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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 11 de setiembre de 2020 El Peruano / acumulación permanente de residuos sólidos municipales sin contar con autorización y/o sin las consideraciones técnicas establecidas en el Capítulo V del Título IX del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos. b) Inventario Nacional de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales: es un registro de los lugares donde se realiza o se ha realizado la acumulación permanente de residuos sólidos municipales sin contar con autorización y/o sin las consideraciones técnicas establecidas en el Capítulo V del Título IX del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos. En este inventario se identi fi can y categorizan las áreas degradadas para su recuperación o reconversión. c) Recuperación: es un tipo de categorización de área degradada por residuos sólidos municipales, cuando no se cuente con las condiciones establecidas en el Artículo 121° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278. El instrumento de gestión ambiental con el que debe contar esta área degradada es el Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos aprobado por la autoridad competente. d) Reconversión: es un tipo de categorización de área degradada por residuos sólidos municipales, cuando se cuente con disponibilidad de área y su construcción se haya realizado sobre la base de un expediente técnico cumpliendo con los criterios técnicos para el diseño y construcción relacionados al manejo, control y/o tratamiento de los lixiviados, implementación de drenes y chimeneas de evacuación y control de gases e impermeabilización de base y taludes de la infraestructura de disposición fi nal de residuos sólidos, pero sin contar con un Instrumento de Gestión Ambiental aprobado. El instrumento de gestión ambiental con el que debe contar es el Programa de Reconversión y Manejo de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos aprobado por la autoridad competente. Artículo 5.- De la elaboración y administración del Inventario La elaboración y administración del Inventario Nacional de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales está a cargo de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios (DSIS). Incluye las siguientes acciones: 5.1 Sistematizar la información, para el Inventario Nacional de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales, que proviene de las siguientes fuentes de información: (i) Acciones de supervisión: en el marco de la ejecución de las acciones de supervisión a cargo de la Coordinación de Supervisión Ambiental en Residuos Sólidos (CRES) y de las O fi cinas Desconcentradas del OEFA se puede identi fi car información de nuevas áreas degradadas o variaciones de los caracteres de las áreas degradadas ya registradas en el citado Inventario. (ii) Información proporcionada por los Gobiernos Regionales y las Municipalidades: vinculada a nuevas áreas degradadas por residuos sólidos municipales o variaciones de los caracteres de las áreas degradadas ya registradas en el citado Inventario. (iii) Otras fuentes de información: denuncias ambientales, evaluaciones ambientales, entre otras. 5.2 Categorizar las Áreas Degradadas, para recuperación o reconversión, de acuerdo a los criterios establecidos por el Ministerio del Ambiente - MINAM, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM. Los criterios para la categorización de las áreas degradadas establecidos por el Ministerio del Ambiente - MINAM son los siguientes:Cuadro N° 1: Categorización de las áreas degradas en el Inventario N° Categorización Descripción 1 ReconversiónLas áreas degradadas a ser categorizadas como Reconversión cumplen con los siguientes criterios establecidos por el MINAM, de acuerdo al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278: - Cuentan con disponibilidad de área destinada para la disposición fi nal de residuos sólidos. - Su construcción se ha realizado sobre la base de un expediente técnico cumpliendo con los criterios técnicos para el diseño y construcción relacionados al manejo, control y/o tratamiento de los lixiviados, implementación de drenes y chimeneas de evacuación y control de gases e impermeabilización de base y taludes de la infraestructura de disposición fi nal. - No cuentan con un IGA aprobado.- Se encuentra en operación hasta la entrada en vigencia del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278. 2 RecuperaciónLas áreas degradadas a ser categorizadas como Recuperación son aquellas que no cumplen con los criterios dispuestos por el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278 para su reconversión en infraestructura autorizada de disposición fi nal de residuos sólidos municipales. Artículo 6.- De la información mínima en el Inventario 6.1 El Inventario Nacional de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales contiene la siguiente información: Cuadro N° 2: Información en el Inventario ÍTEM DESCRIPCIÓN INFORMACIÓN GENERAL 1 UbicaciónDistritoJurisdicción distrital donde se ubica el área degradada. ProvinciaJurisdicción provincial donde se ubica el área degradada. DepartamentoJurisdicción departamental donde se ubica el área degradada. Coordenadas de ubicación del área degradadaCoordenadas UTM que determina la posición de un punto en la super fi cie terrestre y la zona UTM a la cual pertenece (17, 18 o 19) 2MunicipalidadesMunicipalidad que administra el área degradadaGobierno local que se hace cargo de realizar y/o coordinar las distintas actividades que se realizan en el área degradada por residuos sólidos municipales para la presentación del Instrumento de Gestión Ambiental. Municipalidad que dispone sus residuosGobierno local que dispone sus residuos sólidos en el área degradada por residuos sólidos municipales. 3 NombreDenominación del área degradadaNombre asignado al área degradada por residuos sólidos municipales o que hace referencia a la zona donde se ubica. 4 ExtensiónPerímetro (metros)Distancia en metros alrededor del área degradada por residuos sólidos municipales. Área (hectáreas)Extensión del área en hectáreas y metros cuadrados.