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47 NORMAS LEGALES Domingo 10 de enero de 2021 El Peruano / corresponda. Asimismo, que las plazas o puestos a ocupar se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, y cuenten con la respectiva certi fi cación del crédito presupuestario; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 280-2020-MINSA, se aprueba la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud; Que, a través del Informe Nº 015-2020-GR-HCO/ DRS-DG-OEPE-UR de fecha 23 de octubre de 2020, la Jefa de la Unidad de Racionalización, emite opinión técnica favorable para la aprobación del proyecto de CAP provisional de la Dirección Regional de Salud y sus nueve (09) Unidades Ejecutoras, el cual fue elaborado en el marco de la normatividad vigente y que el proyecto contiene la opinión técnica de las O fi cinas de Racionalización de las diez (10) Unidades Ejecutoras de Salud en la región Huánuco. Que, con Informe Nº 171-2020-GRH-GRDS/ DIRESA/DEGDRH de fecha 25 de octubre de 2020, el Director Ejecutivo de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, emite opinión técnica favorable para la aprobación del proyecto de CAP Provisional de la Dirección Regional de Salud y sus nueve (09) Unidades Ejecutoras, amparándose en el numeral 1.2. del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, en la Ley Nº 30957 - Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del 20% de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de salud que a la entrada de vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153, tuvieron vínculo laboral y fueron identi fi cados al amparo de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693. Así como también, en el marco de lo dispuesto en el numeral 14.1 del artículo 14º del Decreto de Urgencia Nº 016-2020. Finalmente señala que, cada propuesta de CAP Provisional ha sido elaborada tomando en cuenta la información sobre cargos estructurales, la clasi fi cación de estos, códigos, y respetando los límites porcentuales dispuestos en los dispositivos normativos vigentes y documentos de gestión; Que, mediante Informe Técnico Nº 000133- 2020-SERVIR-GDSRH, la Gerenta de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos (e) de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el numeral V, sub numeral 5.2 literalmente señala: “En ese sentido, teniendo en cuenta que las propuestas de CAP Provisional presentadas por la DIRESA Huánuco y sus nueve (09) Unidades Ejecutoras han seguido los lineamientos establecidos en la Directiva, corresponde otorgarles la opinión favorable de parte de SERVIR, quedando bajo responsabilidad de la Diresa Huánuco y sus UE realizar las gestiones necesarias para aprobar su CAP Provisional con el dispositivo legal que corresponde, según lo previsto en el numeral 4.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva. 5.3 Cabe tener en cuenta que la aprobación referida en el párrafo precedente implica la aprobación de la totalidad de los 3 Anexos (4B, 4C y 4D) que conforman el CAP Provisional, de la DIRESA Huánuco y sus UE. 5.4 Del mismo modo, la DIRESA Huánuco y sus 9 UE deben tener en cuenta que una vez aprobado sus CAP Provisional sobre el cual SERVIR, a través de la GDSRH, ha emitido opinión favorable, quedan sin efecto las versiones de los CAP Provisional citadas en el numeral 4.2.1 del presente informe u otras que se opongan a los CAP Provisional materia del presente análisis y que no hayan sido informadas por la DIRESA Huánuco y sus UE al momento de formular sus propuestas de CAP Provisional, quedando bajo responsabilidad del titular las consecuencias que pudiera surgir por dicha omisión; Que, asimismo, en el sub numeral 6.9 del numeral VI Conclusiones del referido Informe Técnico, se expresa: “En virtud del análisis realizado, se consideran pertinentes las propuestas de CAP Provisional presentas por la DIRESA Huánuco y sus 09 UE, por lo que se otorga la opinión favorable a las 10 propuestas de CAP Provisional, conforme señala el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH. Asimismo, se adjunta los anexos 4B, 4C y 4D que conforman el CAP Provisional materia de análisis en el presente informe y se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación de las propuestas de CAP Provisional de las mencionadas UE, a través del dispositivo legal que corresponda según lo establecido en el numeral 4.2. del Anexo Nº 4 de la Directiva antedicha”; Que, a través del Informe Legal Nº 000605-2020- GRH/GGR/ORAJ de fecha 27 de noviembre de 2020, el Director Regional de Asesoría Jurídica, señala en el numeral 2.7, que: “Desde el punto de vista legal, se puede advertir que las normas invocadas en la formulación del CAP-Provisional de la Dirección Regional de Salud Huánuco y sus nueve (09) Unidades Ejecutoras, resultan pertinentes, y estando a que la misma cuenta con opinión técnica favorable del Director Ejecutivo de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, del Jefe de la Unidad de Racionalización de la DIRESA, y de la Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; recomienda que, se continúe con las acciones correspondientes para la aprobación del CAP Provisional solicitado, debiendo derivarse el presente expediente al magno Consejo Regional, a fi n de que conforme a sus atribuciones emita la normativa regional correspondiente; Que, mediante O fi cio Nº 1212-2020-GRH/GR de fecha 30 de noviembre de 2020, el Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco, eleva al Consejo Regional el sustento técnico y legal para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) 2020 de la Dirección Regional de Salud y sus nueve (09) Unidades Ejecutoras, mediante Ordenanza Regional; Que, con Dictamen Nº 016-2020-GRHCO-CR/ CPPPATyAL de fecha 01 de diciembre de 2020, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, propone la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Salud Huánuco y de sus nueve (09) Unidades Ejecutoras, que consta de ciento ocho (108) folios; Que, habiéndose tratado en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, de fecha 03 de diciembre de 2020, el Dictamen Nº 016-2020-GRHCO-CR/CPPPATyAL. El máximo Órgano Colegiado aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Salud Huánuco y de sus nueve (09) Unidades Ejecutoras; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 012-2019-GRH-CR, modi fi cada por Ordenanza Regional Nº 022-2020-GRH-CR, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD, aprueba la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Salud Huánuco y de sus nueve (09) Unidades Ejecutoras, que consta de ciento ocho (108) folios, y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, de acuerdo al siguiente detalle: