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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2021 (30/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 30 de enero de 2021 / El Peruano Artículo 3. Vigencia La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARMANDO CALDERÓN VALENZUELA Director GeneralDirección General de Presupuesto Público 1924235-1 EDUCACION Aprueban Ficha de Homologación “Módulo Prefabricado Aula tipo Selva con estructura de acero, cerramientos de termopanel y madera, que incluye transporte e instalación” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 054-2021-MINEDU Lima, 29 de enero de 2021VISTOS, el Expediente N° MPT2021-EXT-0000784; los Informes N° 076-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGME-HDIN y N° 002-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGME-HDIN de la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento de Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); los O fi cios N° 3579-2020-MINEDU/ VMGI-PRONIED y N° 00028-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED de la Dirección Ejecutiva del PRONIED; los Ofi cios N° 2563-2020-MINEDU/VMGI-DIGEIE y N° 00040-2021-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa; los Informes N° 00148-2020-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR y N° 00002-2021-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR de la Dirección de Normatividad de Infraestructura; el Informe N° 00130-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas– PERÚ COMPRAS. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, establece que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento señala que la aprobación, la modi fi cación y la exclusión de la fi cha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”. La facultad del Titular a que se re fi ere este numeral es indelegable; Que, mediante Resolución Jefatural N° 069-2020- PERÚ COMPRAS, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 16 de julio de 2020, PERÚ COMPRAS aprueba la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos” (en adelante, la Directiva), cuyo objetivo es establecer disposiciones generales y especí fi cas que regulen el proceso de Homologación de requerimientos, que realizan los ministerios, en el ámbito de sus competencias, priorizando aquellos que sean de contratación recurrente, de uso masivo por las entidades y/o aquellos identi fi cados como estratégicos; Que, en atención a lo dispuesto en su acápite IV, la Directiva es de cumplimiento obligatorio por los ministerios que uniformizan los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través del proceso de Homologación, en aplicación de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como de PERÚ COMPRAS; Que, el numeral 7.5 de la Directiva se establece que la Ficha de Homologación es el documento estándar mediante el cual los ministerios uniformizan sus requerimientos, estableciendo las características técnicas especi fi cadas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, dentro del ámbito de su competencia; Que, respecto a la solicitud de opinión a PERÚ COMPRAS, el numeral 8.10 de la Directiva precisa que concluida las actividades señaladas en los numerales 8.6, 8.7 y 8.9 de la Directiva, los ministerios solicitarán a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS emitir opinión respecto a la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación. Asimismo, respecto al contenido del Expediente de Solicitud de opinión a PERÚ COMPRAS se precisa que deberá adjuntar entre otros, el proyecto de Ficha de Homologación y el Informe Técnico sustentado; Que, los referidos numerales 8.6, 8.7 y 8.9 de la Directiva precisan el cumplimiento de la elaboración del proyecto de Ficha de Homologación, el procedimiento de pre publicación del proyecto de Ficha de Homologación y de la evaluación de los comentarios, recomendaciones y observaciones al proyecto de Ficha de Homologación; Que, el numeral 8.13 de la Directiva referido a la aprobación de la Ficha de Homologación, señala que con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, respecto de la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación, el Ministerio iniciará el procedimiento que corresponda para su aprobación, el cual deberá realizarse en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida la noti fi cación de la opinión favorable por parte de PERÚ COMPRAS; Que, asimismo, el sub numeral 8.13.1 de la Directiva, establece que contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante Resolución Ministerial, la cual será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, fi nalmente, el sub numeral 8.13.2 de la Directiva, señala que el Ministerio deberá remitir a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS la Resolución de aprobación y la Ficha de Homologación aprobada, el mismo día de publicada en el Diario O fi cinal “El Peruano”, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal institucional de PERÚ COMPRAS; Que, mediante los Informes N° 076-2020-MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGME-HDIN y N° 002-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGME-HDIN de la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento del PRONIED, la cual tiene entre sus funciones la de ejecutar acciones que aseguren la dotación de mobiliario, equipamiento e instalaciones provisionales necesarias para el funcionamiento de las instituciones educativas públicas, en su calidad de área usuaria, elabora y sustenta el contenido del proyecto de Ficha de Homologación “Módulo Prefabricado Aula tipo Selva con estructura de acero, cerramientos de termopanel y madera, que incluye transporte e instalación”; así como, la utilidad o bene fi cio que derivaría de la homologación, en la medida que se trata de un bien de uso masivo y de utilidad estratégica para el sector; asimismo, a través de los Informes N° 00148-2020-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR y N° 00002-2021-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR