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26 NORMAS LEGALES Viernes 24 de diciembre de 2021 El Peruano / que las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) con CUI N° 2488226 y CUI N° 2512530, de acuerdo con la revisión de la información consignada en el Banco de Inversiones, al ser aprobadas mediante el Formato 07-D: Registro de IOARR - Estado de Emergencia Nacional, no se sujetan a la fase de Programación Multianual de Inversiones conforme a lo establecido en el párrafo 4.1 del artículo 4 de la Resolución Directoral N° 005- 2020- EF/63.01, por lo que no corresponde el análisis respecto al cumplimiento de criterios de priorización de inversiones, indicadores de brecha, ni de su registro en la Cartera de Inversiones del PMI; veri fi cando, además, que ambas IOARR están en la fase de Ejecución y con contrato suscrito; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 294 940 292,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Educación, del Ministerio de Defensa, de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y del Ministerio de Relaciones Exteriores, para el fi nanciamiento de lo señalado en los considerandos precedentes; Que, por otro lado, el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 024-2021, Decreto de Urgencia para dinamizar la prestación de servicios e inversiones a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y otras medidas, ante la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2021, a realizar modi fi caciones presupuestarias, en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, por las fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, lo que comprende los recursos que se hubieran autorizado mediante modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional o en el nivel funcional programático mediante una norma con rango de Ley y los recursos asignados o transferidos para el fi nanciamiento de los fi nes de los fondos en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2021, a favor de la Reserva de Contingencia a la que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las que se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del citado Decreto Legislativo; para dicho fi n, se exceptúa a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440; Que, el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, por tanto, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 174 270 790,00 (CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de los presupuestos institucionales del Poder Judicial, del Instituto Nacional de Defensa Civil, del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del riesgo de desastres (CENEPRED), del Ministerio de Defensa, de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 024- 2021, Decreto de Urgencia para dinamizar la prestación de servicios e inversiones a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y otras medidas, ante la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19; y, en el numeral 36.5 del artículo 36 y en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 294 940 292,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los saldos disponibles según proyección de gastos al cierre del Año Fiscal 2021, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en los presupuestos institucionales del Ministerio de Educación y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno NacionalFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y obligaciones sociales 20 855 389,002.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 18 424 431,002.3 Bienes y servicios 102 882 590,00 2.4 Donaciones y transferencias 213 381,002.5 Otros gastos 18 041 420,00 GASTO CAPITAL 2.4 Donaciones y transferencias 589,002.5 Otros gastos 276 618,002.6 Adquisición de activos no fi nancieros 134 245 874,00 ============ TOTAL EGRESOS 294 940 292,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en ProductosACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 294 940 292,00 ============ TOTAL EGRESOS 294 940 292,00 ============ 1.2 Los pliegos habilitadores y los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo se detallan en el Anexo N° 1 “Transferencia de Partidas de diversos Pliegos, a favor de la Reserva de Contingencia”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Transferencia de Partidas a favor de diversos Pliegos 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 294 940 292,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Educación, del Ministerio de Defensa, de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y