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20 NORMAS LEGALES Sábado 25 de diciembre de 2021 El Peruano / Estatal, la Subdirección de Normas y Capacitación y la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA; el Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA, la Directiva N° 002-2017/SBN denominada “Disposiciones para la emisión de documentos normativos en la SBN”, aprobada por la Resolución N° 051-2017/SBN; y, en uso de las funciones previstas en los literales b) y r) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Directiva N° DIR- 00008-2021/SBN Aprobar la Directiva N° DIR-00008-2021/SBN denominada “Disposiciones para la Primera Inscripción de Dominio de Predios del Estado”; así como el Anexo que forma parte integrante de la Directiva. Artículo 2.- DerogaciónDerogar la Directiva N° 002-2016/SBN, denominada “Procedimiento para la primera inscripción de dominio de predios del Estado”, aprobada por la Resolución N° 052-2016/SBN de fecha 13 de julio de 2016, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Difusión y publicaciónDisponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la SBN (www.gob.pe/sbn), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CYNTIA RAQUEL RUDAS MURGA Superintendenta Nacional de Bienes Estatales 2024860-1 Aprueban la Directiva N° DIR-00009-2021/ SBN, denominada “Disposiciones para la constitución del derecho de servidumbre sobre predios estatales” RESOLUCIÓN Nº 0125-2021/SBN San Isidro, 23 de diciembre de 2021VISTOS: El Informe N° 00252-2021/SBN-DNR-SDNC de fecha 13 de diciembre de 2021, de la Subdirección de Normas y Capacitación; el Informe N° 00287-2021/SBN-DNR de fecha 13 de diciembre de 2021, de la Dirección de Normas y Registro; el Informe N° 01153-2021/SBN-OPP de fecha 16 de diciembre de 2021, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 00409-2021/SBN-OAJ de fecha 22 de diciembre de 2021, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, en adelante el “TUO de la Ley N° 29151”, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2019-VIVIENDA, dispone la creación del Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE) como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los predios estatales, en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fi n de lograr una administración ordenada, simpli fi cada y e fi ciente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), como ente rector;Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 14.1 del artículo 14 de la norma precitada, en concordancia con los incisos 1 y 2 del numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2021- VIVIENDA, es función y atribución de la SBN, en su calidad de ente rector del SNBE, proponer y promover disposiciones legales en materia referida a la adquisición, administración, disposición, custodia, defensa, recuperación, registro y supervisión de predios estatales, así como a otros temas vinculados al SNBE, así como expedir directivas y otras disposiciones normativas en materia de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de predios estatales; Que, el Subcapítulo VII del Capítulo III del Título II del Reglamento de la Ley N° 29151, referido a los Actos de Administración, regula el procedimiento para la constitución del derecho de servidumbre, según lo estipulado en el Código Civil, en el marco del SNBE; Que, la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29151, señala que la SBN en calidad de ente rector del SNBE emitirá las directivas que sean necesarias para la implementación de lo regulado en dicho reglamento y en determinar los plazos para las actuaciones, cuando corresponda; Que, el derogado Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA no contemplaba el procedimiento de servidumbre, el cual se encuentra regulado en la Directiva N° 007-2016/SBN denominada “Procedimiento para la constitución del derecho de servidumbre sobre predios estatales”, aprobada mediante la Resolución N° 070-2016/SBN; no obstante, dicha Directiva no se encuentra acorde a las nuevas disposiciones establecidas en el nuevo Reglamento de la Ley N° 29151, por lo cual resulta necesaria la emisión de una nueva directiva que la sustituya; Que, en virtud de lo establecido por el artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, a través del Informe N° 00252-2021/SBN-DNR-SDNC de fecha 13 de diciembre de 2021, que cuenta con la conformidad de la Dirección de Normas y Registro otorgada mediante el Informe N° 00287-2021/SBN-DNR, la Subdirección de Normas y Capacitación propone y sustenta el proyecto de la Directiva denominada “Disposiciones para la constitución del derecho de servidumbre sobre predios estatales”, la cual se encuentra acorde a los nuevos cambios normativos antes descritos, contemplados por el TUO de la Ley N° 29151 y su Reglamento; asimismo, dicha propuesta normativa ha sido elaborada con el aporte de varias unidades de organización de la entidad y recoge las opiniones, comentarios y/o sugerencias remitidas a esta Superintendencia, dentro del plazo previsto por la Resolución N° 0097-2021/SBN de fecha 03 de noviembre del año en curso, la cual dispuso su pre publicación; asimismo, se sustenta la necesidad de disponer la derogación de la Directiva N° 007-2016/SBN, denominada “Procedimiento para la constitución del derecho de servidumbre sobre predios estatales”, aprobada por la Resolución N° 070-2016/SBN del 12 de octubre de 2016, publicada el 19 de octubre de 2016; Que, a través del Informe N° 01153-2021/SBN-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, luego de la evaluación técnica correspondiente, otorga opinión favorable al proyecto de Directiva “Disposiciones para la constitución del derecho de servidumbre sobre predios estatales”, señalando respecto a su contenido que el proyecto de Directiva permitirá contar con un documento que establezca disposiciones para la constitución del derecho de servidumbre estipulada en el Código Civil, sobre predios de propiedad estatal, en el marco del Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE); Que, con el Informe N° 00409-2021/SBN-OAJ de fecha 22 de diciembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre el proyecto de Directiva denominada “Disposiciones para la constitución del derecho de servidumbre sobre predios estatales”, expresando que se ajusta al procedimiento de revisión y aprobación para documentos normativos a nivel nacional y en calidad de Ente Rector, conforme a lo previsto en la Directiva N° 002-2017/SBN “Disposiciones para la Emisión