG emitido por la Subsecretaría General del Despacho Presidencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020;