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43 NORMAS LEGALES Domingo 10 de enero de 2021 El Peruano / Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, se denominará Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Quinto. Mediante Resolución Administrativa N.° 360-2020-CE-PJ, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 17 de diciembre de 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, designó al juez superior Octavio César Sahuanay Calsín, presidente provisional de esta Corte Superior para el periodo 2021-2022. Sexto. En este orden de ideas, con la fi nalidad de continuar a fi anzando los avances de la reforma del procesal penal y en aras de seguir optimizando el servicio de administración de justicia resulta necesario designar al Magistrado Responsable de la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en esta Superior Corte, para el año judicial 2021. Séptimo. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial. En este contexto en pleno uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 10° del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.° 318-2018-CE-PJ, y con observancia del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de conformidad con las consideraciones invocadas. RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al juez superior Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde como magistrado responsable de la Implementación del nuevo Código Procesal Penal en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a partir del 11 de enero de 2021, en adición a sus funciones jurisdiccionales. Artículo Segundo.- El magistrado responsable de la Implementación del nuevo Código Procesal Penal de esta Corte Superior de Justicia deberá presentar su plan de trabajo, en el plazo de 10 días hábiles, a esta Presidencia con la fi nalidad de otorgar el apoyo que sea requerido. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, magistrados coordinadores de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, jueces superiores y especializados, O fi cina de Administración, Administraciones de los Módulos de Delitos de Crimen Organizado y de Delitos de Corrupción de Funcionarios, jefes de área, personal jurisdiccional y administrativo para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.OCTAVIO CÉSAR SAHUANAY CALSÍN Presidente (p) 1918573-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Delegan en el Secretario General de la Contraloría General de la República, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2021, la facultad de aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 004-2021-CG Lima, 8 de enero de 2021VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000004-2021-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorando N° 000006- 2021-CG/GMPL de la Gerencia de Modernización y Planeamiento y la Hoja Informativa N° 000005-2021-CG/GJN de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 31084 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, y con la Resolución de Contraloría N° 380-2020-CG, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al Año Fiscal 2021, del Pliego 019: Contraloría General; Que, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, que regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público, establece en sus numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7, que el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, quien puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando así lo haya establecido expresamente dicho cuerpo normativo o la norma de creación de la Entidad; Que, en virtud de lo señalado en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440 y conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/50.01 y su modi fi catoria, el artículo 47 del citado Decreto Legislativo sobre Modi fi caciones Presupuestaria en el Nivel Funcional Programático, entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2023; por lo que, en consideración a la Primera Disposición Complementaria Transitoria del referido Decreto Legislativo, el artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, mantiene su vigencia; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, prevé que las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con la fi nalidad de desconcentrar las facultades y de optimizar el proceso de toma de decisiones en el ámbito de la gestión presupuestaria de la Institución, y considerando la estructura orgánica aprobada por Resolución de Contraloría N° 030-2019-CG y sus modi fi catorias, resulta conveniente delegar en el Secretario General de la Contraloría General de la República, la facultad de aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2021; Que, estando a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa en la Hoja Informativa N° 000005-2021-CG/GJN, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000002-2021-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que delegue en el Secretario General de la Contraloría General de la República, la facultad señalada en el considerando precedente, en atención a lo sustentado por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones en su Hoja Informativa N° 000004-2021-CG/PLPREPI; De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el Secretario General de la Contraloría General de la República, durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2021, la facultad de aprobar y/o formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego 019: Contraloría General, de acuerdo a las normas legales vigentes. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial el Peruano, así como en el Portal del Estado (www.gob.pe), Portal Web Institucional