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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2021 (30/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Sábado 30 de enero de 2021 El Peruano / superior a la ocho (08) UIT vigente a la emisión del acto resolutivo, previa evaluación del área usuaria y legal con el respectivo visto bueno, sin perjuicio del deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar. Para el ejercicio de dichas facultades, la Sub Jefatura del INS podrá solicitar indistintamente la opinión e informe u otro que considere correspondiente, a cualquier órgano estructural y/o funcional del Instituto Nacional de Salud, de forma previa a aprobación o suscripción que corresponda. Artículo 2.- DELEGACIÓN DE FACULTADES AL (LA) DIRECTOR (A) GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE ASESORÍA TÉCNICA Delegar en el (la) Director (a) General de la O fi cina General de Asesoría Técnica las siguientes facultades: a) Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 131 Instituto Nacional de Salud. b) Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional del Instituto Nacional de Salud, de acuerdo al procedimiento establecido para tal fi n. Artículo 3.- DELEGACIÓN DE FACULTADES AL (LA) DIRECTOR (A) GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Delegar en el (la) Director (a) General de la O fi cina General de Administración las siguientes facultades: 3.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar, modi fi car y supervisar el Plan Anual de Contrataciones. b) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección. c) Aprobar la cancelación, total o parcial de los procedimientos de selección, previa opinión legal de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del INS. d) Aprobar los documentos del procedimiento de selección (Bases) correspondientes a los procedimientos de selección Licitación Pública, Concurso Público y Contrataciones Directas. e) Designar a los integrantes del comité de selección, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes, en el marco de los procedimientos de selección Licitación Pública y Concurso Público. f) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l), y m) del numeral 27.1) del artículo 27 del TUO de la Ley N° 30225, previa opinión legal de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del INS. g) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes, servicios y consultorías de obra, hasta por el monto permitido por la normativa de contratación pública y previa opinión legal de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del INS. h) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y consultorías de obra, hasta por el monto permitido por la normativa de contratación pública y previa opinión legal de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del INS. i) Aprobar contrataciones complementarias en el marco de lo establecido por la normativa de contrataciones del Estado. j) Declarar la nulidad en el supuesto establecido en el numeral 72.7 del artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. k) Aprobar las contrataciones con proveedores no domiciliados en el país que se encuentran fuera del ámbito de aplicación del TUO de la Ley de Contrataciones, de acuerdo con el literal f) del numeral 5.1 del artículo 5, así como suscribir los contratos y adendas respectivas, y en general toda documentación relacionada con su ejecución, previa evaluación del área usuaria y legal del INS con su respectivo visto bueno. l) Aprobar los reconocimientos de deuda en los casos que resulte aplicable la acción de enriquecimiento sin causa en la vía correspondiente por el monto inferior a la ocho (08) UIT vigente a la emisión del acto resolutivo, previa evaluación del área usuaria y legal del INS con el respectivo visto bueno, sin perjuicio del deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar. 3.2 EN MATERIA DE INVERSIONESa) Aprueba los expedientes técnicos o documentos equivalentes, previa opinión técnica favorable del área correspondiente, de los Proyectos de Inversión declarados viables y de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación -IOARR conforme el marco normativo vigente. b) Aprobar la liquidación de proyectos de inversión ejecutados bajo las diferentes modalidades, en el marco de lo establecido en la normativa de invierte.pe, previa opinión técnica y jurídica favorables de los órganos competentes del INS 3.3 EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Ejercer la representación legal del Instituto Nacional de Salud, en el ámbito de su competencia establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del INS y la normativa vigente, ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, para que gestione y autorice los asuntos y documentos ante la citada entidad en temas tributarios y aduaneros. b) Representar al Instituto Nacional de Salud ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, en los que sea parte interesada o tenga legítimo interés. c) Aprobar los reconocimientos de deuda hasta por un monto ascendente a ocho (08) UIT por prestaciones ejecutadas en favor del Instituto Nacional de Salud, cuando se con fi guren los elementos constitutivos del enriquecimiento sin causa, previa evaluación del área usuaria y legal con el respectivo visto bueno, sin perjuicio del deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar. d) Reconocer el precio de los bienes y servicios, en los casos que resulte aplicable la acción por enriquecimiento sin causa en la vía correspondiente, previa evaluación técnica del área usuaria y legal; sin perjuicio del deslinde de responsabilidades a que hubiera lugar. e) Suscribir convenios y/o contratos de carácter administrativo, en representación del Instituto Nacional de Salud, y sus respectivas adendas, en el ámbito de su competencia establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del INS 3.4 EN MATERIA DE TESORERÍA a) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del Instituto Nacional de Salud. b) Suscribir, en representación del Instituto Nacional de Salud, los contratos, convenios y documentos con las entidades fi nancieras, en lo relacionado al manejo de cuentas bancarias del Instituto y a los servicios que dichas entidades brindan. 3.5 EN MATERIA LABORALa) Autorizar la transferencia de recursos, por cualquier fuente, a favor del Comité de Administración de fondos de Asistencia y Estímulos (CAFAE) DEL Instituto Nacional de Salud Artículo 4.- DELEGACIÓN DE FACULTADES AL (LA) DIRECTOR (A) EJECUTIVO (A) DE LA OFICINA EJECUTIVA DE LOGÍSTICA Delegar en el (la) Director (a) Ejecutivo (a) de la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la O fi cina General de Administración las siguientes facultades, en materia de contrataciones del Estado: a) Aprobar los documentos del procedimiento de selección (Bases, solicitudes de expresión de interés, solicitudes de cotización), correspondiente a los procedimientos de selección Adjudicación Simpli fi cada,