Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2021 (22/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Jueves 22 de julio de 2021 El Peruano / años. Posteriormente, dicha resolución ha sido objeto de diversas modificaciones2. El 17 de mayo de 2021, mediante Oficio N° 340- 2021/RECT-UNI3, la Universidad solicitó la rectificación de errores materiales incurridos en la denominación del grado académico del programa de estudios “Arquitectura”, en la denominación del título profesional del programa “Ingeniería Metalúrgica”; y, en la denominación del grado académico y título profesional de los programas “Matemática” y “Ciencia de la Computación”, reconocidos en la Resolución del Consejo Directivo N° 073-2017-SUNEDU/CD. El 20 de mayo de 2021, mediante Oficio N° 344- 2021/RECT-UNI 4, la Universidad solicitó la rectificación de errores materiales incurridos en la denominación del grado académico del programa de estudios “Maestría en Ciencias con mención en Energética”, incurridos en la Resolución del Consejo Directivo N° 073-2017-SUNEDU/CD. Mediante Informe N° 0669-2021-SUNEDU-02-12 del 12 de julio de 2021, la Dilic informó al Consejo Directivo sobre la pertinencia de rectificación del Anexo N° 2 de la Resolución del Consejo Directivo N° 073-2017-SUNEDU/CD. 2. Sobre la rectificación de los errores materiales incurridos en la denominación del grado académico y/o título profesional de los programas de estudios listados en los números 1, 5, 6, 18 y 42 del “ANEXO N° 02 DISTRIBuCIÓN DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS” de la Resolución del Consejo Directivo N° 073-2017-SuNEDu/CD El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 5, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En el marco del procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó, respecto de su oferta académica, los Formatos de Licenciamiento A4, A5, C1 y C2 6, planes de estudios7 y resoluciones de creación de los programas de estudio8, los cuales consignan, entre otros, la denominación del grado académico y/o título profesional, las mismas que fueron recogidas en el Anexo N° 02 de la Resolución del Consejo Directivo N° 073-2017-SUNEDU/CD. Asimismo, se verificó que con posterioridad a la emisión de la Resolución del Consejo Directivo N° 073-2017-SUNEDU/CD, mediante Oficios N° 340-2021/RECT-UNI y N° 344-2021/RECT-UNI, la Universidad comunicó los errores incurridos en su declaración, adjuntando los formatos de licenciamiento A4 y A5 actualizados, la Resolución Rectoral N° 0295 del 14 de abril de 2021 9 y la Resolución Rectoral N° 0258 del 18 de febrero de 201610, y como consecuencia de ello, se verificó que la denominación del grado académico del programa de estudios “Arquitectura”; las denominaciones del grado académico y título profesional de los programas de estudios “Matemática” y “Ciencia de la Computación”; la denominación del título profesional del programa de estudios “Ingeniería Metalúrgica”; y la denominación del grado académico del programa de estudios “Maestría en Ciencias con mención en Energética”, contienen errores materiales. En tal sentido, en atención a la solicitud de rectificación efectuada por la Universidad, de la verificación de la información proporcionada y de la revisión del expediente, corresponde efectuar la rectificación de los errores materiales incurridos en la denominación del grado académico y/o título profesional de los programas de estudios listados en los números 1, 5, 6, 18 y 42 del “ANEXO N° 02 DISTRIBUCIÓN DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS” de la Resolución del Consejo Directivo N° 073-2017-SUNEDU/CD, conforme se detalla a continuación: DICE: ANEXO N° 02 DISTRIBuCIÓN DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS N° PROGRAMA DENOMINACIÓN DEL GRADO TÍTULO QUE OTORGA LOCAL 1 ARQUITECTURA BACHILLER EN ARQUITECTURA TÍTULO PROFESIONAL DE ARQUITECTO SL01(…) 5 MATEMÁTICABACHILLER EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN MATEMÁTICA STÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN MATEMÁTICA S 6 CIENCIA DE LA COMPUTACIÓNBACHILLER EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN CIENCIA S DE LA COMPUTACIÓNTÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN CIENCIA S DE LA COMPUTACIÓN (…) 18 INGENIERÍA METALÚRGICABACHILLER EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN INGENIERÍA METALÚRGICATÍTULO PROFESIONAL DE INGENIERO METALÚRGICO (…) 42MAESTRÍA EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN ENERGÉTICAMAESTRO EN CIENCIAS CON MENCIÓN ENERGÉTICA -- (…) DEBE DECIR: ANEXO N° 02 DISTRIBuCIÓN DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS N° PROGRAMA DENOMINACIÓN DEL GRADO TÍTULO QUE OTORGA LOCAL 1 ARQUITECTURABACHILLER EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN ARQUITECTURATÍTULO PROFESIONAL DE ARQUITECTO SL01(…) 5 MATEMÁTICABACHILLER EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN MATEMÁTICATÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN MATEMÁTICA 6 CIENCIA DE LA COMPUTACIÓNBACHILLER EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN CIENCIA DE LA COMPUTACIÓNTÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN CIENCIA DE LA COMPUTACIÓN (…) 18 INGENIERÍA METALÚRGICABACHILLER EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN INGENIERÍA METALÚRGICATÍTULO PROFESIONAL DE INGENIERO METALURGISTA (…) 42MAESTRÍA EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN ENERGÉTICAMAESTRO EN CIENCIAS CON MENCIÓN EN ENERGÉTICA-- (…)