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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2021 (22/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Jueves 22 de julio de 2021 El Peruano / de la Resolución Administrativa N° 000196-2021-CE-PJ de fecha 30 de junio de 2021. Artículo Cuarto.- PÓNGASE en conocimiento la presente resolución Administrativa a la Presidencia del Poder Judicial, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control Interno de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia del Callao, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Administración y Finanzas, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Coordinación de Recursos Humanos, Oficina de Imagen Institucional y de los interesados, para los fines pertinentes. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FLOR AURORA GUERRERO ROLDÁN Presidenta 1975153-1 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Ponen en circulación nuevos billetes de S/ 10 y S/ 100 CIRCuLAR Nº 0017-2021-BCRP Lima, 21 de julio de 2021 CONSIDERANDO QUE:El Directorio de este Banco Central, de conformidad con lo establecido en los artículos 42° y 43° de su Ley Orgánica, aprobó el cambio de diseño de los billetes de S/ 10 (Diez Soles) y S/ 100 (Cien Soles). SE RESUELVE: Artículo 1.- Poner en circulación a partir del 22 de julio de 2021 los nuevos billetes de S/ 10 y S/ 100 cuyas características se detalla a continuación: Características S/ 10 S/ 100 AnversoPresenta el retrato de María Isabel Granda y Larco sobre un fondo de diseños geométricos. Al centro se aprecia la palabra “Perú” alineada de forma vertical.En el borde superior izquierdo se ubica el nombre “BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ”, en la esquina inferior izquierda y superior derecha se aprecia la denominación en números y bordeando a esta última el texto “DIEZ SOLES”.Presenta el retrato de Pedro Paulet Mostajo sobre un fondo de diseños geométricos. Al centro se aprecia la palabra “Perú” alineada en formato vertical.En el borde superior izquierdo se ubica el nombre “BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ”, en la esquina inferior izquierda y superior derecha se aprecia la denominación en números y bordeando a esta última el texto “CIEN SOLES”. ReversoPosee un diseño orientado verticalmente.Como motivo principal figura la imagen de una vicuña, símbolo de nuestra fauna. En la parte superior derecha se aprecia la Flor de Amancaes endémica del Perú.En la parte superior derecha se ubica la denominación en letras y en la parte inferior derecha la denominación en números. Asimismo, debajo del motivo principal se aprecia el Escudo de Armas del Perú.Posee un diseño orientado verticalmente.Como motivo principal figura la imagen del Colibrí Cola de Espátula y a la derecha se aprecia la orquídea Phragmipedium kovachii; ambas especies endémicas del Perú.En la parte superior derecha se ubica la denominación en letras y en la parte inferior derecha la denominación en números. Asimismo, debajo del motivo principal se aprecia el Escudo de Armas del Perú. Color predominanteVerde Azul Tamaño 140 x 65 milímetros Artículo 2.- Estos billetes circularán de manera simultánea con los actuales de S/ 10 y S/ 100. JAVIER OLIVERA VEGA Gerente General (e) 1975164-1en la Cláusula Primera desde el 01 de julio del 2020 al 30 de junio del 2021, así como el cambio de las condiciones y la modificación del Plan de Salud con fecha 01 de octubre de 2020, según Anexo adjunto, el mismo que fuera estipulado de mutuo acuerdo entre las partes. Tercero: Que, mediante Resolución Administrativa N° 196-2021-P-CE-PJ de fecha 30 de junio del 2021, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que se gestione la Addenda del Contrato N° 21461 suscrito con la entidad Prestadora de Salud Pacífico S.A. para establecer un plazo de vigencia mayor a un año; sin perjuicio de la continuidad del plazo por sesenta días calendario a que se refiere la Cláusula Vigésimo Segunda del referido contrato, indicando también que la Gerencia General del Poder Judicial y el Bróker Arthur J. Gallagher Perú Corredores de Seguros, efectuarán los trámites que sean necesarios. Así mismo se autorizó a las Unidades Ejecutoras; a fin de que en sus respectivos Distritos Judiciales lleven a cabo el Proceso de Elección de una nueva Entidad Prestadora de Salud, debiendo las Gerencias de Administración Distrital adoptar las medidas necesarias, en el marco de lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 142-2011-SUNASA-CD. Cuarto: Que, mediante Oficio Múltiple N° 000074-2021-GRHB-GG-PJ de fecha 09 de julio de 2021, la Gerencia de Recursos Humanos de la Gerencia General del Poder Judicial, informó a la Presidencia de esta Corte, que a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en la Resolución Administrativa N° 000196-2021-CE-PJ la Entidad Prestadora de Salud – EPS Pacífico S.A solicitó a través del documento CC-0000507-2021 de fecha 05 de julio de 2021, que las Unidades Ejecutorias (Cortes Superiores) que mantengan un contrato independiente con la EPS, emitan una resolución conteniendo lo siguiente: - Solicitud con la identificación del número de contrato que tiene suscrito con Pacífico EPS, pidiendo la extensión del contrato de un plazo mayor a un año. - Autorización para firmar la Addenda correspondiente para extensión de contrato con Pacífico EPS. - Autorización para que se lleve a cabo el proceso de elección a una nueva entidad Prestadora de Salud. - Publicar la Resolución en el diario El Peruano en el más corto tiempo. Quinto: Que, es atribución de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, dirigir la aplicación de la política del Poder Judicial en su Distrito; así como ejercer las demás atribuciones que le confieren las leyes y los reglamentos. Sexto: Que, a mérito de la Resolución Administrativa de Presidencia N°514-2020-P-CSJCL/PJ de fecha 30 de diciembre de 2020, como titular de la Corte Superior de Justicia del Callao, la Presidencia se encuentra facultada para celebrar la extensión del Contrato N° 21464. En consecuencia, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 90° numerales 1), 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder judicial aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao, solicite la suscripción de la extensión del Contrato N° 21464, con la Empresa Prestadora de Salud – EPS Pacífico S. A. con eficacia anticipada por el periodo comprendido del 01 de julio al 01 de setiembre de 2021; a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo tercero de la Resolución N°196-2021-P-CE-PJ de fecha 30 de junio del 2021. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de Administración, Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao, efectúe el proceso para la elección de una nueva Entidad Prestadora de Salud – EPS, con la participación de por lo menos dos Entidades Prestadoras de Salud, debiendo adoptar las medidas necesarias, en el marco de lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 142-2011-SUNASA- CD y en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución N°196- 2021-P-CE-PJ de fecha 30 de junio del 2021. Artículo Tercero.- DESIGNAR a los magistrados Rafael Teodoro Ugarte Mauny y Ricardo Humberto Rodolfo Pastor Arce, como veedores del procedimiento de elección de la Entidad Prestadora de Salud que se realizará en la Corte Superior de Justicia del Callao; a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo quinto