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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Sábado 18 de diciembre de 2021 El Peruano / N.° DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO CARGO NOMBRES 4 LIMA HUAROCHIRI LANGAALCALDE CARLOS ALBERTO ZARATE SOLANO REGIDOR MARIANA ASTRID RONDON NARCISOREGIDOR GRACIELA DIONICIA SACRAVILCA SALSAVILCA REGIDOR ALEX NIXON QUISPE GONZALES REGIDOR CRECENCIO MELO GUTIERREZ REGIDOR MISHEL SAYURI CASTRO VALENCIA 5 PIURA TALARA LOBITOSALCALDE FRANK EXMUNDO AMAYA ECHE REGIDOR JUANA DE DIOS VIERA SAAVEDRA REGIDOR ZENER JAVIER LOPEZ SAAVEDRA REGIDOR FATIMA MERCEDES DEL PILAR QUEREVALU CHAPILLIQUEN REGIDOR TULLIO EVER CHAPILLIQUEN BAYONA REGIDOR MARIA DE LOS ANGELES CHONG SHING SAAVEDRA DE DELGADO 6 ANCASH HUARAZ LA LIBERTADALCALDE GILBERTO WILLIAN PICON JAMANCA REGIDOR SUSANA BETTY MONTES GUEVARA REGIDOR GUIMO ANTONIO MUÑOZ MINAYA REGIDOR EFRAIN GUIDO RODRIGUEZ VARGAS REGIDOR SAIDA MERCEDES GONZALES TREJO REGIDOR ALBINA EFRACIA CABELLO CARMEN 3. PRECISAR que en los siguientes distritos no se revocó a ninguna de las autoridades sometidas a consulta popular, por lo que sus concejos municipales mantienen su actual conformación: N.° DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 1 HUÁNUCO MARAÑÓN SAN BUENAVENTURA 2 LIMA YAUYOS TAURIPAMPA 3 ICA CHINCHA CHAVÍN 4 APURÍMAC COTABAMBAS COTABAMBAS 5 APURÍMAC AYMARAES JUSTO APU SAHUARAURA 6 PUNO YUNGUYO CUTURAPI 7 JUNÍN HUANCAYO HUAYUCACHI 4. PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Tacna, Huánuco, Lima Este, Huancavelica, Ica, Apurímac, Puno, Piura, Áncash, Junín, de las Juntas de Fiscales Superiores de Cusco, Tacna, Huánuco, Lima Este, Huancavelica, Ica, Apurímac, Puno, Piura, Áncash, Junín, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, para los fi nes que se estime pertinentes. 5. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINA SANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 2022972-1 Declaran concluido el proceso de Elecciones Municipales Complementarias en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN Nº 0946-2021-JNE Lima, catorce de diciembre de dos mil veintiunoVISTOS: el Informe Final presentado por el presidente del Jurado Electoral Especial de Lima, del 26 de noviembre de 2021, correspondiente al proceso de Elecciones Municipales Complementarias en el Distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho; y el Informe Nº 1909-2021-SG/JNE, del 10 de diciembre de 2021, de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, referido al cierre del proceso de Elecciones Municipales Complementarias en el Distrito de Chipao. ANTECEDENTESConvocatoria al proceso de Elecciones Municipales Complementarias en el Distrito de Chipao 1.1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 10 de enero de 2018, se convocó el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, el cual tuvo por fi nalidad la elección de las autoridades de los gobiernos regionales y municipalidades provinciales y distritales de toda la República para el periodo 2019-2022. Dicha elección se llevó a cabo el 7 de octubre de 2018, habiéndose declarado la nulidad en 12 distritos, entre ellos, en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho. 1.2. Como consecuencia de la declaración de nulidad de elecciones, en aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (LEM), se convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2019, a través del Decreto Supremo Nº 001-2019-PCM, publicado en el diario o fi cial El peruano el 3 de enero de 2019. En dichos comicios complementarios, realizados el 7 de julio de 2019, se declaró la nulidad de o fi cio de la elección en el distrito de Chipao, debido a que el ausentismo de los electores fue mayor al 50 % de los electores hábiles de la circunscripción. 1.3. Luego, a través del Decreto Supremo Nº 171- 2019-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 20 de octubre de 2019, se convocó a Elecciones Municipales Complementarias en el citado distrito para el 29 de marzo de 2020. Sin embargo, con la declaración del Estado de Emergencia, debido al brote de la COVID-19, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 15 de marzo de 2020, se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena) por el plazo de 15 días calendario, por lo que fue imposible realizar el sufragio en la fecha señalada. 1.4. Así las cosas, mediante el Decreto Supremo Nº 082-2021-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 23 de abril de 2021, se modi fi có el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 171-2019-PCM, quedando convocadas las Elecciones Municipales Complementarias de alcalde y regidores en el distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, para el domingo 10 de octubre de 2021.