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19 NORMAS LEGALES Jueves 26 de agosto de 2021 El Peruano / Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1985677-8 Aceptan renuncia de Viceministro de Transportes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2021-MTC Lima, 25 de agosto de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 003-2020-MTC se designó al señor Paúl Werner Caiguaray Pérez, en el cargo público de con fi anza de Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cargo al cual ha formulado su renuncia siendo pertinente aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Paúl Werner Caiguaray Pérez, en el cargo público de con fi anza de Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1985677-9 Designan Viceministra de Transportes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2021-MTC Lima, 25 de agosto de 2021 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro/a de Transportes del Ministerio de Transportes y comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que desempeñe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Verónica Marizol Cáceres Fernández de Chávarri en el cargo público de confi anza de Viceministra de Transportes del Ministerio de Transportes y comunicaciones. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1985677-10 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2012-VIVIENDA DECRETO SUPREMO N° 015-2021-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, según lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, corresponde al Ministerio normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional, así como facilitar el acceso de la población a una vivienda digna y a los servicios de saneamiento de calidad y sostenibles, en especial de aquella rural o de menores recursos; promueve el desarrollo del mercado inmobiliario, la inversión en infraestructura y equipamiento en los centros poblados; Que, el numeral 24.1 del artículo 24 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, señala que toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter signi fi cativo, está sujeta de acuerdo a ley, al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); y, según el numeral 58.1 del artículo 58 de la mencionada Ley, se establece que los ministerios y sus respectivos organismos públicos descentralizados, así como los organismos regulatorios o de fi scalización, ejercen funciones y atribuciones ambientales sobre las actividades y materias señaladas en la Ley; Que, mediante la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se crea el SEIA como un sistema único y coordinado de identi fi cación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión;