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60 NORMAS LEGALES Jueves 11 de febrero de 2021 / El Peruano Aprueban Instructivos Técnicos para la medición y cálculo de los Indicadores de Disponibilidad del Servicio de Telefonía de Uso Público en centros poblados rurales y lugares de preferente interés social (DS-TUP), Disponibilidad del Servicio (DS), Tasa de Intentos No Establecidos (TINE), Tasa de Llamadas Interrumpidas (TLLI), Tasa de Incidencia de Fallas (TIF), Respuesta de Operadora (RO), Tasa de Reparaciones (TR) y Tasa de Llamadas Completadas (TLLC) RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00034-2021-GG/OSIPTEL Lima, 28 de enero de 2021 MATERIA :Instructivos técnicos para la super- visión de los indicadores Disponibili-dad del Servicio de Telefonía de Uso Público en centros poblados rurales y lugares de preferente interés social (DS-TUP), Disponibilidad del Servicio (DS), Tasa de Intentos No Estableci-dos (TINE), Tasa de Llamadas Inter-rumpidas (TLLI), Tasa de Incidencia de Fallas (TIF), Respuesta de Oper-adora (RO), Tasa de Reparaciones (TR), Tasa de Llamadas Completadas (TLLC) VISTO: Los Informes Nº 00017-DFI/2021 y 00018-DFI/2021 de la Dirección de Fiscalización e Instrucción, que sustenta los proyectos de Instructivos Técnicos para la supervisión de los indicadores de calidad de los servicios públicos de telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 123-2014-CD/OSIPTEL, este Organismo aprobó el Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, por el cual se aprobaron los indicadores de calidad aplicables a los principales servicios de telecomunicaciones brindados por las empresas operadoras. Que, mediante Resolución Nº 129-2020-CD/ OSIPTEL, este Organismo aprobó la modi fi cación del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, con el fi n de efectuar su reordenamiento normativo y llevar a cabo su recomposición agrupando en un único anexo todas las de fi niciones y fórmulas de los indicadores de calidad que contiene, e introduciendo los valores objetivos correspondientes de forma directa en texto de su articulado, sin crear nuevas obligaciones; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Cuarto de la referida Resolución Nº 129-2020-CD/OSIPTEL, se dispuso que la Gerencia General del OSIPTEL podrá emitir documentos técnicos complementarios para el cumplimiento del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, los cuales serán puestos en conocimiento del Consejo Directivo del OSIPTEL; Que, dada la importancia de contar con los instructivos para generar predictibilidad en la función de supervisión del OSIPTEL a través de criterios técnicos para la veri fi cación del cumplimiento de diversos indicadores, así como para generar predictibilidad en el cumplimiento normativo de obligaciones establecidas en el Reglamento General de Calidad, de acuerdo a criterios técnicos establecidos por el regulador; Que, cumpliendo con las funciones y objetivos que corresponden al OSIPTEL conforme al marco legal antes reseñado, es pertinente aprobar los Instructivos Técnicos, estableciendo las condiciones adecuadas para la medición y cálculo de los indicadores de Disponibilidad del Servicio de Telefonía de Uso Público en centros poblados rurales y lugares de preferente interés social (DS-TUP), Disponibilidad del Servicio (DS), Tasa de Intentos No Establecidos (TINE), Tasa de Llamadas Interrumpidas (TLLI), Tasa de Incidencia de Fallas (TIF), Respuesta de Operadora (RO), Tasa de Reparaciones (TR), Tasa de Llamadas Completadas (TLLC). Que, conforme a lo dispuesto por el literal m) del artículo 89 del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM y el artículo 4 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 129-2020-CD/OSIPTEL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los Instructivos Técnicos para la medición y cálculo de los Indicadores de Disponibilidad del Servicio de Telefonía de Uso Público en centros poblados rurales y lugares de preferente interés social (DS-TUP), Disponibilidad del Servicio (DS), Tasa de Intentos No Establecidos (TINE), Tasa de Llamadas Interrumpidas (TLLI), Tasa de Incidencia de Fallas (TIF), Respuesta de Operadora (RO), Tasa de Reparaciones (TR), Tasa de Llamadas Completadas (TLLC). Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y los Instructivos Técnicos a los que se re fi ere el artículo precedente, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Regístrese y publíquese.DAVID VILLAVICENCIO FERNANDEZ Gerente General (E) 1926536-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Designan responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, del Portal Institucional y del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas; y de entregar la información solicitada en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27806 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000025-2021-SERVIR-PE Lima, 8 de febrero de 2021 Visto, el Informe 00002-2021-SERVIR-GG-SJCI de la Subjefatura de Comunicaciones e Imagen Institucional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 032- 2006-PCM que crea el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE dispone que el responsable de la elaboración de los portales de Internet al que se re fi ere el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública es el responsable de cumplir con la publicación de los TUPAS y sus modi fi caciones en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas; Que, el artículo 6 de la Ley Nº 29091, que establece la publicación de documentos legales en el Portal del Estado y Portales Institucionales, señala que el funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet, al que se re fi ere el artículo 5 del