Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2020 (14/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 14 de marzo de 2020 /

El Peruano

Artículo 1.- Dar por concluida, la designación del señor Vladimir Martin Solís Salazar, representante alterno del Ministerio de la Producción ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE), dispuesta en el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 417-2018-PRODUCE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al Director(a) General de Asuntos Ambientales de Industria del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, como representante alterno ante el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE). Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) y al representante designado en el artículo precedente, para los fines pertinentes. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1864847-4

SALUD
Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 089-2020/MINSA Lima, 13 de marzo del 2020 Visto, el Expediente Nº 20-023253-001, que contienen el Informe Nº 039-2020-MCPC-OCE-OGC/MINSA, emitido por la Oficina General de Comunicaciones; el Informe Nº 087-2020-OPEE-OP-OGPPM/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 232-2020-OGAJ/MINSA, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, gobierno regional y gobierno local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; Que, el artículo 2 de la citada Ley, señala que se entiende por publicidad institucional a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias;

Que, asimismo, el artículo 3 de la Ley en mención, señala que, para la autorización de la realización de publicidad estatal, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, se debe contar, entre otros, con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las cuales deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 9912016/MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa Nº 222-MINSA/2016/OGC "Procedimiento para la Elaboración del Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Salud", que establece los lineamientos para la elaboración del Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Salud; Que, mediante el documento del Visto, la Oficina General de Comunicaciones, en el marco de su competencia funcional, sustenta y propone la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, que tiene como objetivo desarrollar e implementar una (1) campaña publicitaria en medios de comunicación masiva y alternativos para prevenir el Coronavirus; Que, mediante Informe Nº 087-2020-OPEE-OPOGPPM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable sobre la propuesta del Plan presentado por la Oficina General de Comunicaciones, asignando el Crédito Presupuestario correspondiente; Que, asimismo, el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000001928-2020, hasta por el importe de S/ 2 500 000,00 (Dos Millones Quinientos Mil y 00/100 Soles), emitida por la Oficina General de Administración; Que, a través del Informe Nº 232-2020-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la viabilidad de la propuesta formulada por la Oficina General de Comunicaciones; Con los vistos de la Directora General de la Oficina General de Comunicaciones, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por Ley Nº 30895; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Salud, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de Transparencia del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA Ministra de Salud 1864935-1

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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