Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2020 (14/03/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

54

NORMAS LEGALES

Sábado 14 de marzo de 2020 /

El Peruano

de Jefatura N° 001-2020-OSINFOR, referido a la delegación de facultades para suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República, así como su remisión a la DGCP, realizando las precisiones correspondientes; Que, de otro lado, mediante el numeral 1.3.1 de la Resolución de Jefatura N° 001-2020-OSINFOR, se delegó también, a la Gerencia General del OSINFOR, la facultad en materia administrativa de conformar comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad; así como, de ser el caso, disponer la modificación de su respectiva conformación, salvo aquellos vinculados a materia laboral, disciplinaria o ética pública; Que, al respecto, se debe tener en cuenta que la delegación de facultades a un órgano distinto dentro de la misma entidad, para la conformación de comités y grupos de trabajo internos, tiene como finalidad simplificar los trámites de creación, conformación o reconformación de dichos órganos colegiados, a fin de dotar de mayor eficiencia y optimizar la fluidez de la marcha administrativa de la entidad, garantizando la adecuada gestión en la administración de los recursos asignados; Que, respecto a la conformación de los Comités o Grupos de Trabajo, se advierte que ocurren casos en los cuales, por disposición de la normativa especial, se deben conformar comités en los cuales, cualquiera de sus miembros, requiere del reconocimiento de requisitos, perfiles o designaciones especiales, que deben ser aprobados por el Titular de la Entidad; Que, bajo el contexto señalado, la conformación o reconformación de un determinado Comité, conllevaría a la emisión de dos actos resolutivos, uno referido a la designación o acreditación de servidores para que asuman funciones vinculadas a dicho Comité, lo cual se realiza a través de Resolución de Jefatura; y, otro referido a la propia conformación o reconformación del Comité, facultad delegada en el OSINFOR a la Gerencia General; Que, la situación descrita no se enmarca, precisamente, dentro de los criterios de eficiencia y optimización de la fluidez de la marcha administrativa de la entidad, los cuales se recogieron como sustento para la delegación de facultades aprobada por Resolución de Jefatura N°0012020-OSINFOR, por lo que corresponde modificar el subnumeral 1.3.1 del artículo 1 de la misma, excluyendo de la delegación de conformación o reconformación de comités o grupos de trabajo, aquellos casos en que cualquiera de sus respectivos miembros requieran, por disposición de la normativa especial, del reconocimiento de requisitos o perfiles, así como, designaciones especiales, aprobados por el Titular de la Entidad; Con el visado de la Gerenta General, el Jefe de la Oficina de Administración, el Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto y el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre -OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los subnumerales 1.1.4 y 1.3.1 del artículo 1 de la Resolución de Jefatura N° 001-2020-OSINFOR, referido a la delegación de facultades a la Gerencia General, en los siguientes términos: "Artículo 1°.- Delegar las siguientes facultades en la Gerencia General del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre -OSINFOR, durante el Año Fiscal 2020: 1.1 Facultades en materia presupuestal (...) 1.1.4. Suscribir la información financiera y/o presupuestal que se reporte de manera progresiva o

periódica a la Dirección General de Contabilidad Pública, con excepción de aquella correspondiente al reporte anual a ser enviado para la elaboración de la Cuenta General de la República, en el marco del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. (...) 1.3 Facultades en materia administrativa 1.3.1. Conformar comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como -de ser el caso- disponer la modificación de su respectiva conformación, con excepción de aquellos vinculados a materia laboral, disciplinaria, ética pública o aquellos donde la norma exija, para cualquiera de sus miembros, el reconocimiento de requisitos o perfiles, así como, designaciones especiales, aprobados por el Titular de la Entidad. (...)" Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OSINFOR (www.osinfor.gob.pe). Regístrese y comuníquese y publíquese. LUCETTY JUANITA ULLILEN VEGA Jefe

1

Mediante Resolución de Jefatura N° 010-2018-OSINFOR, se dispone que toda referencia a Presidencia Ejecutiva y Secretaría General en normas, procedimientos administrativos, instrumentos de gestión, actos administrativos o de administración interna y demás documentación de similar naturaleza, deberá entenderse referida a Jefatura y Gerencia General, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 51° del Decreto Legislativo N° 1451, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las entidades del gobierno nacional, del gobierno regional o del gobierno local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones.

1864064-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Otorgan licencia institucional a la Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima para ofrecer el servicio educativo superior universitario
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 037-2020-SUNEDU/CD Lima, 12 de marzo de 2020 VISTOS: La Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI) con Registro de Trámite Documentario Nº 044445-2017-SUNEDU-TD presentada el 14 de diciembre de 2017 por la Facultad de Teología Pontificia y Civil de Lima1 (en adelante, la Facultad), el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 023-2020-SUNEDU-02-12 del 27 de febrero de 2020 (en adelante, el ITL), de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe Nº 113-2020-SUNEDU-03-06 del 28 de febrero de 2020 de la Oficina de Asesoría Jurídica.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.