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45 NORMAS LEGALES Sábado 21 de noviembre de 2020 El Peruano / Segundo.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fi nes correspondientes. Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente (e) del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Emitido por la Dilic el 12 de julio de 2019. 2 El Plan de Estudios del programa académico de Educación Inicial fue rati fi cado mediante Resolución Consejo universitario N° 1666-2019-UNHEVAL, del 15 de abril de 2019. 3 Con RTD N° 28282-2019-SUNEDU-TD. 1905175-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Modifican fecha de ceremonia de inauguración de la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Puno PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000129-2020-P-CE-PJ Lima, 17 de noviembre del 2020 CONSIDERANDO: Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000326-2020-CE-PJ, entre otras medidas, dispuso que la ceremonia de inauguración de la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Puno, se realice el 16 de noviembre de 2020. Segundo. Que por los graves sucesos acontecidos esta semana, en especial en la ciudad de Lima el día 14 de noviembre de 2020; y ante la eventualidad que estos continúen en los próximos días, resulta pertinente modificar la fecha de inauguración señalada precedentemente. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno,RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car la fecha de la ceremonia de inauguración de la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Puno, la cual se llevará a cabo el 23 de noviembre de 2020. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Puno; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplaseJOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1905082-3 Disponen diferir la realización del Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000130-2020-P-CE-PJ Lima, 17 de noviembre del 2020CONSIDERANDO:Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000267-2020-CE-PJ, entre otras medidas, aprobó el “Plan Nacional de Plenos Jurisdiccionales Superiores 2020”; en el cual se encuentra el Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil, programado del 17 al 18 de noviembre de 2020. Segundo. Que ante los graves sucesos acontecidos esta semana, en especial en la ciudad de Lima el día 14 de noviembre de 2020; y ante la eventualidad que estos continúen en los próximos días, resulta pertinente diferir la fecha del mencionado pleno jurisdiccional, para que se programe en su oportunidad. Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE:Artículo Primero.- Diferir la realización del Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil, que se llevaría a cabo los días 17 y 18 de noviembre de 2020, para otra fecha. Artículo Segundo.- Encargar al Director del Centro de Investigaciones Judiciales, la reprogramación del mencionado pleno jurisdiccional. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Consejo Consultivo del Centro de Investigaciones Judiciales, Academia de la Magistratura, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil, Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1905082-4