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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (31/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 416

TEXTO PAGINA: 329

329 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales e Incentivos por pronto pago para el Ejercicio 2022 ORDENANZA N° 388/MLV La Victoria, 22 de diciembre de 2021 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión ordinaria virtual del 22 de diciembre de 2021. VISTO: el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Servicios de Administración Tributaria y de Desarrollo Económico; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º y 195º numeral 4 de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley; Que, en ese sentido el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que conforme a lo señalado en las normas referidas precedentemente; así como, en el artículo 74º de la propia Carta Magna, las Municipalidades crean, modi fi can y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fi je la Ley; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; Que, conforme a lo establecido en la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, los gobiernos locales, mediante ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; asimismo, el artículo 41º de la misma norma legal indica que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, esta entidad es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de impuesto predial y por arbitrios municipales, conforme se encuentra establecido en los artículos 6º y 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales emitidas por esta entidad edil; Que, es política de esta gestión edilicia incentivar el cumplimiento oportuno del pago de los tributos de sus contribuyentes y una manera efectiva de hacerlo es a través de descuentos por el pago anual o trimestral adelantado de los tributos contenidos en el Sistema de Administración; en tal sentido, es oportuno otorgar bene fi cios tributarios al pago de los tributos, como una estrategia tendiente a disminuir la morosidad e impulsar el desarrollo de la conciencia tributaria entre los vecinos del distrito; Que, a través del Informe N° 110-2021-GSAT/MLV la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y el Informe N°987-2021-SGROCRYEC/GSAT/MLV de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente, Recaudación y Ejecutoria Coactiva proponen la Ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales e Incentivos por Pronto Pago para el ejercicio 2022, el cual tiene como objetivo incentivar a los contribuyentes del distrito al cumplimiento oportuno en el pago de sus tributos; Que, mediante el Informe N°503-2021-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por la aprobación de la Ordenanza que sustenta la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal a través del proveído 2210-2021-GM/MLV; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9º, inciso 8), artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal, con el voto por unanimidad de los señores miembros del Concejo Municipal en Sesión Ordinaria Virtual del 22 de diciembre de 2021 y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2022 Artículo 1º.- Objeto y fi nalidad. Establecer las fechas de vencimiento para el pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2022; así como el régimen de incentivos por el pronto pago de dichos tributos. Artículo 2º.- Vigencia. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3º.- Acogimiento. Podrán acogerse todos los contribuyentes del Distrito de La Victoria que tengan tributos generados para el ejercicio 2022. Artículo 4º.- Fechas de vencimiento. Establézcase las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2022, de acuerdo al siguiente cronograma. TRIBUTO Y MODALIDAD DE PAGOFECHA DE VENCIMIENTO EJERCICIO 2022 Impuesto Predial Anual 28 de febrero de 2022 Impuesto Predial y Arbitrios Municipales (Trimestralmente) Primer Trimestre 28 de febrero de 2022 Segundo Trimestre 31 de mayo de 2022 Tercer Trimestre 31 de agosto de 2022 Cuarto Trimestre 30 de noviembre de 2022 Artículo 5º.- Descuentos otorgados por incentivo de pronto pago. Los contribuyentes podrán acceder voluntariamente a los incentivos de pronto pago, aplicándose el descuento al insoluto del monto de los arbitrios municipales según las siguientes condiciones y fechas límites de cancelación. FECHA DE CANCELACIÓN 31 DE ENERO DE 2022 CONTRIBUYENTES CONDICIÓN DEL DESCUENTO% DE DSCTO. SOBRE ARBITRIOS No tienen deuda anterior al año 2022Cancelación Total del Impuesto Predial 2022 ( Anual) y de los cuatro (04) trimestres de los Arbitrios Municipales 2022.20% Tienen deuda anterior al año 202215% FECHA DE CANCELACIÓN 28 DE FEBRERO DE 2022 CONTRIBUYENTES CONDICIÓN DEL DESCUENTO% DE DSCTO. SOBRE ARBITRIOS No tienen deuda anterior al año 2022Cancelación Total del Impuesto Predial 2022 ( Anual) y de los cuatro (04) trimestres de los Arbitrios Municipales 2022.15% Tienen deuda anterior al año 202210%