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46 NORMAS LEGALES Sábado 30 de enero de 2021 / El Peruano Que, fi nalmente, se ha expedido el Informe Técnico N° 075-2021-GRT y el Informe Legal N° 076- 2021-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; y Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 074-2020; en el Decreto de Urgencia N° 105-2020, en el Decreto de Urgencia N° 136-2020; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la norma “Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 074-2020”, aprobada por la Resolución N° 080-2020- OS/CD; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; y en lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus respectivas normas modi fi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporación de usuarios residenciales a la lista de bene fi ciarios 1.1. Modi fi car la lista de bene fi ciarios del subsidio Bono Electricidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.5 de la norma “Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 074-2020”, aprobada por Resolución N° 021-2020-OS/GRT y sus modi fi catorias, incorporando el número de usuarios que se indica a continuación: EmpresaCantidad de Usuarios Residenciales Focalizados Bene fi ciarios del Bono Electricidad Adinelsa 70 564Egepsa 2 185Electro Pangoa 1 638 Electro Puno 276 983 Electro Ucayali 59 724Electrocentro 693 737Electronorte 295 190Entelin 2 934Hidrandina 712 815Luz del Sur 261 840Seal 303 724Sersa 6 486 1.2. Disponer que la publicación de los usuarios incorporados a que se re fi ere el numeral 1.1., se efectúe conforme al mecanismo de consulta individual y código de suministro, previstos en los numerales 7.3 y 7.4 de la norma “Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 074-2020”, aprobada por Resolución N° 021-2020-OS/GRT y sus modi fi catorias. Artículo 2.- Aprobación de la liquidación fi nal del programa de transferencias Aprobar la liquidación fi nal del programa de transferencias del Bono Electricidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.7 del Decreto de Urgencia N° 074-2020, modi fi cado por el Decreto de Urgencia N° 105-2020, y en el numeral 2.10 del Decreto de Urgencia N° 136-2020, de acuerdo con el siguiente cuadro:N° EmpresaMonto de Liquidación Final Soles 1 Acciona Microenergia Perú 38 279 2 Adinelsa 466 148 3 Coelvisac 15 777 4 Edelsa 12 670 5 Egepsa 18 383 6 Eilhicha 45 532 7 Electro Dunas 951 049 8 Electro Oriente 6 146 320 9 Electro Pangoa 11 122 10 Electro Puno 3 653 430 11 Electro Sur Este 3 585 542 12 Electro Tocache 165 991 13 Electro Ucayali 793 774 14 Electrocentro 4 625 272 15 Electronoroeste 2 009 923 16 Electronorte 4 740 741 17 Electrosur 2 057 641 18 Emsemsa 35 726 19 Emseusac 55 630 20 Enel Distribución Perú 1 960 643 21 Entelin 37 645 22 Ergon 10 495 368 23 Esempat 11 53024 Hidrandina 7 665 715 25 Luz del Sur 1 182 809 26 Proyecto Chavimochic 62 544 27 Seal 4 003 288 28 Sersa 43 180 Total 54 891 671 Artículo 3.- Realización de transferencias fi nales Corresponde al Ministerio de Energía y Minas, conforme al artículo 5.7 del Decreto de Urgencia N° 074-2020, modi fi cado por el Decreto de Urgencia N° 105- 2020, y en al numeral 2.13 del Decreto de Urgencia N° 136-2020, efectuar las transferencias indicadas en el Artículo 2, de acuerdo a los recursos habilitados y en la oportunidad establecida para tal efecto. Artículo 4.- Monto a devolver al Tesoro Público Corresponde la devolución al Tesoro Público del importe ascendente a S/ 159 991 618, como saldo resultante de la aplicación del subsidio Bono Electricidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.7 del Decreto de Urgencia N° 074-2020, de acuerdo con el siguiente cuadro: N° Empresa Monto a Devolver al Tesoro Público Soles 1Acciona Microenergia Perú129 924 2 Adinelsa 2 429 881 3 Coelvisac 39 203 4 Edelsa 34 202 5 Egepsa 66 598 6 Eilhicha 225 744 7 Electro Dunas 2 858 440 8 Electro Oriente 10 709 006 9 Electro Pangoa 30 159 10 Electro Puno 22 832 321