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50 NORMAS LEGALES Domingo 10 de enero de 2021 / El Peruano Que, mediante Informe Nº 434-2020-GAJ/MDA de fecha 14 de diciembre de 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto al proyecto de ordenanza presentado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, informe legal que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de la entidad, dando conformidad a la propuesta normativa, por lo que indica que deberá elevarse la propuesta al Concejo Municipal, para que, conforme a sus atribuciones, apruebe la correspondiente Ordenanza. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ancón, la misma que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde a dictar las disposiciones que sean necesarias para el proceso de adecuación e implementación de la presente ordenanza, de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 404-2019-MDA y todas las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Secretaría General remitir el texto íntegro del ROF y el Organigrama Institucional, a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros para tramitar su publicación con la Secretaría de Gobierno Digital en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional (www.muniancon.gob.pe). Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1918358-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza que regula y/o reconoce el expendio de bebidas tradicionales en los espacios públicos del distrito de Breña ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0549-2020-MDB Breña, 18 de diciembre del 2020EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAPOR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión de Ordinaria de la fecha. VISTO:El Informe Nº 076-2020-GDE/MDB de fecha 07 de diciembre de 2020 de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Informe Nº 243-2020-GPPROPMICI/MDB de fecha 11 de diciembre de 2020 de la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto, Racionalización OPMI y Cooperación Interinstitucional, el Informe Nº 427-2020-GAJ-MDB de fecha 11 de diciembre de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Dictamen Nº 01-2020-CDEICE-CM/MDB de fecha 16 de diciembre de 2020 de la Comisión de Desarrollo Económico, Innovación y Competitividad Empresarial, todos los actuados respecto del proyecto de “Ordenanza que Regula y/o Reconoce el Expendio de Bebidas Tradicionales en los Espacios Públicos del Distrito de Breña”, y; CONSIDERANDO:Que el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, a su turno, el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, de fi ne la dimensión de la autonomía política en el numeral 9.1., como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, mediante Ley Nº 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, ley que rige en toda la nación; Que, el artículo 4º de la Ley 30198, establece que los gobiernos locales regulan el expendio en la vía pública de bebidas tradicionales, estableciendo para tal efecto dentro de su jurisdicción, los mecanismos de registro, control, salubridad, capacitación y fomento de capacidades que garanticen un servicio de calidad y en adecuadas condiciones de higiene y salubridad de acuerdo a las atribuciones y funciones que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 076-2020-GDE/MDB de fecha 07 de diciembre de 2020 la Gerencia de Desarrollo Económico, remite a la Gerencia Municipal el proyecto de Ordenanza que Regula y/o Reconoce el Expendio de Bebidas Tradicionales en los Espacios Públicos del Distrito de Breña; Que, mediante Informe Nº 243-2020-GPPROPMICI/ MDB de fecha 11 de diciembre de 2020 la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto, Racionalización, OPMI y Cooperación Interinstitucional, opina de manera favorable para la aprobación del proyecto de Ordenanza que Regula y/o Reconoce el Expendio de Bebidas Tradicionales en los Espacios Públicos del Distrito de Breña; Que, mediante Informe Nº 427-2020-GAJ-MDB de fecha 11 de diciembre de 2020 la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable a la aprobación del proyecto de Ordenanza que Regula y/o Reconoce el Expendio de Bebidas Tradicionales en los Espacios Públicos del Distrito de Breña; Que, mediante Dictamen Nº 01-2020-CDEICE-CM/ MDB de fecha 16 de diciembre de 2020 la Comisión de Desarrollo Económico, Innovación y Competitividad Empresarial, recomienda al Pleno del Concejo Municipal aprobar el proyecto Ordenanza que Regula y/o Reconoce el Expendio de Bebidas Tradicionales en los Espacios Públicos del Distrito de Breña; De conformidad con los artículos 9º numeral 8); 39º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria de fecha 18 de diciembre del presente, luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por MAYORIA la siguiente: