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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Sábado 18 de diciembre de 2021 El Peruano / del Plan Contable General Empresarial o fi cializado en el Perú y homogenizado con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); Que, la Resolución 218 se publicó en el diario o fi cial El Peruano el 24 de diciembre de 2020, con lo que entró en vigencia al día siguiente y, de acuerdo con su Única Disposición Complementaria Transitoria, el registro de la información conforme a las disposiciones del Manual de Costos se fi jó para enero de 2022; Que, sin embargo, tomando en consideración la evaluación de las etapas y los requerimientos, así como los plazos de la experiencia internacional sobre la implementación de sistemas similares al del Manual de Costos, se considera necesario ampliar el plazo otorgado en hasta doce meses adicionales para la implementación del Manual de Costos, debido entre otras razones, a las limitaciones que tuvieron las EDE en la etapa de implementación del Manual de Costos; el periodo que demandó el proceso de entendimiento de los nuevos requerimientos del Manual de Costos; el tiempo que demandó el proceso de contratación de asesoría externa en el caso de las EDE que operan bajo el ámbito del Fonafe, pues deben cumplir con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 082-2019-EF; la capacitación del personal; y el tiempo que demandaron las modi fi caciones en los módulos de los sistemas que utiliza cada EDE, y el desarrollo del sistema y/o nuevos aplicativos que habrían adquirido las EDE durante el año 2021; Que, se han emitido el informe N° 0749-2021-GRT de la Asesoría Legal y el informe N° 0748-2021-GRT de la DDE de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los que complementan la motivación que sustenta la decisión del Osinergmin; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2020-EM; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su sesión N° 038-2021. SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución N° 218-2020-OS/CD, que aprobó la Norma “Manual de Costos basado en actividades aplicable a las empresas de distribución eléctrica”; conforme al siguiente texto: “Única. - Registro de la información Las empresas concesionarias de electricidad deberán iniciar el registro de la información de acuerdo con lo establecido en el “Manual de Costos basado en actividades aplicable a las empresas de distribución eléctrica”, a partir del mes de enero del año 2023. La adecuación y/o implementación de sus sistemas a fi n de cumplir con dicho registro, se debe realizar durante el año 2022”. Artículo 2.- Las modi fi caciones establecidas en la presente Resolución entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y consignarla en el portal de internet del Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx, junto con el informe legal N° 0749-2021-GRT y el informe técnico N° 0748-2021-GRT, que son parte integrante de esta resolución. JAIME MENDOZA GACON Presidente del Consejo Directivo 2022721-1Aprueban la Tipificación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicable para la fiscalización de la actividad minera RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 246-2021-OS/CD Lima, 16 de diciembre de 2021VISTO:El Memorándum N° GSM-963-2021, mediante el cual la Gerencia de Supervisión Minera ha remitido la propuesta para actualizar la Tipi fi cación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones aplicable para la supervisión y fi scalización de la actividad minera; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con las Leyes N° 28964 y N° 29901; así como al Reglamento de Fiscalización y Sanción de las actividades energéticas y mineras a cargo de Osinergmin, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 208-2020-OS/CD, Osinergmin es competente para fi scalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas en las actividades mineras incluyendo las referidas a la seguridad de la infraestructura, sus instalaciones, gestión de seguridad y operaciones; Que, asimismo, según lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, el Consejo Directivo es competente para tipi fi car los hechos y omisiones que confi guran infracciones administrativas, así como aprobar la Escala de Multas y Sanciones; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 035-2014-OS/CD, se aprobó la Tipi fi cación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicable para la supervisión y fi scalización de la actividad minera; Que, conforme a la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las actividades energéticas y mineras a cargo de Osinergmin, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 208-2020-OS/CD, toda mención a “supervisión”, “función supervisora” o términos semejantes en las disposiciones normativas de aplicación para Osinergmin, son ejercidas conforme a la normativa que rige la actividad de fiscalización, de acuerdo al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y al referido Reglamento; Que, se ha revisado la vigente Tipi fi cación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicable para la supervisión y fi scalización de la actividad minera, a fi n de adecuarla al marco normativo vigente, tanto en el tipo infractor como en la base legal que la sustenta; Con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión N° 38-2021; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación Aprobar la Tipi fi cación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicable para la fi scalización de la actividad minera, la cual consta en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2°.- Derogación Deróguese la Resolución de Consejo Directivo N° 035- 2014-OS/CD, que aprobó la Tipi fi cación de Infracciones Generales y Escala de Multas y Sanciones de Osinergmin aplicable para la supervisión y fi scalización de la actividad minera.