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84 NORMAS LEGALES Viernes 31 de julio de 2020 / El Peruano SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. el traslado de agencias ubicadas en los departamentos de Lima y Ucayali RESOLUCIÓN SBS Nº 01774-2020 Lima, 7 de julio de 2020EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i) VISTAS:Las solicitudes presentadas por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. (en adelante, la Caja) para que esta Superintendencia autorice el traslado de dos o fi cinas, bajo la modalidad de agencia, ubicadas en los departamentos de Lima y Ucayali; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones SBS Nº 142-2008 de fecha 24.01.2008 y Nº 1962-2009 de fecha 24.03.2009 se autorizó a la Caja la apertura de una o fi cina especial ubicada en la Av. Canto Grande –Cooperativa Canto Grande Mz. C-1, Lote 05, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; así como su posterior conversión a agencia, respectivamente; Que, mediante Resolución SBS Nº 9720-2010 de fecha 31.08.2010 se autorizó a la Caja la apertura de una agencia en Jr. Progreso Nº 265, distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, entre otros. Que, en sesiones de Directorio de fechas 23.12.2019 y 13.03.2020, dicho órgano de dirección aprobó y actualizó la Programación Anual de O fi cinas para el año 2020, la cual incluye el traslado de las agencias objeto de la presente autorización, y que ello fue rati fi cado en la sesión de Directorio de fecha 24.04.2020; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Micro fi nanciera “D”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, el Reglamento de apertura conversión, traslado o cierre de o fi cina y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante resolución SBS Nº 12883-2009 y Memorando Nº 200-2020-SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A el traslado de dos ofi cinas, bajo la modalidad de agencia, de acuerdo al siguiente detalle: Dirección actual Nueva Dirección Av. Canto Grande-Cooperativa Canto Grande Mz. C-1, Lote 05 distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima Urbanización Canto Grande - Unidad 2A, Mz. H’, Lote 24, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima Dirección actual Nueva Dirección Jr. Progreso Nº 265, distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali Jirón Progreso Nº 161, Mz, P, Lote 13, distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CARMEN CORDOVA LUNA Intendente General de Micro fi nanzas (a.i.) 1873993-1 Autorizan a la Cooperativa de Ahorro y Crédito KORI - COOPAC KORI la apertura de oficinas en diversos distritos de la provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 1863-2020 Lima, 27 de julio de 2020 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE COOPERATIVAS VISTA:La solicitud presentada por la Cooperativa de Ahorro y Crédito KORI (COOPAC KORI) para que se autorice, la apertura de cuatro (04) o fi cinas por el periodo de dos (02) años, según se indica en el detalle de la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, la COOPAC KORI ha cumplido con presentar la documentación requerida por el Procedimiento Nº 182 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS Nº 1678-2018 y sus modi fi catorias (TUPA), la que se encuentra conforme tras su evaluación; Con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Cooperativas “A”; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, en la Ley Nº 30822 y el procedimiento Nº 182 del TUPA; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la COOPAC KORI la apertura de las siguientes o fi cinas: • Agencia Carretera Central: Avenida Carretera Central Nº4866, Manzana B, Lote 12, Asociación Pro Vivienda Virgen del Carmen, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de Lima. • Agencia San MartÍn de Porres: Avenida Perú Nº 3426-3428, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. • Agencia San Juan de Mira fl ores: Avenida San Juan Nº 605, Manzana S, Lote 5, Zona E1C-E4, Urbanización San Juan, distrito de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima. • Agencia Ventanilla: Ex zona Comercial e industrial de Ventanilla, Manzana C1, Lote 13, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao. Artículo Segundo.- La presente autorización tiene una vigencia de dos (02) años computados a partir de su notifi cación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÓSCAR BASSO WINFFEL Superintendente Adjunto de Cooperativas 1874221-1