Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2020 (14/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de marzo de 2020 /

El Peruano

J S.A.C.", por el plazo de cinco (05) años, para operar una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo combinada, en el local ubicado en la Av. Faisanes Nº 126, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada "CENTRO DE INSPECCIONES TÉCNICO VEHICULARES GRUPO J & J S.A.C.", a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 3º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral deberá publicarse en el Diario Oficial "El Peruano", siendo de cargo de la empresa "CENTRO DE INSPECCIONES TÉCNICO VEHICULARES GRUPO J & J S.A.C.", los gastos que origine su publicación. Artículo 5º.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio procesal ubicado en la Casilla Nº 2969 del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, ubicado en el Jirón Lampa Nº 1174, Cercado de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANET PATRICIA ARIAS VALDIVIA Directora de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 1854769-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 072-2020-VIVIENDA Lima, 13 de marzo del 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 416-2019-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 437 059 383,00 (TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República ­ CGR, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la CGR, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el Pliego; Que, el artículo a que se refiere el considerando precedente, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del Titular del Pliego

en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; disponiendo que la Resolución del Titular del Pliego se publica el diario oficial El Peruano; Que, en dicho contexto, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el Impuesto General a las Ventas ­ IGV y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la CGR para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante el Oficio Nº 002260-2019-CG/DC, la CGR solicita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamientos, efectuar la transferencia financiera para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, indicando que el importe a transferir en el año 2019, asciende a la suma de S/ 218 693,24 (DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 24/100 SOLES), que comprende el pago del 50% de la retribución económica incluido el IGV; y, el 6% del derecho de designación y supervisión; asimismo, señala que en el año 2020, corresponde efectuar el pago por el 50% restante hasta por la suma de S/ 181 731,00 (CIENTO OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), incluido el IGV; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 381-2019-VIVIENDA, se autorizó una transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 218 693,24 (DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 24/100 SOLES), destinados al primer pago del 50% de la retribución económica, (incluido el IGV y el pago del 6% de los derechos de designación o supervisión, para la contratación de la Sociedad de Auditoría por el periodo auditado del año 2019; Que, con Memorándum Nº 530-2020-VIVIENDA/OGPP, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 123-2020-VIVIENDA/ OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la segunda transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 181 731,00 (CIENTO OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados al pago de los servicios de auditoría, que comprende el pago del saldo del 50% de la retribución económica más el IGV, por el periodo auditado del año 2019, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 181 731,00 (CIENTO OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de la CGR conforme a lo señalado en los considerandos precedentes, y a lo propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias; y, la Resolución de Contraloría Nº 3692019-CG;

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