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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2021 (30/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 30 de enero de 2021 El Peruano / “10. DISPOSICIONES OBLIGATORIAS PARA LOS CONDUCTORES Y TRIPULACIÓN En la prestación del servicio de transporte terrestre regular de personas en los ámbitos nacional y regional el conductor y la tripulación deben cumplir las siguientes medidas: (…)10.7 Veri fi car que el aforo del vehículo se cumpla conforme a lo dispuesto en los numerales 8.6 y 8.18, según corresponda.” (..)10.15 En los casos que el tiempo de viaje de la ruta autorizada sea mayor de cuatro (4) horas, el conductor debe detener el vehículo cada cuatro (4) horas en una estación de ruta, paradero de ruta o escala comercial más cercana, y disponer que los pasajeros desembarquen del vehículo en una zona segura por un periodo de 10 minutos, guardando el debido distanciamiento físico o corporal no menor de un (1) metro, con la fi nalidad que se realicen las acciones necesarias para desinfectar el vehículo, antes de continuar con el viaje. 1924246-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Designan Secretaria General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 008-2021-ACFFAA Lima, 28 de enero de 2021CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Compras de las Fuerza Armadas aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2014-DE, señala que “La Secretaría General es el órgano de la Alta Dirección que ejerce la autoridad administrativa delegada por el Jefe de la Agencia. Está a cargo del Secretario General, quien es la más alta autoridad administrativa de la entidad. Es el nexo de coordinación entre la máxima autoridad institucional y los órganos de asesoramiento y apoyo. (…)”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 080-2018-ACFFAA, se designó al señor Luis Alberto HUARCAYA REVILLA, en el cargo de con fi anza de Secretario General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, teniendo en cuenta que el citado funcionario ha formulado su renuncia al cargo que venía desempeñando, resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de con fi anza de Secretaria General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2014-DE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar, a partir del 01 de febrero de 2021, la renuncia formulada por el señor Luis Alberto HUARCAYA REVILLA al cargo de con fi anza de Secretario General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, dándosele las gracias por los servicios prestados.Artículo 2.- Designar, a partir del 01 de febrero de 2021, a la señora Rosa Marcela PRIETO GÓMEZ en el cargo de con fi anza de Secretaria General de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a los interesados y a los órganos pertinentes de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (www.gob.pe/acffaa). Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO ALFONSO CASAFRANCA GARCÍA Jefe 1924144-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Delegan facultades en diversos funcionarios del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 018-2021-J-OPE/INS Lima, 29 de enero de 2021 VISTO:El Informe N° 12-2021-DG-OGA/INS de la O fi cina General de Administración; y la Nota Informativa N° 15-2021-DG-OGAJ/INS y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA, señala que el Instituto Nacional de Salud es un organismo público del Ministerio de Salud, goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica y de gestión económica, fi nanciera y administrativa, el cual tiene como misión, según el artículo 5 del citado Reglamento, la promoción, desarrollo y difusión de la investigación cientí fi ca - tecnología y la prestación de servicios de salud en los campos de la salud pública, el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, la alimentación y nutrición, la producción de biológicos, el control de calidad de alimentos, productos farmacéuticos y a fi nes, la salud ocupacional y protección del ambiente centrado en la salud de las personas y la salud intercultural, para contribuir a mejorar la calidad de vida de la población; Que, el Principio de Legalidad previsto en el numeral 1.1 del artículo IV del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1 del TUO de la Ley N° 27444, establece que los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios, son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del citado TUO, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, precisando en su artículo 79, que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto