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56 NORMAS LEGALES Martes 2 de marzo de 2021 / El Peruano Que, el Artículo 42° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, promulgado el 22 de junio del 2013 en su artículo 41° establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. De la misma forma el último párrafo del artículo 29°, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, con Decreto Supremo N°008-2021-PCM publicado el 27 de enero del 2021, se ha prorrogado el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de veintiocho (28) días calendario, a partir del lunes 01 de febrero de 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19. Que, mediante Ordenanza N°702-MDEA de fecha 15 de Enero del 2021, el Concejo Municipal de El Agustino, Aprueba la “ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS Y FLEXIBILIDADES TRIBUTARIAS PARA EL PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO”, cuya vigencia es hasta el 15 de febrero del 2021. Señalándose en la Primera Disposición Final y Transitoria, la facultad del Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía se dicten las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y su prorroga si fuera el caso; Que, mediante Informe N°156-2021-SGRFT-GREN- MDEA, de fecha 25 de febrero del 2021, emitido por la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, el Informe N° 095-2021-GREN-MDEA de la Gerencia de Rentas, se solicita la prórroga del plazo del vencimiento de la Ordenanza N° 702-MDEA, hasta el 15 de Marzo del 2021;Que, mediante Informe N° 093A-2021-GAJ-MDEA, de fecha 25 de febrero del 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración los informes de las áreas respectivas, opina favorablemente para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogar el vencimiento de la Ordenanza N° 702-MDEA, conforme lo dispuesto en la Primera Disposición Final y Transitoria hasta el 15 de marzo del 2021; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, el plazo del vencimiento de la Ordenanza Municipal N° 702-MDEA, que establece incentivos y fl exibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales en la jurisdicción del distrito de El Agustino, hasta el 15 de marzo del 2021. Artículo Segundo.- DISPONER, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas, el fi el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional, en coordinación con la Sub Gerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, la efectiva difusión del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Planeamiento, Gestión de Procesos y Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 1931515-1 998 732 784 / 915 248 092 mfarromeque@editoraperu.com.pe msanchez@editoraperu.com.peAv. Alfonso Ugarte N° 873 - LimaCentral Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL