Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (04/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 4 de febrero de 2021 / El Peruano de fecha 05 de febrero de 2019, se aprueba su sección segunda; Que, el literal e) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones señala que el Consejo Directivo tiene, entre otras, la función de emitir normas y disposiciones complementarias, mediante resolución, necesarias para la ejecución de las funciones, competencias y facultades del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; Que, el numeral 2.4 de artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 005-2021, Decreto de Urgencia que establece Medidas para la Sostenibilidad de los Servicios de Saneamiento e Inversión del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 102 000 000.00 (Ciento dos millones y 00/100 Soles), a favor del OTASS, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a los que se re fi ere el numeral 21.2 del artículo 21 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2021, para fi nanciar las transferencias fi nancieras destinadas exclusivamente al Fondo de Inversión de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento municipales; Que, el numeral 3.1. del referido Decreto de Urgencia dispone que bajo responsabilidad del Gerente General y con carácter de declaración jurada, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, a efectos de ser bene fi ciarias de transferencias fi nancieras a realizar en el marco de lo señalado en el literal a) del numeral 2.1 y el numeral 2.4 del artículo 2 deben presentar, como mínimo, una solicitud mediante la cual detallen los conceptos ahí señalados; Que, asimismo, el numeral 3.2 del citado Decreto de Urgencia establece que las empresas prestadoras de servicios de saneamiento municipales presentan la solicitud mencionada en el considerando precedente, al OTASS, de conformidad con las disposiciones que para tal fi n apruebe el citado organismo técnico, las cuales deben incluir los criterios para la distribución total de los recursos detallados en su numeral 2.4 del artículo 2 ; Que, mediante Informe Nº 000023-2021-OTASS- DGF de fecha 1 de febrero de 2021, la Dirección de Gestión y Financiamiento alcanza la propuesta de las “Disposiciones para la presentación de Solicitudes de Transferencias Financieras que incluyen los Criterios para su Distribución Total”, a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a efectos que emita su opinión en el marco de sus competencias, y de corresponder se continúe con el trámite respectivo ante la O fi cina de Asesoría Jurídica y sea puesta a consideración de la Dirección Ejecutiva para aprobación del Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; Que, a través del Memorando Nº 000093-2021-OTASS- OPP, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 000015-2021-OTASS-OPP-CCA, ambos de fecha 1 de febrero de 2021, señalando que el documento elaborado por la Dirección de Gestión y Financiamiento, se debe denominar: “Lineamientos para la presentación de solicitudes de transferencias fi nancieras que incluyen criterios para la distribución total de los recursos autorizados por el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia No 005-2021”; emitiendo opinión favorable en el marco de sus competencias; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 000041-2021-OTASS-OAJ de fecha 2 de febrero de 2021 emite opinión favorable respecto a la viabilidad legal de la aprobación del documento denominado “Lineamientos para la presentación de solicitudes de transferencias fi nancieras que incluyen criterios para la distribución total de los recursos autorizados por el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 005-2021”; Que, estando a la propuesta de la Dirección de Gestión y Financiamiento, en Sesión Extraordinaria Nº002-2021 no presencial (virtual), de fecha 3 de febrero de 2021, según Acta Nº 002-2021, el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprueba los “Lineamientos para la presentación de solicitudes de transferencias fi nancieras que incluyen criterios para la distribución total de los recursos autorizados por el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 005-2021”; el mismo que corresponde ser formalizado mediante Resolución de Consejo Directivo; Con el visado de la Dirección Ejecutiva, la Gerencia General, la Dirección de Gestión y Financiamiento, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el literal e) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación Aprobar los “Lineamientos para la presentación de solicitudes de transferencias fi nancieras que incluyen criterios para la distribución total de los recursos autorizados por el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 005-2021”, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/otass). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ERNESTO HERNÁNDEZ CAMPANELLA Presidente del Consejo Directivo 1925368-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000053-2021-P-CSJLI-PJ Lima, 2 de febrero de 2021VISTOS Y CONSIDERANDOS:Que, mediante el ingreso que antecede la magistrada Lucía María La Rosa Guillén, Presidenta de la Primera Sala Constitucional de Lima, solicita hacer uso de vacaciones pendientes de goce por el periodo del 03 al 17 de febrero del presente año. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Primera Sala Constitucional de Lima, proceder a la designación del magistrado conforme corresponda; situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables y, en virtud a