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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2021 (13/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 13 de marzo de 2021 El Peruano / Políticas y Regulación en Comunicaciones, evaluó el impacto de modi fi car la atribución de las bandas de frecuencias 470 - 692 MHz, 5 925 - 6 425 MHz, 21,4 - 22 GHz, 24, 25 - 25,25 GHz, 25, 25 - 27,5 GHz, 31 - 31,3 GHz, 38 - 39,5 GHz, 47,2 - 47,5 GHz y 47,9 - 48,2 GHz, 71 - 76 y 81 - 86 GHz del PNAF con la fi nalidad de habilitar nuevos esquemas de utilización del espectro radioeléctrico; Que, en esa línea, mediante Informe Nº 003-2021-COMISION_MULTISECTORIAL_DEL_PNAF, la Comisión del PNAF recomendó incorporar la Nota P11B al PNAF y modi fi car el Cuadro de Atribución de Frecuencias del PNAF, para atribuir la banda de frecuencias 470 - 692 MHz para su asignación a título secundario para espacios en blanco de los servicios de radiodifusión por televisión (TVWS), con la fi nalidad de habilitar un esquema tecnológico en el país y de esta manera mitigar las brechas de conectividad en zonas rurales; Que, por otro lado, a través del Informe Nº 002-2020-COMISION_MULTISECTORIAL_DEL_PNAF, la Comisión del PNAF propuso incorporar la Nota P92A, el Cuadro de Atribución de Frecuencias del PNAF, así como la Resolución Ministerial Nº 777-2005-MTC-03, para atribuir la banda de frecuencias 5 925 – 6 425 MHz a título secundario para WiFi y otras tecnologías inalámbricas para su uso en interiores y sin necesidad de licencia; asimismo, para establecer las condiciones técnicas para su uso con la fi nalidad de mejorar la capacidad y velocidad de los servicios de telecomunicaciones y otros aspectos vinculados con dichas bandas; Que, adicionalmente, la Comisión del PNAF mediante el informe citado previamente, propone modi fi car la Nota P23 con los cambios que existen a la fecha en las bandas que están destinadas para aplicaciones industriales, cientí fi cas y médicas (ICM), a fi n de tener una nota actualizada y promover una mejor gestión del espectro radioeléctrico por parte de la industria; Que, mediante Informe Nº 002-2021-COMISION_ MULTISECTORIAL_DEL_PNAF, la Comisión del PNAF recomendó incorporar la Nota P108A al PNAF y modi fi car las Notas P68 y P51A, así como el Cuadro de Atribución de Frecuencias del PNAF, para atribuir a la banda de frecuencias 24,25 - 27,50 GHz para su utilización en las Telecomunicaciones Móviles Internacionales (IMT) con la fi nalidad de habilitar dicha banda para el uso de nuevas tecnologías y la mejora continua de los servicios; Que, adicionalmente, por Informe Nº 001-2021-COMISION_MULTISECTORIAL_DEL_PNAF, la Comisión del PNAF recomendó incorporar las Notas P68A, P68B, P68C, P51B, P92B y P108B al PNAF y modi fi car el Cuadro de Atribución de Frecuencias del PNAF, para atribuir a título secundario al servicio fi jo utilizando las Plataformas a gran altitud (HAPS) a las bandas de frecuencias 21,4 - 22 GHz, 24,25 - 25,25 GHz, 25,25 - 27,5 GHz, 31 - 31,3 GHz, 38 - 39,5 GHz, 47,2 - 47,5 GHz y 47,9 - 48,2 GHz con la fi nalidad de habilitar un esquema que promueva al despliegue de redes de telecomunicaciones en zonas rurales o en situaciones de emergencia o socorro y regular otros aspectos vinculados con dichas bandas; Que, fi nalmente, mediante Informes Nº 007-2016-COMISION_ MULTISECTORIAL_PNAF y Nº 001-2018-COMISION_MULTISECTORIAL_PNAF, la Comisión PNAF, propuso, entre otros, modi fi car la Nota P110 y el Cuadro de Atribución de Frecuencias del PNAF e incorporar la Nota P111 en el PNAF, para atribuir la banda de frecuencias 71 - 76 GHz y 81 - 86 GHz a su uso de radioenlaces digitales de alta capacidad para el servicio fi jo punto a punto y facilitar el despliegue de redes de telecomunicaciones necesarias para la provisión de Banda Ancha, así como para regular otros aspectos vinculados con dichas bandas; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones mediante Informe Nº 0192-2021-MTC/26, sustenta el Proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca varias Notas y el Cuadro de Atribución de Frecuencias del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, aprobados por Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 y el artículo 1 y Anexo de la Resolución Ministerial Nº 777-2005-MTC/03 y, recomienda su publicación;Que, el Reglamento que establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario O fi cial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el literal b) del numeral 5.1 del acápite V de la Directiva Nº 010-2018-MTC/01, Directiva que establece el Procedimiento para Realizar la Publicación de Proyectos Normativos”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018-MTC/01, establece que mediante Resolución Ministerial publicada en el Diario O fi cial El Peruano se dispone la difusión de todo proyecto normativo de carácter general, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de diez (10) días hábiles, salvo que por mandato legal expreso se establezca un plazo diferente; Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendario, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes, siendo aplicable en el presente caso el citado plazo por tratarse de un proyecto normativo relacionado principalmente a los servicios públicos de telecomunicaciones; Que, en ese sentido, resulta necesario disponer la publicación del referido Proyecto de Resolución Ministerial, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general en un plazo de quince (15) días calendario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC-01; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General; los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC; y la Directiva Nº 010-2018-MTC/01, Directiva que establece el Procedimiento para Realizar la Publicación de Proyectos Normativos”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018 MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto Dispóngase la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca varias Notas y el Cuadro de Atribución de Frecuencias del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, aprobados por Resolución Ministerial Nº 187-2005-MTC/03 y el artículo 1 y Anexo de la Resolución Ministerial Nº 777-2005-MTC/03 en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendarios contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el Proyecto de Resolución Ministerial a que