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47 NORMAS LEGALES Jueves 15 de julio de 2021 El Peruano / de alcance general, incluyendo las nuevas disposiciones emitidas con posterioridad a la entrada en vigencia del citado Decreto Legislativo; Que, como resultado del ACR, mediante Decreto Supremo Nº 130-2018-PCM, sustentado en el Informe Nº 002-2018-CCR-ST de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria, se rati fi caron cinco (05) procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la APCI, de los cuales un (01) procedimiento administrativo requería de una medida simpli fi cadora; se eliminaron cinco (05) procedimientos administrativos del TUPA de la APCI; y, se identi fi caron oportunidades de mejora del marco normativo sobre dos (02) procedimientos administrativos no contenidos en el TUPA de la APCI; Que, en ese sentido, con Resolución Ministerial N° 0058/RE-2019 se dispuso la medida simpli fi cadora en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 130-2018-PCM y, complementariamente, se retiraron del TUPA de la APCI dos (02) procedimientos administrativos declarados improcedentes en el ACR; Que, asimismo, como parte de la mejora del marco normativo de la APCI, a través de los Decretos Supremos N° 025-2019-RE y Nº 032-2019-RE se establecieron los procedimientos administrativos de Inscripción en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA) y de Registro de Plan de Operaciones de las Intervenciones; Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo N° 164-2020-PCM, se aprobó el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control; a cargo de las entidades de la Administración Pública; Que, en atención a lo establecido en los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 del citado Decreto Supremo N° 164-2020-PCM, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 089-2020/APCI-DE se aprobó la adecuación del Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 164-2020-PCM, al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, conforme al Formato TUPA del citado procedimiento administrativo; Que, de conformidad con el numeral 40.3 del artículo 40° y numeral 43.1 del artículo 43° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, todos los procedimientos administrativos a iniciativa de parte deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, el cual contiene, entre otros, la descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento, la cali fi cación de cada procedimiento según corresponda, la autoridad competente para resolver en cada instancia del procedimiento y los recursos a interponerse, así como los formularios a emplearse durante su tramitación; Que, asimismo, en el marco de lo dispuesto en el numeral 44.1 del artículo 44 del TUO de la Ley N° 27444, concordante con el inciso 5.1 del artículo 5 y el artículo 18° de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)” aprobados con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos al TUPA vigente, la modi fi cación del TUPA es aprobada por Decreto Supremo refrendado por el Titular del Sector; Que, con Memorándum (APC) N° APC00112/2021 la APCI remite el expediente para la aprobación de la propuesta de modi fi cación del TUPA de la APCI; Con las opiniones favorables de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1448; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y los Lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA, aprobados mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP; DECRETA:Artículo 1º.- Modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, conforme al Formato TUPA que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Aprobación de Formularios Apruébase los Formularios correspondientes a los procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, modi fi cado conforme al artículo precedente. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo son publicados en el portal del diario o fi cial El Peruano (www.elperuano.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI (www.gob.pe/apci/), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1972551-1 SALUD Autorizan Transferencia Financiera para la adquisición de unidades de “Otras Combinaciones de Multivitaminas polvo 1 g (Micronutrientes)”, para intervenciones estratégicas sanitarias definidas por el Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 856-2021/MINSA Lima, 14 de julio del 2021Visto, el Expediente N° 21-056432-003, que contiene el Informe Técnico N° 031-2021-EPP-CENARES/MINSA y los Memorandos Nros. 1613-2021-DG-CENARES/MINSA, 915-2021-CP-CENARES/MINSA, 5115-2021-CADQD-