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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2021 (10/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Domingo 10 de enero de 2021 El Peruano / Figura N°2 Casos de feminicidio a nivel nacional 1 Tumbes 5 5 Piura 2 Amazonas Loreto 3 Lambayeque 6 Cajamarca 5 San Martín 14 La Libertad 2 8 2 Ucayali Huánuco 1 Áncash Pasco 8 46 Lima Junín 0 Callao 4 Huancavelica Madre de Dios 7 5 Ica 4 Apurímac 9 Cusco 15 2 Puno Ayacucho 7 Arequipa 2 Moquegua 3 Tacna Feminicidio por departamento En el periodo de enero a diciembre de 2019, se registraron 166 casos de víctimas con características de feminicidio. Los departamentos con mayor número de casos de víctimas con características de feminicidio son: Lima 46 casos, Puno 15 casos, La Libertad 14 casos, Cusco 9 casos, Junín 8 casos, Huánuco 8 casos, Arequipa 7 casos, Callao 7 casos, Cajamarca 6 casos, Piura 5 casos, Ica 5 casos, San Martín 5 casos, Loreto 5 casos, Huancavelica 4 casos, Apurímac 4 casos Fuente: Registro de casos del CEM-PNCVFS/ Periodo: Diciembre 2019 Elaboración: CEM-PNCVFS Finalmente, a la fecha conforme el D.S. N°003- 2019-MIMP, la región Puno no se encuentra dentro del cronograma 2020 de implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a diferencia de Ayacucho, que será para el presente año 2020, y Del Santa para el 2021. Considerando que el turno de implementación de Puno está previsto para diciembre del 2022, y que esa situación no es congruente con los altos niveles de casos de feminicidio y violencia contra la mujer, es evidente que se necesita adoptar medidas inmediatas para mejorar la cobertura en la subespecialidad de Familia (Violencia Familiar Ley N°30364) sin menoscabar el legítimo requerimiento Del Santa y Ayacucho, pero que ciertamente tendrán implementados los Módulos Integrados para el 2020 y 2021 respectivamente. Por ello, postergar el apoyo de un juzgado transitorio a Puno en esta subespecialidad permite inferir que la intervención será tardía en detrimento de la e fi ciencia y celeridad del servicio de administración de justicia en esta región. Por tanto, entre las tres propuestas planteadas por la Ofi cina de Productividad Judicial resulta más prioritaria la reubicación de órganos jurisdiccionales transitorios de familia con subespecialidad a la Corte Superior de Justicia de Puno, por existir su fi cientes elementos que acreditan la concentración e incidencia de casos de violencia y abuso contra la población de mujeres de esta región, constituyéndose parte de la idiosincrasia común, y que hasta diciembre de 2022 requerirá de acciones y alternativas que contrarresten los ingresos que generan mayor carga procesal sin desatender las otras subespecialidades de familia. POR TALES MOTIVOS, considerando los fundamentos desarrollados líneas arriba MI VOTO es: a) Reubicar, a partir del 1 de diciembre de 2020, por medida de excepción el Juzgado Mixto Transitorio de Lurín de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, como Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de San Román de la Corte Superior de Justicia de Puno, para tramitar con turno abierto los procesos de familia de la subespecialidad de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar al amparo de la Ley N°30364, iniciando su funcionamiento con carga cero, requiriéndose adicionalmente de la conversión de uno de los dos (2) juzgados de familia permanentes para que tramite expediente de la Ley N°30364, cuya carga procesal anual asciende aproximadamente en 2,308 expedientes. Lima, 27 de octubre de 2020.MERCEDES PAREJA CENTENO Consejera LUIS ALBERTO MERA CASAS Secretario General 1918430-1 Disponen mantener la suspensión de la Mesa de Partes Electrónica conforme a la Res. Adm. N° 000351-2020-CE-PJ, con excepción en los Distritos Judiciales de Cusco, Callao, Puno, Lima, Lima Sur, Puente Piedra-Ventanilla, Lima Norte, Selva Central, Apurímac; y la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 405-2020-CE-PJ Lima, 30 de diciembre de 2020 VISTO: El O fi cio Nº 000185-2020-CR-UETI-CPP-PJ cursado por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 000351-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial suspendió temporalmente el uso de la Mesa de Partes Electrónica desarrollada para la especialidad penal, hasta que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial adecue y reformule sus procedimientos y protocolos, según la casuística detallada en el Informe N° 000029-2020-NOR-ST-UETI-CPP-PJ de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Asimismo, entre otras medidas, dispuso que las funciones desplegadas por la Mesa de Partes Electrónica para la especialidad penal serán asumidas íntegramente por el Sistema de Mesa de Partes Virtual Penal, aprobado mediante la Resolución Administrativa N° 000145-2020-CE-PJ, hasta que la Gerencia de