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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (24/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Viernes 24 de diciembre de 2021 El Peruano / Industria Manufacturera y Comercio Interno”, así como de su Exposición de Motivos, por el plazo de diez (10) días hábiles, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1. Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Participación Ciudadana en la Gestión Ambiental de la Industria Manufacturera y Comercio Interno”, así como de su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, por el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía. Artículo 2. Mecanismo de participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial deben ser remitidos a la sede del Ministerio de la Producción, con atención a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, San Isidro, o a la dirección electrónica dgaami@produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2024850-1 RELACIONES EXTERIORES Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 181-2021-RE Lima, 23 de diciembre de 2021VISTOS:La solicitud de pase a la situación de retiro, presentada por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Benjamín Chimoy Arteaga, quien solicita su pase a la situación de retiro, a partir del 3 de enero de 2022; El Informe (OAP) N° 312/2021, de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 15 de diciembre de 2021; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situación de retiro se hará efectiva mediante Resolución Suprema; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Benjamín Chimoy Arteaga no está incurso en lo establecido por el artículo 49 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, De conformidad con el Decreto Supremo N° 047-2021- RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE que aprueba el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Benjamín Chimoy Arteaga, a partir del 3 de enero de 2022. Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Benjamín Chimoy Arteaga, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 2024984-21 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban el “Padrón de trabajadores beneficiarios del bono extraordinario otorgado a favor de los trabajadores formales del sector privado con menores ingresos, aprobado por Decreto de Urgencia N° 105-2021” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 263-2021-TR Lima, 23 de diciembre de 2021VISTOS: El Memorando N° 1025-2021-MTPE/3 del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; la Hoja de Elevación N° 0850-2021-MTPE/3/17 de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Informe N° 2447-2021-MTPE/3/17.2, de la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral de la Dirección General de Promoción del Empleo; el Memorando N° 1073-2021-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0745-2021-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0591-2021-MTPE/4/9.3 de la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 0999-2021-MTPE/4/8, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria a